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24 NORMAS LEGALES Lunes 17 de julio de 2023 El Peruano / el Pliego 022: Ministerio Público, a fi n de garantizar la oportunidad de la incorporación de dichos recursos en dicha Unidad Ejecutora, incorpora los recursos transferidos en el marco de lo señalado en la precitada disposición, a la sola solicitud de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, en la categoría de gasto corriente de la fuente de fi nanciamiento de donaciones y transferencias. De conformidad con el artículo primero de la Resolución de Alcaldía nº 186-2023-MPU/A de fecha 25 de mayo de 2023, se aprueba la Transferencia Financiera del Pliego de la Municipalidad Provincial de Urubamba, hasta por el monto de S/ 40 854,00 (CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) a favor del Pliego 022: Ministerio Público, a cargo de la Unidad Ejecutora de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, destinados a fi nanciar para el control concurrente sobre el gasto de inversión en el marco de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 y la décima disposición complementaria modi fi catoria de la Ley Nº 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, del proyecto de inversión denominado “Mejoramiento de la Transitabilidad Vehicular y Peatonal en los sectores Arco Iris, Chacwar, Puka Punku, Palccaraqui principal de la Comunidad de Palccaraqui y la Urbanización la Cantuta del Distrito de Urubamba, Provincia de Urubamba – Cusco con CUI 2304719. Mediante memorando N° 000227-2023-MP-FN-GG- OGFIN de fecha 04 de julio de 2023, la O fi cina General de Finanzas, comunica que la Municipalidad Provincial de Urubamba, ha realizado la Transferencia Financiera N° 00015-300785, en mérito a la Resolución de Alcaldía N° 186-2023-MPU/A según el reporte de operaciones en línea adjunto al precitado memorando; señalando que a fi n de cumplirse con el objetivo de dicha transferencia fi nanciera, solicita la incorporación de mayores ingresos públicos por el monto de S/ 40 854,00 (CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) en el Presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público del presente ejercicio fi scal. El numeral 18.2 del artículo 18 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” aprobada por la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, señala que los Pliegos que reciben las Transferencias Financieras incorporan dichos recursos a través de un crédito suplementario en la meta presupuestaria para la cual fueron transferidas y en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias, salvo en el caso que la normatividad vigente disponga que los recursos materia de la transferencia se registran en una fuente de fi nanciamiento distinta. El numeral 18.3 del artículo 18 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” aprobada por la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, establece que, los Pliegos que reciben los recursos aprueban mediante Resolución la desagregación de estos a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del dispositivo legal que autoriza la transferencia fi nanciera. Al amparo del numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, “la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”. En atención a lo solicitado y estando a lo propuesto por la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, corresponde emitir el acto resolutivo que autorice la referida Incorporación de mayores Ingresos Públicos en el presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público del presente ejercicio fi scal. Contando con los vistos de la Gerencia General, Ofi cina General de Asesoría Jurídica, O fi cina General de Finanzas, O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y la O fi cina de Presupuesto.De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público aprobada por Decreto Legislativo N° 052 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar, con e fi cacia anticipada a partir del 09 de junio de 2023, la Incorporación de Mayores Ingresos Públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público del Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 40 854,00 (CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias, de acuerdo al siguiente detalle: (EN SOLES) INGRESOSFuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias 1. Ingresos Presupuestarios 1.4 Donaciones y Transferencias 1 .4. 2 3 De Otras Unidades de Gobierno 1 .4. 2 3. 1 3 De los Gobiernos Locales 40 854,00 ------------ TOTAL INGRESOS 40 854,00 ======== EGRESOS Sección Primera : Gobierno Central Pliego : 022 Ministerio PúblicoUnidad Ejecutora : 002 Gerencia GeneralCategoría Presupuestal : 9002 Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en ProductosProducto/ Proyecto : 3 999999 Sin ProductoActividad : 5 001045 Procesos de las Fiscalías SupremasFuente de Financiamiento : 4. Donaciones y Transferencias Categoría de Gasto Gastos Corrientes2.3 Bienes y Servicios 40 854,00 ------------ TOTAL EGRESOS 40 854,00 ======== Artículo Segundo.- Disponer que los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo primero de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Tercero.- La O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto del Pliego 022: Ministerio Público, instruirá a la O fi cina de Presupuesto para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requiera. Artículo Cuarto.- Disponer que la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto remita copia de la presente resolución, dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en el plazo establecido en el citado artículo. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional. Artículo Sexto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Autoridad Nacional de Control, Gerencia General, O fi cina General de Asesoría Jurídica, Órgano de Control Institucional, O fi cina General de Finanzas, O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y a la O fi cina de Presupuesto, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2196591-1