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42 NORMAS LEGALES Domingo 7 de mayo de 2023 El Peruano / Que, la Resolución Ministerial N° 308-2020-PRODUCE aprueba las medidas de conservación y ordenamiento para el aprovechamiento sostenible del recurso pulpo (Octopus mimus) en el ámbito de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras – Punta de Coles, ubicada en la provincia de Ilo, departamento de Moquegua; estableciendo en su noveno considerando: “Que (…). En ese sentido, las medidas de conservación y ordenamiento propuestas respetan las competencias y funciones del Ministerio de la Producción y de las diferentes entidades que han participado en la elaboración de la propuesta” ii) La propuesta (…) promoverá el restablecimiento de las actividades empleando para ello medidas especiales de conservación, necesarias para este sensible ecosistema, las cuales, como se ha mencionado previamente, han sido coordinadas con el Gobierno Regional de Moquegua, (…), (…)”; y, iv) “Teniendo en consideración lo señalado (…), a fi n de garantizar el aprovechamiento sostenible del recurso pulpo en la RNSIIPG Punta Coles, (…); por lo que, concluye que “(…), se considera necesario aprobar las Medidas de Conservación y Ordenamiento para el aprovechamiento sostenible del recurso pulpo (Octopus mimus) en el ámbito de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras - Punta Coles (RNSIIPG Punta Coles) provincia de Ilo, Departamento de Moquegua (…)”; Que, el Artículo 2º de la resolución citada establece que la fi nalidad de las medidas de conservación y ordenamiento es velar por el aprovechamiento sostenible del recurso pulpo (Octopus mimus), en el ámbito de la RNSIIPG - Punta Coles, provincia de Ilo, departamento de Moquegua, a fi n de contribuir con una justa y equitativa distribución de los bene fi cios que de su aprovechamiento se deriven, en concordancia con los objetivos planteados para dicha Reserva Nacional; Que, el punto 3.1 del Artículo 3º de la parte resolutiva de la Resolución Ministerial acotada, señala: “Establecer medidas de conservación y ordenamiento para el aprovechamiento sostenible del recurso pulpo (Octopus mimus), en el ámbito de la RNSIIPG-Punta Coles”; Que, el numeral 9.1 del artículo 9°, segundo párrafo de la misma Resolución, dice: “El listado deberá ser actualizado anualmente mediante Resolución de la GERPRO Moquegua, en coordinación con el SERNANP. La Gerencia Regional de la Producción del Gobierno Regional de Moquegua establecerá los mecanismos de incorporación y retiro del listado señalado en el párrafo precedente”; además, el numeral 9.2 establece que para la emisión del listado mencionado, la GERPRO Moquegua tendrá en cuenta el límite de captura previsto en el artículo 6° de la N° 308-2020-PRODUCE y que la GERPRO Moquegua deberá tener en cuenta para la emisión del listado, el cumplimiento de la normativa vigente, las disposiciones de fi scalización de las actividades de extracción y la información obtenida del seguimiento de las actividades extractivas del recurso pulpo (Octopus mimus); Que, la Resolución Ministerial N° 089-2023-PRODUCE publicada el 02 de marzo de 2023, establece el límite de captura del año 2023 del recurso pulpo (Octopus mimus) en 16.5 toneladas, aplicable a las actividades extractivas efectuadas por embarcaciones pesqueras artesanales provistas de compresora de aire con permiso de pesca vigente y pescadores artesanales no embarcados que cuenten con permiso de pesca vigente, en el ámbito de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras - Punta Coles (RNSIIPG - Punta Coles), ubicada en la provincia de Ilo, departamento de Moquegua. Asimismo, establece una cuota mensual de extracción de dos (2) toneladas por mes, hasta alcanzar el límite de captura citado o, en su defecto hasta el 31 de octubre de 2023. Tanto el límite de captura establecido y la tasa de extracción, pueden modi fi carse en función a los factores biológicos, pesqueros y/o ambientales que estime el Instituto del Mar del Perú-IMARPE, para lo cual remite al Ministerio de la Producción las recomendaciones pertinentes; Que, la Resolución de Gerencia Regional Nº 020-2021- GRM/GERPRO en su Artículo Segundo, resuelve que la Comisión conformada por la Resolución de Gerencia Regional Nº 058-2020-GRM/GERPRO para elaborar un Reglamento Interno de Ordenamiento y Conservación del Recurso Pulpo, además de los Pescadores Artesanales integrantes del listado y designados por sus organizaciones representativas, deberá estar integrada por un representante de la Reserva Nacional Sistemas de Islas, Islotes y Puntas Guaneras (SERNANP-RNSIIPG), Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú, Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Ministerio de la Producción, Instituto del Mar del Perú y Gerencia Regional de la Producción Moquegua, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y en el marco de lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 00308-2020-PRODUCE; Que, mediante los Informes Nº 013, 014, 016, 026, 034-2023-GRM/GRDE/DIREPRO-DEPP, la Dirección de Extracción y Procesamiento Pesquero de la Dirección Regional de la Producción Moquegua, remite la evaluación de la propuesta del listado de embarcaciones pesqueras presentado por el Sindicato Único de Pescadores Artesanales y Buzos Civiles del Puerto de Ilo – SUPABCPI, para el aprovechamiento del recurso pulpo en la RNIIPG – Punta Coles en el 2023, teniendo como referencia la relación actualizada de embarcaciones pesqueras artesanales que cuentan con derechos otorgados vigentes (permisos de pesca, cambios de dominio, cambio de nombre, etc.) otorgados por la Dirección Regional de la Producción, el numeral 9.2 del artículo 9 y numerales 11.2 y 11.3 del Artículo 11° de la Resolución Ministerial N° 308-2020-PRODUCE así como el Decreto Supremo Nº 004-2020-PRODUCE que adecúa la normativa referida a las actividades de extracción y procesamiento pesquero, en el marco del análisis de calidad regulatoria y el Acuerdo de Conservación celebrado entre el SERNANP y el SUPABCPI y su Adenda, además del Reglamento Interno de Ordenamiento y Conservación del recurso pulpo elaborado y aprobado por los miembros de la Comisión Interinstitucional de Ordenamiento y Conservación del recurso pulpo (Octopus mimus), dispuesta en la Resolución de Gerencia Regional N° 058-2020-GRM/GERPRO y modi fi cada con la Resolución de Gerencia Regional N° 020-2021-GRM/GERPRO; así como la evaluación de la propuesta de listado preliminar de pescadores no embarcados para aprovechamiento del recurso pulpo en la RNIIPG Punta Coles – 2023, teniendo como referencia la relación actualizada de pescadores artesanales no embarcados que cuentan con derechos vigentes otorgados por la Dirección Regional de la Producción y el Acuerdo de Conservación celebrado entre el SERNANP y la Asociación Única de Pescadores Artesanales y Buzos a Pulmón del Puerto de Ilo – AUPABPPI; además de la relación de embarcaciones pesqueras artesanales observadas según el listado presentado así como la relación de embarcaciones cuyos armadores presentaron el levantamiento de observaciones correspondiente de acuerdo a los O fi cios N° 028, 029-2023-SUPABCPI; Que, a través de los Informes N° 020, 032-2023- GRM/DRDE/ALE-VFFR se emite opinión de Asesoría Legal Externa de la Dirección Regional de la Producción Moquegua, sobre el levantamiento de observaciones así como del listado fi nal de embarcaciones pesqueras artesanales provistas de compresora de aire y el listado de pescadores no embarcados, con permiso de pesca vigente para participar en el aprovechamiento del recurso pulpo en la RNIIPG – Punta Coles; Que, teniendo como referencia la relación actualizada de pescadores artesanales no embarcados que cuentan con derechos vigentes otorgados por la Dirección Regional de la Producción y el Acuerdo de Conservación celebrado entre SERNANP y se ha evaluado y aprobado la propuesta de listado preliminar de 27 pescadores no embarcados que cuentan con permiso de pesca vigente para la participación y extracción del recurso pulpo; asimismo se ha evaluado y aprobado la propuesta del listado de 59 embarcaciones pesqueras artesanales provistas de compresora de aire, que cuentan con permiso de pesca vigente para su participación en las medidas de conservación y ordenamiento para la extracción del recurso pulpo (Octopus mimus), para su aprovechamiento en la RNIIPG Punta Coles – 2023; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,