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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2023 (16/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Jueves 16 de marzo de 2023 El Peruano / la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Hugo Luis Zea Giraldo, al cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Oscar Olivera Cusilayme, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY PAREDES DEL CASTILLO Ministra de Desarrollo Agrario y Riego 2160707-1 Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2024 del SERFOR RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000069-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE Magdalena del Mar, 15 de marzo del 2023 VISTOS: Los Informes Nº D000008-2023-MIDAGRI- SERFOR-DGGSPFFS-DCGPFFS y D000022-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGGSPFFS-DCGPFFS emitidos por la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe N° D000038-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGGSPFFS y Memorando N° D000204-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGGSPFFS emitidos por la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Nº D000036-2023-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP-OPR emitido por la O fi cina de Planeamiento y Racionalización, el Memorando N° D000096-2023-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal N° D000127-2023-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ de la O fi cina General de Asesorí a Jurí dica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 13 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, el artículo 14 de la Ley Nº 29763, establece como funciones del SERFOR, entre otras, gestionar y promover el uso sostenible, la conservación y la protección de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, a través de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, se otorga al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por fi nalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fi scalizables por parte de los administrados, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión y fi scalización ambiental - a cargo de las diversas entidades del Estado - se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y efi ciente; Que, el artículo 7 de la acotada Ley N° 29325, re fi ere que las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fi scalización ambiental y ejercen sus competencias con independencia funcional del OEFA, forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y sujetan su actuación a las normas de la Ley N° 29325 y otras normas en materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA como ente rector del referido sistema; Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del Régimen Común de Fiscalización Ambiental, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 247-2013-MINAM, prevé que los Planes Anuales de Fiscalización Ambiental son los instrumentos de plani fi cación a través de los cuales cada Entidad de Fiscalización Ambiental – EFA programa las acciones a su cargo, en materia de fi scalización ambiental para ser efectuadas durante el año fi scal; y, las EFA tienen la obligación de formular, aprobar y reportar su Planefa, de acuerdo a las directivas que el OEFA establezca para tal efecto; Que, el artículo 5 de los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – Planefa”, aprobados mediante Resolución de Consejo Directivo N° 004-2019-OEFA/CD, dispone que el Planefa debe ser formulado de manera coordinada por los órganos de la EFA que ejercen las acciones de fi scalización ambiental y el órgano que tenga a cargo las funciones de plani fi cación y presupuesto; y, que las actividades plani fi cadas en el Planefa deben ser incluidas en el Plan Operativo Institucional – POI durante el año anterior a su ejecución, a fi n de asegurar el fi nanciamiento de las acciones y metas programadas; asimismo, el numeral 8.1 de los acotados Lineamientos dispone que el PLANEFA se aprueba con Resolución del titular de la EFA; Que, bajo ese marco, mediante los documentos del Vistos la Direcció n General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre hace suyo los Informes Nº D000008-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGGSPFFS-DCGPFFS y D000022-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGGSPFFS-DCGPFFS emitidos por la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, quien como responsable de la fi scalización de los procedimientos a cargo del SERFOR y en virtud de la funció n prevista en el literal a) del artí culo 57 del Reglamento de Organizació n y Funciones - ROF del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modi fi cado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, sustenta la propuesta del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2024 del SERFOR, que ha sido elaborada de acuerdo a lo previsto en las disposiciones contenidas en el Régimen Común de Fiscalización Ambiental, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 247-2013-MINAM, y los Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – Planefa”, aprobados mediante Resolución de Consejo Directivo N° 004-2019-OEFA/CD, así como las disposiciones de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y su Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI; Que, por su parte, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del documento del Vistos, hace suyo el Informe Nº D000036-2023-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP-OPR expedido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y a través del cual otorga opinión favorable a la propuesta del PLANEFA 2024 del SERFOR; Que, al respecto, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe Legal N° D000127-2023-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ y bajo el sustento técnico contenido en los Informes Nº D000008-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGGSPFFS-DCGPFFS y D000022-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGGSPFFS-DCGPFFS y la opinión favorable vertida por la O fi cina General de Planeamiento