Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2023 (15/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Sábado 15 de julio de 2023 El Peruano / Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano para ser extraditado de la República de Chile y ser procesado en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA N° 157-2023-JUS Lima, 14 de julio de 2023VISTO; el Informe N.º 095-2023/COE-TPC, del 12 de junio de 2023, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana ANTHONY KEVIN TU PAYACHI VEGA formulada por la Tercera Sala Penal de Apelaciones Permanente, con Función Liquidadora, de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para ser extraditado de la República de Chile y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de robo agravado, en agravio de Alberto Paúl Espinoza Gutiérrez; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 30 de enero de 2023, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana ANTHONY KEVIN TU PAYACHI VEGA formulada por la Tercera Sala Penal de Apelaciones Permanente, con Función Liquidadora, de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para ser procesado por la presunta comisión del delito de robo agravado, en agravio de Alberto Paúl Espinoza Gutiérrez (Expediente N.° 6-2023); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante Informe N.º 095-2023/COE-TPC, del 12 de junio de 2023, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión del delito de robo agravado, en agravio de Alberto Paúl Espinoza Gutiérrez; Que, conforme al Tratado de Extradición entre el Perú y Chile suscrito el 5 de noviembre de 1932 y vigente desde el 15 de julio de 1936; así como al Código Procesal Penal peruano y al Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano ANTHONY KEVIN TU PAYACHI VEGA para ser extraditado de la República de Chile y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de robo agravado, en agravio de Alberto Paúl Espinoza Gutiérrez. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2196547-24 Acceden a solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega de ciudadana peruana para ser extraditada de la República del Perú y ser procesada en la República Francesa RESOLUCIÓN SUPREMA N° 158-2023-JUS Lima, 14 de julio de 2023VISTO; el Informe N.º 099-2023/COE-TPC, del 12 de junio de 2023, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simpli fi cado de entrega de la ciudadana de nacionalidad peruana JUDITH GIOVANNA HUARGUA VARGAS, formulada por las autoridades competentes de la República Francesa, para ser procesada por la presunta comisión de los delitos de (i) robo en banda organizada; (ii) pertenencia a una asociación de delincuentes con vistas a preparar un crimen y (iii) ocultación de bien procedente de un robo en banda organizada; CONSIDERANDO:Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 23 de enero de 2023, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simpli fi cado de entrega de la ciudadana de nacionalidad peruana JUDITH GIOVANNA HUARGUA VARGAS, formulada por las autoridades competentes de la República Francesa, para ser procesada por la presunta comisión de los delitos de (i) robo en banda organizada; (ii) pertenencia a una asociación de delincuentes con vistas a preparar un crimen y (iii) ocultación de bien procedente de un robo en banda organizada (Expediente N.º 4-2023); Que, conforme se aprecia de la audiencia de control de detención con fi nes de extradición realizada el 26 de enero de 2022 por el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao, la requerida se acoge libre y voluntariamente a la extradición pasiva con procedimiento simpli fi cado de entrega, regulada por el artículo 16 del Tratado de