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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2023 (17/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Lunes 17 de julio de 2023 El Peruano / ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero.- EXONERAR de Derivar a la COMISIÓN DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO del Consejo Regional, el Expediente N° 00856771, que contiene la propuesta de aprobación mediante Acuerdo Regional del presupuesto S/ 1’382,336.00 (Un Millón Trescientos Ochenta y Dos Mil Trescientos Treinta y Seis y 00/100 soles), de la Categoría Presupuestal 9002, Asignaciones Presupuestales que no resultan en producto; Actividad 2017766: Iniciativa a la Competitividad , Meta 0072, para la convocatoria del PROCOMPITE N° 01-2023-GRU. Artículo Segundo.- APROBAR el presupuesto de S/ 1’382,336.00 (Un Millón Trescientos Ochenta y Dos Mil Trescientos Treinta y Seis y 00/100 soles), para la convocatoria del PROCOMPITE N° 01-2023-GRU. Artículo Tercero.- REMÍTASE el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- REMÍTASE el presente Acuerdo Regional a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, en un diario de mayor circulación local y a la O fi cina de Tecnologías de la Información su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.MANUEL JESUS ANTONIO HUAMAN PresidenteConsejo Regional 2181146-1 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES Ordenanza que modifica la Ordenanza Municipal N° 022-2021-MDM que aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Mercado Metropolitano del distrito de Majes ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2023-MDM Majes, 28 de junio de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE MAJES en Sesión Ordinaria Virtual de la fecha; y, VISTO: Dictamen Nº 0014-CORIECRYD-2023-MDM de la Comisión Ordinaria de Regidores de Desarrollo Institucional Educación, Cultura, Recreación y Deportes; Dictamen Nº 00000056-2023/SJAJ/MDM de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica; Informe Nº 00000057-2023/SGAT/MDM de la Sub Gerencia de Administración Tributaria; Informe Nº 00000060-2023/SGAT/MDM de la Sub Gerencia de Administración Tributaria; Informe Nº 00000028-2023/SGAYF/MDM de la Sub Gerencia de Administración y Finanzas; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que las Municipalidades, son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; asimismo el artículo 41º de la misma norma indica que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, acuerdos que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o una norma institucional; Que, mediante Informe Nº 00000028-2023/SGAYF/ MDM de la Sub Gerencia de Administración y Finanzas, da a conocer sobre los 7 locales ubicados en los exteriores del Mercado Metropolitano, los mismos que no han sido adjudicados, pudiendo ser destinados y reubicadas para el alquiler de las o fi cinas que se encuentran en exteriores del estadio Almirante Miguel Grau, como SUNAT, RENIEC, SUNARP, SENASA, BANCO DE LA NACION, ETC; Que, el Informe Nº 00000057-2023/SGAT/MDM de la Sub Gerencia de Administración Tributaria, solicita la modi fi cación de los artículos 18° y 20° de la Ordenanza Municipal Nº 022-2021-MDM, Ordenanza que aprueba el “REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL MERCADO METROPOLITANO DEL DISTRITO DE MAJES”, señalando respecto al artículo 20 se recomienda ampliar el horario de atención en general tanto para comerciantes como al público en general en horario desde las 4:00 am hasta las 10:00 pm. considerando que los rubros de carnes, panadería, entre otros requieren atención en ese horario; asimismo, solicita modi fi car Titulo Segundo Capítulo I Instalaciones del Mercado en el artículo 18.- Prohibición de Cesión de Uso, para ello es necesario poseer la opinión de Asesoría Jurídica y posteriormente a través de Cesión de Consejo modi fi car el artículo (…) para impulsar que algunas tiendas comerciales exteriores y locales interiores del Mercado Metropolitano pueda ser de uso para instituciones públicas y privadas, sin afectar sus ingresos del propio mercado (…); Que, mediante Dictamen Nº 00056-2023/SGAJ/MDM de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, opina en amparo al numeral 8 y 25 del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972 se eleve al pleno del Concejo Municipal el presente expediente, para su consideración debate sobre la aprobación de la modi fi cación en relación al Informe Nº 00000057-2023/SGAT/MDM de la Sub Gerencia de Administración Tributaria; Que, mediante Dictamen Nº 0014-CORIECRYD-2023- MDM de la Comisión Ordinaria de Regidores de Desarrollo Institucional Educación, Cultura, Recreación y Deportes es de la opinión de declarar por unanimidad elevar al pleno del concejo municipal el presente expediente para su consideración y debate sobre la aprobación de la modi fi cación de la Ordenanza Municipal Nº 022-2021- MDM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Mercado Metropolitano del Distrito de Majes en amparo del numeral 8 y 25 del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el inciso 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, estable que es atribución del Concejo