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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2023 (13/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Jueves 13 de julio de 2023 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO Designan responsable de la elaboración, actualización e implementación del Portal de Transparencia Institucional de la Municipalidad Provincial de Trujillo RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 409-2023-MPT Trujillo, 12 de junio del 2023VISTOS; la Resolución de Alcaldía N° 062-2023-MPT, Ofi cio N° 607-2023-MPT/GS; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico y, la misma debe ser ejercida en asuntos de competencia municipal y dentro de los límites que señala la Ley; Que, de conformidad con el artículo 5° del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, los gobiernos locales deben implementar portales de información a través de internet, en los que establecerán la difusión, información presupuestal, la adquisición de bienes y la contratación de servicios entre otros; Que, mediante Decreto Supremo N° 072-2003- PCm, Reglamento de la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública se establece la designación del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal, la misma que se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad y será publicada en el Diario Ofi cio “El Peruano”; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 062-2023- MPT, de fecha 12 de enero del 2023, se resuelve: Artículo Primero. – DESIGNAR, a partir de la fecha, a la Mg. Leidy Marleny Suarez Vásquez, Gerente de Sistemas de la Municipalidad Provincial de Trujillo, como responsable de la elaboración, actualización e implementación del Portal de Transparencia Institucional de la Municipalidad Provincial de Trujillo”; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 245-2023- MPT, de fecha 04 de abril del 2023, se resuelve designar al Ing. Informático Alexander Tito Condor Ruiz como Gerente de Sistemas de la Municipalidad Provincial de Trujillo; Que, mediante O fi cio N° 607-2023-MPT/GS, la Gerencia de Sistemas solicita la actualización de las Resoluciones de Alcaldía sobre designaciones formuladas al mencionado Gerente; Que, el Despacho de Alcaldía ha creído pertinente actualizar la Resolución de Alcaldía N° 062-2023-MPT; Estando a los dispuesto y, en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972 y demás normas pertinentes; SE RESUELVE:Artículo Primero.– DESIGNAR, a partir de la fecha, al GERENTE DE SISTEMAS de la Municipalidad Provincial de Trujillo, como responsable de la elaboración, actualización e implementación del Portal de Transparencia Institucional de la Municipalidad Provincial de Trujillo. Artículo Segundo.– DISPONER, que todos los Gerentes, Subgerentes y Jefes de Unidad que integran la estructura orgánica de la Municipalidad Provincial de Trujillo, proporcionen y faciliten, bajo responsabilidad, toda la información que sea requerida por el responsable del Portal de Transparencia Institucional al GERENTE DE SISTEMAS, a fi n de que cumpla la función encomendada. Artículo Tercero.– DISPONER, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto.– NOTIFICAR, la presente Resolución de Alcaldía a las partes interesadas. Regístrese, comuníquese y archívese. CÉSAR ARTURO FERNÁNDEZ BAZÁN Alcalde 2194921-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ISLAY Ordenanza Municipal que aprueba el rediseño del Organigrama Estructural y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Islay ORDENANZA MUNICIPAL N° 0375-MDI Islay, 31 de mayo del 2023EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ISLAY. Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Registro N° 00002342 de Fernández López Rosa Priscila quien presentó propuesta de Rediseño del Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Municipalidad Distrital de Islay, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, según el artículo 9° de la Ley N°27783, “Ley de Bases de la Descentralización”, señala que, la autonomía política es la facultad de adoptar políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno; Que, Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo II del Título Preliminar, señala que, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los actos de su competencia; Que, de acuerdo con lo previsto en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, y su modi fi catoria mediante Decreto Supremo N° 131-2018-PCM y Decreto Supremo N°064-2021-PCM, se aprueban los lineamientos de organización del Estado y de acuerdo a lo señalado en su artículo 2° se busca que, las entidades del Estado, conforme a su tipo de competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía; Que, el artículo 46° del precitado Decreto Supremo y su modi fi catorias establece los supuestos por las que se requiere la aprobación o modi fi cación de un ROF, los cuales son: “a. Por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a la creación de nuevas unidades de organización. En este supuesto el Informe Técnico para justi fi car el ROF contiene las secciones 1, 2 y 3 a las que se re fi ere el artículo 47. b. Por modi fi cación de la