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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (25/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 50

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Domingo 25 de junio de 2023 El Peruano / ESTABLECERSE LA INSTITUCIONALIZACIÓN DEL DÍA DEL “FESTIVAL DEL CAMOTE ASIANO Y SUS VARIEDADES, EL ÚLTIMO SÁBADO DEL MES AGOSTO DE CADA AÑO”. Artículo Segundo.– PRECISAR que salvo lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal N° 009-2021/MDA, se mantiene su plena vigencia en lo demás que contiene. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a las Unidades Orgánicas de la entidad que participe en el proceso, el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza, debiendo sujetarse a los dispositivos legales vigentes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística, la publicación de la referida Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Asia. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ISAIAS ANTONIO ALCANTARA MALASQUEZ Alcalde 2190351-1 Aprueban la propuesta de “Ordenanza Municipal que Institucionaliza el Día del Picante Asiano en la jurisdicción del distrito de Asia” ACUERDO DE CONCEJO N° 018-2023/MDA Asia, 9 de junio del 2023 EL CONCEJO DISTRITAL DE ASIAEn Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 09 de Junio del 2023, Informe Técnico N° 001-2023-JCOM/SGT/MDA, de fecha 02 de Junio del 2023, emitido por la Sub Gerencia de Turismo, el Informe N° 066-2023-SEAZ-GDEL/MDA, de fecha 06 de Junio del 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico Local, el Informe N° 305-2023-GM/MDA, de fecha 07 de Junio del 2023, emitido por la Gerencia Municipal, la Opinión Legal N° 047-2023-GAJ/MDA, de fecha 09 de Junio del 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de Asia, relacionados con el “PROYECTO DE ORDENANZA QUE INSTITUCIONALIZA EL DIA DEL PICANTE ASIANO, EN LA JURISDICCCION DEL DISTRITO DE ASIA”. I CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional N°27680, dispone que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual resulta plenamente concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N 27972, la misma que agrega que la autonomía que reconoce la Constitución Política del Perú otorga a las Municipalidades la facultad de ejercer actos de gobiernos, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, la Gestión Municipal, implica el desarrollo de un conjunto de actividades, estrategias y técnicas idóneas que permitan desarrollarse internamente y proyectarse a la comunidad la imagen de un gobierno serio, responsable, moderno, e fi caz y e fi ciente a tono con las expectativas de la población, es así que los instrumentos de gestión, viene ser aquellos documentos en los que se plasman todas las actividades de fortalecimiento y desarrollo institucional, transparencia en la gestión, desarrollo económico local, servicios municipales, democratización de la gestión, desarrollo humano y promoción social entre otros, dentro de dichos instrumentos de gestión se encuentra el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos, en la cual se fi jan los procedimientos, requisitos, costo y Dependencia de la Entidad Edil encargada de tramitar y responder las solicitudes de los administrados. Que, de conformidad con el Artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los acuerdos de concejo municipal son decisiones referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional; Que, los numerales 4.3 y 4.6, del Artículo 73° sobre materias de competencia municipal de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen lo siguiente: 4.3) Promoción de la generación de empleo y el desarrollo de la micro y pequeña empresa urbana o rural; 4.6) Fomento de programas de desarrollo rural. Que, en el Distrito de Asia, el Picante Asiano, es tradicional, ancestral, cultura y turístico de la gastronomía Asiana. Que, el Picante Asiano, es un plato buffet que incluye 11 potajes como el ceviche de chanque, ceviche mixto, el charquicán de raya seca, huatia de pescado sancochado, humita de raca (es un marisco), un langostino de mar o camarón, ajiaco de papas de color rojo, ajiaco de papas de color amarillo, olluquito, crema de maní, una yuca, para que sea degustado por todo el público asistente. Que, este festival del Picante Asiano, servirá para ayudar a generar empleo para los emprendedores y trabajo para los jóvenes a través de las picanterías, reposterías, agricultores, artesanos, pisqueros, taxistas, guías de turismo, agencia de viajes y turismo, danzantes de música criolla, folclórica local, artistas, orquesta musical, banda musical, pescadores artesanales y otras actividades económicas. Que, en este contexto el proyecto bajo análisis tiene como objetivo promover la producción y el consumo del Picante Asiano, a través de la Institucionalización del Día del Picante Asiano, con la fi nalidad de dar a conocer la gastronomía en el Distrito de Asia. Que, es necesario fortalecer una cultura gastronómica de mayor trascendencia como lo es el Picante Asiano. Esta acción busca la participación integral de todos los sectores sociales que conforman la sociedad distrital y nacional en relación a su consumo, debido a que es un plato buffet que incluye 11 potajes, EL MISMO QUE SERÍA LOS SÁBADO DE GLORIA DE LA SEMANA SANTA DE CADA AÑO. Que, mediante Informe Técnico N° 001-2023-JCOM/ SGT/MDA, de fecha 02 de junio de 2023, emitido por la Sub Gerencia de Turismo, solicita se APRUEBE el PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE INSTITUCIONALIZA EL DÍA DEL PICANTE ASIANO EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE ASIA. Que, mediante Informe N.º 066-2023-SEAZ-GDEL/ MDA, de fecha 06 de junio de 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico Local de la Municipalidad Distrital de Asia, solicitando se APRUEBE el PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE INSTITUCIONALIZA EL DÍA DEL PICANTE ASIANO EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE ASIA. Que, mediante Informe N° 305-2023-GM-MDA, de fecha 07 de junio de 2023, emitido por la Gerencia Municipal, REMITE el PROYECTO DE ORDENANZA QUE INSTITUCIONALIZA EL DÍA DEL PICANTE ASIANO EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE ASIA, a la Gerencia de Asesoría Jurídica a fi n de que proceda a emitir la Opinión Legal al respecto. Que, mediante Opinión Legal N° 047-2023-GAJ/MDA, de fecha 09 de junio del 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera: 1) Que, es viable APROBAR el PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE INSTITUCIONALIZA EL DIA DEL PICANTE ASIANO EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE ASIA. 2) Que, asimismo debe elevarse al Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Asia a efecto que proceda a la aprobación del Proyecto antes mencionado.