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28 NORMAS LEGALES Domingo 7 de mayo de 2023 El Peruano / CONCEPTOS DEL CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DE INVERSIONES May-24 Jun-24 Jul-24 Ago-24 Set-24 Oct-24 30/11/2024 GASTO TOTAL d SERVICIO DE DISEÑO DEL PROYECTO DE INSTALACIONES 299,509 - - - - - - - 299,509 e SERVICIO DE REVISIÓN DE PROYECTO HVAC 9,554 - - - - - - - 9,554 f SERVICIO DE DISEÑO DE ILUMINACIÓN Y SEÑALÉTICA Y VÍAL 24,267 - - - - - - - 24,267 g SERVICIOS LEGALES 1,463,529 - - - - - - - 1,463,529 h SERVICIO DE DISEÑO, INSTALACIÓN Y SUMINISTRO DE GAS 4,566 - - - - - - - 4,566 j SERVICIO DE INSTALACIÓN Y SUMINISTRO ELÉCTRICO 18,748 - - - - - - - 18,748 k SERVICIO DE INSTALACIÓN Y SUMINISTRO AGUA Y DESAGUE 3,529 - - - - - - - 3,529 l SERVICIO DE SEGURIDAD 70,138 - - - - - - - 70,138 m SERVICIO DE DISEÑO DE ARQUITECTURA 1,057,827 - - - - - - - 1,057,827 n SERVICIO DE ASESORÍA Y SUPERVISIÓN FINANCIERA 247,065 - - - - - - - 247,065 o SERVICIOS DE MARKETING 29,073 - - - - - - - 29,073 p SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y GERENCIAMIENTO 54,993 - - - - - - - 54,993 q SERVICIOS AMBIENTALES 31,427 - - - - - - - 31,427 r SERVICIOS DE ASESORÍA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL 42,232.00 - - - - - - - 42,232 s SERVICIO DE DISEÑO DE PAISAJISMO 39,836 - - - - - - - 39,836 t SERVICIO DE DISEÑO DE INTERIORES 23,000 - - - - - - - 23,000 u SERVICIO DE GERENCIAMIENTO Y SUPERVISIÓN 1,938,318 43,755 43,755 - - - - 25,605 1,938,318 w SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA OBTENCION DE LA CERTIFICACIÓN LEED 35,994 - 5,237 - 2,500 2,500 - - 35,994 x SERVICIOS DE INSTALACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO INDUSTRIALES PARA EL PROYECTO 3,600 - - 1,200 1,200 1,200 - - 3,600 3 BIENES Y EQUIPOS 1,186,950 - - - - - - - 1,186,950 TOTAL INVERSIÓN ACUMULADA USD 50,378,333 1,183,371 1,089,121 374,695 377,195 226,454 222,754 25,605 50,378,333 Notas Se precisa que el Proyecto no tiene etapa de pruebas 2175433-1 Aprueban vigésima novena convocatoria del año 2023 para el otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias en atención al Estado de Emergencia declarado por el Decreto Supremo N° 029-2023-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 218-2023-VIVIENDA Lima, 5 de mayo de 2023VISTOS:El Informe Nº 139-2023-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (en adelante, DGPPVU); el Informe Nº 340-2023-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-DEPPVU y el Informe Técnico Legal Nº 06-2023-DGPPVU-DEPPVU-CITV-MJVM de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo; el Informe Nº 416-2023-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (en adelante, OGAJ); y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 31526 se crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, (en adelante, BAE) como un mecanismo de atención temporal al damni fi cado a consecuencia de desastres ocasionados por fenómenos de origen natural o inducidos por la acción humana, cuya vivienda resulte colapsada o inhabitable y que se encuentre comprendida dentro del ámbito de una zona declarada en estado de emergencia por decreto supremo; el BAE se otorga para el arrendamiento de una vivienda en el departamento en el que se encuentra la zona declarada en Estado de Emergencia; Que, por el Decreto Supremo Nº 008-2022-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (en adelante, el Reglamento), el mismo que establece en su artículo 6, entre otros, que el otorgamiento del BAE se realiza a través de una convocatoria aprobada por Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, a través del Decreto Supremo Nº 029-2023- PCM, se declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque, Lima, Piura y Tumbes, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta días calendario; Que, con el Informe Nº 139-2023-VIVIENDA/VMVU- DGPPVU, el Informe Nº 340-2023-VIVIENDA/VMVU- DGPPVU-DEPPVU y el Informe Técnico Legal Nº 06-2023-DGPPVU-DEPPVU-CITV-MJVM, la DGPPVU sustenta la relación de ciento ochenta potenciales bene fi ciarios del BAE, al haber validado sus viviendas como colapsadas o inhabitables, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, en el distrito de Jayanca, de la provincia y departamento de Lambayeque, en el marco del Estado de Emergencia declarado por el Decreto Supremo Nº 029-2023-PCM; Que, en mérito a ello, la DGPPVU propone autorizar la vigésima novena convocatoria del año 2023, para el otorgamiento del BAE, a los potenciales bene fi ciarios con viviendas colapsadas o inhabitables ubicadas en el distrito de Jayanca, de la provincia y departamento de Lambayeque, declarado en Estado de Emergencia mediante el Decreto Supremo Nº 029-2023-PCM, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 31526 y su Reglamento; Que, mediante el Informe Nº 416-2023-VIVIENDA/ OGAJ, la OGAJ emite opinión favorable para continuar con la aprobación de la propuesta efectuada y sustentada por la DGPPVU; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley Nº 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; y, el Reglamento de la Ley