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91 NORMAS LEGALES Viernes 23 de junio de 2023 El Peruano / Estado, modi fi cado con el Decreto Supremo N° 131- 2018-PCM, concordado con la Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 005-2020-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos N° 002-2020-SGP que establece orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones-ROF y Manual de Operaciones-MOP, los cuales tienen por objetivo regular los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado. Que, literal b) del numeral 45.3 del artículo 45º del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Lineamientos de Organización del Estado y su modi fi catoria, establece que el Reglamento de Organización y Funciones de los Gobierno Regionales y sus organismos públicos Regionales es aprobado por Ordenanza Regional; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Gobierno Regional de Junín suscribieron el Convenio Interinstitucional de delegación de competencias para el otorgamiento de la Certi fi cación Ambiental de Proyectos de Inversión del sector de transportes en la Categoría I- Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y Fichas Técnicas Socio Ambiental (FITSA) en el ámbito del Gobierno Regional Junín, no comprendidos en el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEI); siendo necesario incorporar nuevas funciones en el ROF con relación al Convenio. Que, las Gerencias Sub Regionales de Alto Andina y Selva Central diseñados en el estructura orgánica, aprobado mediante la Ordenanza Regional N°357-GRJCR, no han sido implementadas por motivos de limitación de recursos presupuestales, humanos, materiales y de infraestructura pública ya que estas estaban orientadas a constituirse en Unidades Ejecutoras; en ese sentido, resulta viable desconcentrar la organización regional, mediante la creación de las Sub Gerencias de Desarrollo, a fi n de que estas puedan ejercer en sus respectivos ámbitos jurisdiccionales las funciones sustantivas de prestación de bienes y servicios de la entidad. Que, en el Reglamento del Organización y Funciones vigente del Gobierno Regional Junín, las Direcciones Regionales Sectoriales de Comercio Exterior y Turismo, Energía y Minas, Trabajo y Promoción del Empleo, Vivienda, Construcción y Saneamiento, constituyen órganos de línea, las cuales anteriormente contaban con órganos de apoyo y asesoramiento; sin embargo, de conformidad con el literal c) del Artículo 8° del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Lineamientos de Organización del Estado; los órganos de línea no deben incluir órganos de administración interna. Por lo que, las funciones relacionadas a los Sistemas Administrativos de Presupuesto, Planeamiento, Modernización del Estado, Recursos Humanos, Abastecimiento, Contabilidad y Tesorería en lo que les compete, serán desarrolladas a través de áreas de trabajo directamente dependientes de cada Dirección Regional; lo cual deben ser establecido mediante documento por el Director Regional correspondiente. Que, mediante Reporte N° 96-2023-GRJ/GGR/ ORDITI, de fecha 12.04.2023se propone la modi fi cación de los artículos 102, 104°, 113° y 114° e incorporación de la Séptima Disposición Complementaria del Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Junín; Que, la presente ordenanza tiene el Informe Técnico de modi fi cación de los artículos antes señalados e incorporación de la Séptima Disposición Complementaria del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Junín, así como el Informe Legal N°46-2023-GRJ/ORAJ. Que, mediante Memorando N°302-2023-GRJ/GR, de fecha 02 de mayo del 2023, el Gobernador Regional, remite al Secretaria Ejecutivo del Consejo Regional el expediente del proyecto de modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones que consta de 34 folios originales; Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia;Que, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en la Ley Nº27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y con el Dictamen N°02-2023-GRJ-CPPPATyDI, en concordancia con su Reglamento Interno, el Consejo Regional Junín ha aprobado por Unanimidad la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 102°, 104°, 113° Y 114° E INCORPORA LA SEPTIMA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN” Artículo Primero.- APROBAR, la modi fi cación de los Artículos 102°, 104°, 113° y 114° e incorporar la Séptima Disposición Complementaria del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Junín. Consecuentemente, déjese sin efecto el contenido de los Artículos 102°, 104°, 113° y 114° y sustitúyase los nuevos contenidos de las funciones en lo que corresponda, y incorpórese la Séptima Disposición Complementaria, en la Ordenanza Regional N° 357-GRJ/CR, en los siguientes términos. Artículo 102°.- De la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental. (…). Tiene las funciones siguientes: a) Establecer, dirigir, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias, programas y planes en materia ambiental, en concordancia con el Sistema Regional de Gestión Ambiental, la Política Regional Ambiental, el Plan Regional de Acción Ambiental, en el marco de la Política Nacional Ambiental con enfoque intercultural y de género. b) Dirigir, coordinar y supervisar el cumplimiento de las actividades funcionales y técnicas de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental. c) Implementar el Sistema Regional Ambiental, en coordinación con la Comisión Ambiental Regional y las Comisiones Ambientales Municipales. d) Proponer la suscripción de convenios y acuerdos de cooperación interinstitucional, con instituciones públicas, privadas y Cooperación Técnica Internacional, conforme a ley y en el marco de sus competencias. e) Participar en el Comité de Coordinación Gerencial convocado por la Gobernación Regional. f) Implementar el Sistema de Información Regional Ambiental, garantizando el acceso a la población del ámbito territorial de la región a una información ambiental con fi able como soporte de los procesos de toma de decisiones. g) Supervisar el cumplimiento de las normas de gestión ambiental, contratos, en el marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA). h) Promover, coordinar y supervisar el cumplimiento de las normas técnicas, proyectos, estudios en materia ambiental y sobre uso racional de los recursos naturales, en el marco de su competencia en el ámbito regional. i) Promover y supervisar el cumplimiento de los mecanismos de retribución por los servicios eco sistémicos en el ámbito regional. j) Desarrollar funciones normativas y reguladoras de supervisión, evaluación y control en materia de recursos naturales y ambientales. k) Desarrollar acciones de control y vigilancia para garantizar el uso sostenible de los recursos naturales y ambientales, en el ámbito de su competencia. l) Proponer, aprobar y administrar la creación de las Áreas de Conservación Regional, en el marco del Sistema Nacional de Aéreas Protegidas, en coordinación con los Gobiernos Locales, acorde con las normas legales sobre la materia. m) Promover la educación e investigación ambiental en la Región Junín e incentivar la participación ciudadana en todos los niveles. n) Conducir, coordinar, ejecutar y supervisar la aplicación de las políticas públicas y estrategias regionales sobre diversidad biológica y de cambio climático, en el marco de las políticas y estrategias nacionales. o) Promover, coordinar y elaborar el informe de evaluación del desempeño ambiental de la región Junín.