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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (11/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Sábado 11 de noviembre de 2023 El Peruano / Nacional del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2018-MC, señala que la Dirección de Protección de las Colecciones es el órgano de línea responsable de identi fi car, elaborar la propuesta de declaración como patrimonio cultural bibliográ fi co documental de la Nación y derivarla al Ministerio de Cultura, registrándolo en el Registro Nacional de Material Bibliográ fi co; Que, con el O fi cio N° 000415-2023-BNP-J la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú remite al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la propuesta de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de diez unidades bibliográ fi cas que corresponden a seis títulos (1940-1966) de producción intelectual de Emilia Romero de Valle pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú; Que, a través del Informe Técnico N° 000035-2023-BNP-J-DPC-EG el Equipo de Trabajo de Gestión del Patrimonio Bibliográ fi co Documental desarrolla la importancia, el valor y signi fi cado de las diez unidades bibliográ fi cas que corresponden a seis títulos (1940- 1966) de producción intelectual de Emilia Romero de Valle, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú, propuesta para su declaración como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, con el Informe Nº 000117-2023-BNP-J-DPC, el Director de la Dirección de Protección de las Colecciones, con sustento en el informe citado en el considerando anterior, recomienda a la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú, la declaración como Patrimonio Cultural de la Nación de las diez unidades bibliográ fi cas que corresponden a seis títulos (1940- 1966) de producción intelectual de Emilia Romero de Valle, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú; señalando que presentan importancia, valor y signi fi cado para nuestro proceso histórico cultural, por lo que reúne las condiciones para ser declaradas Patrimonio Cultural de la Nación; Que, Emilia Romero del Valle (ca. 1902-1968) fue una reconocida historiadora peruana, de formación autodidacta. Su producción intelectual aborda temas de historia y literatura e incluye estudios sobre la fi liación entre México y el Perú. Tradujo, asimismo, obras de gran valor interpretativo de la historia peruana, para facilitar su acceso y difusión a los lectores de nuestro país; Que, la importancia de la obra de Emilia Romero de Valle radica en su búsqueda por ampliar los temas de investigación histórica mediante el estudio de aspectos como el ocio, la diversiones y formas literarias como el romance, en un periodo aún dominado por la historia sobre grandes héroes, batallas y fechas, antes del cambio generacional y temático de la llamada “Nueva Historia”, que se desarrolla en el Perú desde los años 1960; Que, dentro de la producción intelectual de Emilia Romero del Valle se ha podido identi fi car a diez unidades bibliográ fi cas que presentan singularidades que las diferencian de otros ejemplares, y permiten conocer su historia y procedencia. Se cuentan con dedicatorias autógrafas de Emilia Romero para personajes de la cultura peruana, como el poeta José Alfredo Hernández, el polígrafo Aurelio Miró Quesada Sosa, y los historiadores Raúl Porras Barrenechea y Jorge Basadre; además, para el antropólogo francés Paul Rivet. Asimismo, poseen marcas de procedencia de las bibliotecas particulares de personajes como José Alfredo Hernández, Paul Rivet y Raúl Porras Barrenechea, cuyos ejemplares se custodian en la Biblioteca Nacional del Perú; Que, del análisis realizado se concluye que las diez unidades bibliográ fi cas que corresponden a seis títulos (1940- 1966) de producción intelectual de Emilia Romero de Valle, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú, presentan relevancia, importancia, valor y signi fi cado para la cultura peruana, reuniendo las condiciones para integrar el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, en ese sentido, habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la citada declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación; advirtiéndose que los informes técnicos citados precedentemente, constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con los vistos de la Biblioteca Nacional del Perú y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 013-90-JUS; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a las diez unidades bibliográ fi cas que corresponden a seis títulos (1940-1966) de producción intelectual de Emilia Romero de Valle, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú, conforme se aprecia en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Noti fi car la presente resolución a la Biblioteca Nacional del Perú para los fi nes consiguientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. La presente resolución y su anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. HAYDEE VICTORIA ROSAS CHAVEZ Viceministra de Patrimonio Culturale Industrias Culturales 2233786-1 Declaran Patrimonio Cultural de la Nación el documento donde consta la “Designación del Dr. Serafín Filomeno como Agente Fiscal y miembro de la Junta de Sanidad de Loreto”, documento que se custodia en el Archivo Regional de San Martin RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000268-2023-VMPCIC/MC San Borja, 25 de octubre del 2023 VISTOS: el O fi cio N° 000504-2023-AGN/JEF de la Jefatura Institucional del Archivo General de la Nación; la Hoja de Elevación N° 000722-2023-OGAJ/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográ fi cos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural y modi fi catorias, señala que se entiende por bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a todo lugar, sitio, paisaje, edi fi cación espacio o manifestación material o inmaterial relacionada o con incidencia en el quehacer humano, que por su importancia, signi fi cado y valor arqueológico, arquitectónico, histórico, urbanístico, artístico, militar, social, simbólico, antropológico,