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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (25/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 50

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Domingo 25 de junio de 2023 El Peruano / Municipal aprobar el “Proyecto de Ordenanza para la conformación de la Mesa de Trabajo para las personas Adultas Mayores de la Municipalidad Distrital de La Perla METRAPAM – LA PERLA”, como parte del Consejo Regional de Personas Adultas Mayores del distrito de La Perla, encargada del seguimiento, evaluación y ejecución de las políticas, programas y proyectos dirigidos a las personas adultas mayores de jurisdicción del distrito de La Perla; Que, estando a las consideraciones expuestas y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 9° y 40° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta y con el voto por UNANIMIDAD, el Concejo Municipal ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA QUE CONFORMA LA MESA DE TRABAJO PARA LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA, METRAPAM – LA PERLA Artículo Primero.– CONFORMAR la MESA DE TRABAJO PARA LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES de la Municipalidad Distrital de La Perla, METRAPAM – LA PERLA, como parte del Consejo Regional de Personas Adultas Mayores del distrito de La Perla, encargada del seguimiento, evaluación y ejecución de las políticas, programas y proyectos dirigidos a las personas adultas mayores de jurisdicción del distrito de La Perla, y estará integrado por los siguientes miembros: Alcalde Distrital de La Perla, quien la preside. Gerente de Desarrollo Social.Sub Gerente de Bienestar Social y CIAM, en calidad de Secretaria Técnica. Un representante de la Policía Nacional del Perú.Un representante de la Dirección Regional de Educación del Callao. Un representante del Ministerio Público.Un representante del Poder Judicial.Un representante de la Red de Salud del Distrito de La Perla. Un representante de la Defensoría del Pueblo.Un representante de la Universidad Nacional de la localidad. Dos representantes de las personas adultas mayores organizadas (considerar enfoque de género, mínimo dos, un varón y una mujer). Artículo Segundo.– Podrán participar como invitados: 1. Un representante de las universidades particulares. 2. Un representante de las ONGS vinculadas a la temática de las personas adultas mayores. Artículo Tercero.– Las Instituciones Públicas integrantes del METRAPAM – LA PERLA, en el término de 20 días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”, mediante Resolución Institucional, podrán designar a sus representantes alternos, de preferencia profesionales especializados en la temática de personas adultas mayores. Artículo Cuarto.– METRAPAM – LA PERLA deberá instalarse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y se reunirán cada tres meses, cuando la presidencia lo crea necesario o a solicitud de uno de sus integrantes. Artículo Quinto.– Las funciones del METRAPAM – LA PERLA serán las siguientes: 5.1 Promover y proteger la defensa de los derechos de las personas adultas mayores del distrito de La Perla. 5.2 Coordinar y articular la implementación de actividades contenidas en las normas nacionales e internacionales orientadas a la atención de las personas adultas mayores, que conlleve a mejorar su calidad de vida. 5.3 Fomentar la coordinación de instituciones públicas y privadas, así como la participación activa y organizada de las personas adultas mayores en favor de la promoción y defensa de sus derechos. 5.4 Elaborar y aprobar su reglamento Interno, el cual será promulgado con Resolución de Alcaldía. 5.5 Establecer una coordinación estrecha y permanente con el Consejo Regional para las personas adultas mayores de la Región de Lima Metropolitana – COREPAM LIMA METROPOLITANA, acciones que permiten el cumplimiento de las normas vigentes relacionadas con las personas adultas mayores. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición que contravenga los fi nes de la presente Ordenanza. Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social noti fi car la presente Ordenanza Municipal a las instituciones mencionadas en el Artículo Primero. Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal. La Gerencia de Desarrollo Social y la Sub Gerencia de Bienestar Social y CIAM, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Cuarta.- ENCARGAR a la SECRETARÍA GENERAL la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario O fi cial “El Peruano”. Quinta.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información la publicación en el portal institucional de la Municipalidad, (www.munilaperla.gob.pe) y el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RODOLFO MARIANO ADRIANZEN CASTAÑEDA Alcalde 2190308-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA Ordenanza Municipal que Institucionaliza el Día del Picante Asiano en la jurisdiccion del distrito de Asia ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2023/MDA Asia, 9 de junio del 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA POR CUANTOEL CONCEJO DISTRITAL DE ASIA En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 09 de Junio del 2023, Informe Técnico Nº 001-2023-JCOM/SGT/MDA, de fecha 02 de Junio del 2023, emitido por la Sub Gerencia de Turismo, el Informe Nº 066-2023-SEAZ-GDEL/MDA, de fecha 06 de Junio del 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico Local, el Informe Nº 305-2023-GM/MDA, de fecha 07 de Junio del 2023, emitido por la Gerencia Municipal, la Opinión Legal Nº 047-2023-GAJ/MDA, de fecha 09 de Junio del 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de Asia, relacionados con el “PROYECTO DE ORDENANZA QUE INSTITUCIONALIZA EL DÍA DEL PICANTE ASIANO, EN LA JURISDICCCIÓN DEL DISTRITO DE ASIA”. I CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen