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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2023 (14/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Viernes 14 de julio de 2023 El Peruano / COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Designan Presidenta Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 205-2023-MINCETUR Lima, 12 de julio de 2023 VISTOS, el Informe N° 0535-2023-MINCETUR/SG/ OGA/OP/SDP de la Subdirección de Personal de la O fi cina de Personal; y, el Memorándum N° 811-2023-MINCETUR/SG/OGA de la O fi cina General de Administración; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Presidente(a) Ejecutivo(a) de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; Que, es necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y, el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419 y otras disposiciones; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora ANGELICA GRACIELA MATSUDA M ATAYOSHI, con efectividad al 17 de julio de 2023, en el cargo de Presidenta Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2195863-1 Aprueban subvenciones a otorgar a Ganadores Beneficiarios del Concurso Público de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal “SOMOS ARTESANÍA - 2023” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 208-2023-MINCETUR Lima, 12 de julio de 2023Visto, el Informe N° 0075-2023-MINCETUR/VMT/ DGA-DCV de la Dirección de Desarrollo Artesanal de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo; el Informe N° 0078-2023-MINCETUR/VMT/DGA/DCITAT-EVM de la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo; y, el Informe N° 0244-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; CONSIDERANDO:Que, el artículo 2 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, establece que el referido Ministerio, en materia de turismo, promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía; Que, el artículo 3 del Reglamento de Organizaciones y Funciones – ROF del MINCETUR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modi fi catorias, establece que el MINCETUR promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía; Que, el artículo 24 de la Ley N° 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, establece que el Estado reconoce a la artesanía como un recurso turístico incorporable en todos los productos turísticos del Perú; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1475, Decreto Legislativo que dispone la Reactivación y Promoción de la Actividad Artesanal a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID - 19, se dispuso establecer medidas que permitan la reactivación y promoción económica de la actividad artesanal a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, mediante la Vigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se asigna al MINCETUR la suma de hasta S/ 2 625 000,00 (DOS MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL Y 00/100 SOLES) para fi nanciar el otorgamiento de subvenciones concursables a favor de los ganadores bene fi ciarios del Concurso Público llevado a cabo en el marco de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal, con el fi n de promover la producción, promoción, comercialización y/o articulación comercial de artesanías; Que, asimismo, mediante el numeral 14.1 del artículo 14 del Decreto de Urgencia N° 002-2023, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para impulsar la reactivación económica en el ámbito sectorial, regional y familiar a través de la inversión pública y gasto corriente, se autoriza una transferencia de partidas a favor del MINCETUR hasta por la suma de S/ 2 750 000,00 (DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES) para fi nanciar subvenciones concursables a unidades económicas artesanales que realicen actividades de producción y articulación comercial de productos artesanales; Que, en el marco de las normas mencionadas, mediante Resolución Ministerial Nº 038-2023-MINCETUR, se aprueba la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal denominada “SOMOS ARTESANÍA - 2023”, por la cual se determinan las condiciones para el otorgamiento de subvenciones concursables a favor de unidades económicas artesanales a nivel nacional, con el fi n de co fi nanciar capital de trabajo para producción, promoción y/o articulación comercial de artesanías; Que, el numeral 7.1 de la referida Estrategia, establece que la gestión de la misma está a cargo del Comité Interno de Selección (CIS) y de la Coordinación Técnica a cargo de la Dirección General de Artesanía; Que, de acuerdo a las funciones asignadas en los numerales 7.3 y 7.4 de la “Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal “SOMOS ARTESANÍA - 2023”, el Comité Interno de Selección en la sesión de fecha 17 de marzo de 2023, aprueba las Bases Integradas del Concurso Público de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal “SOMOS ARTESANÍA 2023”; Que, asimismo, el referido Comité, en la sesión de fecha 20 de junio de 2023 procede a seleccionar y aprobar la Lista Elegibles, el mismo que ha sido publicado en el Portal Web Institucional del MINCETUR de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.3 de las Bases del referido Concurso Público; y de conformidad con lo dispuesto en el literal e) del numeral 7.3 y el numeral 7.7.3.1 de la citada Estrategia; Que, el numeral 7.7.3.2. de la “Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal “SOMOS ARTESANÍA