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70 NORMAS LEGALES Jueves 13 de julio de 2023 El Peruano / procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, el 28 de julio del presente año se celebrará el 202 Aniversario de la proclamación de la Independencia del Perú; Que, esta gestión municipal, cumpliendo con el deber de incentivar la participación cívica de los vecinos, ha adoptado como política del gobierno local, promover en la comunidad sanisidrina los valores cívicos patrióticos, generando conciencia cívica y resaltando el respeto a los símbolos patrios; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en el numeral 6 del artículo 20º, 42º y numeral 6 del artículo 93° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y su modi fi catorias; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER con carácter obligatorio el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del Distrito de San Isidro, a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto hasta el 31 de julio de 2023, con motivo de celebrarse 202 Aniversario de la proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- RECOMENDAR la limpieza, el resane y pintado de las fachadas de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito de San Isidro que lo requieran para su mejor presentación y ornato, previo a la colocación de la Bandera Nacional conforme a lo dispuesto en el artículo precedente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano; a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Gerencia de Participación Vecinal, su difusión correspondiente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.NANCY R. VIZURRAGA TORREJÓN Alcaldesa 2194926-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Modifican el Reglamento para el Proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados del Distrito de San Martín de Porres DECRETO DE ALCALDÍA N° 008-2023/MDSMP San Martín de Porres, 27 de junio de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES: VISTO, Memorando N° 292-2023-GPP/MDSMP de fecha 16 de mayo de 2023 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Informes N° 317 y 323-2023-GAJ/MDSMP de fecha 19 y 22 de junio 2023 respectivamente emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorando N° 865-2023-MDSMP/GM de fecha 22 de junio de 2023 de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, mediante Ordenanza N°399/MDSMP de fecha 26 de febrero de 2016, se aprobó el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del distrito de San Martín de Porres; Que, el artículo 3º de la Ordenanza N° 399/MDSMP, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas reglamentarias para la aplicación de la presente Ordenanza, así como la modi fi cación de las fechas correspondiente al Cronograma del Proceso y la fecha de co fi nanciamiento; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N 27444 aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala que, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Que, mediante Decreto de Alcaldía N°001-2023/ MDSMP se dispuso modi fi car el tercer párrafo del artículo 14° del Reglamento para el Proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados del Distrito de San Martín de Porres, aprobado por la Ordenanza N° 399/MDSMP ampliando el plazo hasta el 31 de marzo del año 2023 como fecha máxima para que los Agentes Participantes hagan efectivo el aporte de su Co fi nanciamiento; Que, a través del Decreto de Alcaldía N° 005-2023/ MDSMP se prorroga el plazo señalado en el artículo primero del Decreto de Alcaldía N° 001-2023/MDSMP publicado con fecha 04 de febrero de 2023, hasta el 30 de abril del año 2023, como fecha máxima para que los Agentes Participantes hagan efectivo el aporte de su Co fi nanciamiento; Que, mediante Memorándum N° 292-2023-GPP/ MDSMP de fecha 16 de mayo del presente año, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable para que se apruebe la modi fi cación del tercer párrafo del artículo 14 del Reglamento para el Proceso de Presupuesto Participativo aprobado por la Ordenanza N° 399/MDSMP, estableciéndose como fecha máxima para el aporte de co fi nanciamiento el último día hábil de julio 2023 para los dos (02) Agentes Participantes con intención de pago a fi n de completar al 100% del aporte de su co fi nanciamiento de los proyectos priorizados 2023. Para dar continuidad al Decreto de Alcaldía que modi fi can los plazos de aporte de co fi nanciamiento, es necesario aplicar la e fi cacia anticipada, conforme al artículo 17 del numeral 17.1) del TUO de la Ley N° 27444 aprobado por DS N° a partir del 01° de mayo de 2023, para los proyectos priorizados con intención de pago: N° ZONA ORGANIZACIÓN SOCIAL PROYECTO 1 6 Asociación de Propietarios de Vivienda Residencial Santa Felicita Chuquitanta San Martín de Porres Recuperación de Parque en Programa de Vivienda Santa Felicita 2 2 Comité de Parques y Jardines Urb. FioriMejoramiento de Parque Santa Rosa en la Urb. Fiori III Etapa Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 317-2023-GAJ/MDSMP de fecha 19 de junio de 2023, señala que corresponde modi fi car con e fi cacia anticipada a partir del 01 de mayo de 2023, el tercer párrafo del artículo 14 del Reglamento aprobado por la Ordenanza N° 399/MDSMP, concediéndose hasta el último día hábil de julio del año 2023 a fi n de completar el 100% del aporte de su co fi nanciamiento de los proyectos priorizados para los 02 Agentes Participantes con intención de pago, de acuerdo a lo solicitado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el mismo que fue rati fi cado a través del Informe N° 323-2023-GAJ/MDSMP de fecha 22 de junio de 2023;