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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2023 (16/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Jueves 16 de marzo de 2023 El Peruano / social, político, artístico, etnológico y económico; entre otros; Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, es competencia exclusiva del Ministerio de Cultura respecto de otros niveles de gobierno, realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el literal a) del artículo 14 de la referida norma, concordante con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Biblioteca Nacional del Perú – BNP se constituye en un organismo público adscrito al Ministerio de Cultura, en virtud de lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el artículo 101 del ROF; Que, asimismo, el literal a) del artículo 25 del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 001-2018-MC, señala que la Dirección de Protección de las Colecciones es el órgano de línea responsable de identi fi car, elaborar la propuesta de declaración como Patrimonio Cultural Bibliográ fi co Documental de la Nación y derivarla al Ministerio de Cultura, registrándolo en el Registro Nacional de Material Bibliográ fi co; Que, mediante el O fi cio N° 000066-2023-BNP-J la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú remite la propuesta de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de tres unidades bibliográ fi cas (1890-1920) correspondientes a las primeras tesis de mujeres peruanas, que pertenecen a la Biblioteca Nacional del Perú; Que, mediante los Informes Técnicos N° 000004-2023-BNP-J-DPC-EG y N° 000027-2023-BNP-J-DPC, de la Dirección de Protección de las Colecciones se sustenta debidamente la propuesta de declaración de Patrimonio Cultual de la Nación de las tres unidades bibliográ fi cas, re fi riendo que las mismas presentan relevancia, importancia, valor y signi fi cado para la cultura peruana; Que, al respecto, se señala que las autoras de las obras seleccionadas para el análisis forman parte de la primera generación de mujeres profesionales del Perú. Margarita Práxedes Muñoz Seguín y Laura Esther Rodríguez Dulanto, desde el campo de las ciencias, y Miguelina Acosta Cárdenas desde la jurisprudencia, al ingresar al espacio académico y cientí fi co del mundo universitario abrieron camino a generaciones de mujeres que vinieron después de ellas; Que, la importancia, valor y signi fi cado radica en el ejemplo de la capacidad intelectual, el esfuerzo y la determinación para superar obstáculos de algunas de las primeras mujeres profesionales del Perú para incursionar en el mundo académico de su tiempo, para lo cual debieron buscar la educación superior que recibían sus pares varones; Que, en términos materiales, las tres unidades bibliográ fi cas analizadas son ediciones únicas. Presentan singularidades que las diferencian de otros ejemplares, y permiten conocer su historia y procedencia; entre estas singularidades tenemos dedicatorias autógrafas de las autoras a personajes o instituciones de su tiempo, como la de Margarita Práxedes al médico cusqueño Antonio Lorena Rozas o la de Miguelina Acosta Cárdenas a la Segunda Conferencia Panamericana de Mujeres que se desarrolló en Lima entre diciembre de 1925 y enero de 1926. Asimismo, poseen marcas de procedencia, como la tesis de Miguelina Acosta Cárdenas, que presenta el exlibris de la biblioteca particular del historiador Raúl Porras Barrenechea, cuya colección es custodiada en la Biblioteca Nacional del Perú; Con las visaciones de la Biblioteca Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica;De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296 y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a tres unidades bibliográ fi cas (1890-1920) correspondientes a las primeras tesis de mujeres peruanas, Margarita Práxedes Muñoz Seguín y Laura Esther Rodríguez Dulanto, desde el campo de las ciencias, y Miguelina Acosta Cárdenas desde la jurisprudencia, que pertenecen a la Biblioteca Nacional del Perú, conforme se aprecia en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2. - Noti fi car la presente resolución a la Biblioteca Nacional del Perú, para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO Viceministra de Patrimonio Cultural eIndustrias Culturales 2160036-1 Designan Asesora de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000004-2023-PEB/MC San Borja, 14 de marzo del 2023VISTOS: La carta de renuncia S/N de la señora Ana Cecilia Serpa Arana; el Informe N° 000040-2023-UADM-CRH-MESM-PEB/MC de la Unidad de Administración; el Memorando Nº 000016-2023-UPP-DE-PEB/MC de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 000018-2023-UAJ-KJPCH-PEB/MC de la Unidad de Asesoría Jurídica del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú. CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo N° 004-2018- MC, se crea el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, adscrito al Ministerio de Cultura, con el objeto de formular la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, y ejecutar, articular y dar seguimiento a las acciones requeridas para dicha conmemoración, con alto valor simbólico para el ejercicio de una ciudadanía democrática y de fortalecimiento de la identidad nacional; Que, con Resolución Ministerial N° 018-2020-PCM, modi fi cado por Resolución Ministerial Nº 263-2020-PCM, Resolución Ministerial Nº 277-2020-DM/MC, Resolución Ministerial Nº 000043-2021-DM/MC, y Resolución Ministerial Nº 000189-2021-DM/MC, se aprueba el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú; Que, con Resolución Directoral Ejecutiva Nº 001- 2020-PCM/PEB se aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, modi fi cado por Resolución Directoral Ejecutiva Nº 003-2021-PEB-DE/MC; Que, con Resolución de Secretaría General N° 176-2021-SG/MC se aprueba el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para la Asignación de Personal – CAP del Proyecto Especial Bicentenario de la