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4 NORMAS LEGALES Domingo 12 de noviembre de 2023 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Modifican la R.M. N° 264-2021-PCM, mediante la cual se crea el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Espacio de diálogo para el desarrollo de la provincia de Cotabambas y distrito de Progreso de la provincia de Grau del departamento de Apurímac” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 256-2023-PCM Lima, 10 de noviembre de 2023 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 264-2021- PCM, se crea el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Espacio de diálogo para el desarrollo de la provincia de Cotabambas y distrito de Progreso de la provincia de Grau del departamento de Apurímac”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo tiene por objeto promover el desarrollo de la zona de in fl uencia del proyecto minero Las Bambas, a partir de asegurar un adecuado proceso de diálogo con objetivos y resultados, teniendo en cuenta la agenda planteada por las comunidades y los gobiernos locales en la reunión llevada a cabo el 27 de octubre de 2021; así como, contribuir al cumplimiento de los compromisos que se alcancen en dicho proceso de diálogo de la provincia de Cotabambas y el distrito de Progreso de la provincia de Grau; Que, el artículo 12 de la Resolución Ministerial Nº 264- 2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales Nº 015-2022-PCM, N° 118-2022-PCM, N° 215-2022- PCM, N° 242-2022-PCM, N° 371-2022-PCM y Nº 109- 2023-PCM, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 13 de noviembre 2023; Que, bajo dicho contexto, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo informa que, el Grupo de Trabajo tiene registrado un avance del 72% en el cumplimiento del total de compromisos asumidos en el marco del espacio de dialogo, mientras que el 28% restante se encuentra en proceso de consolidación; por lo que, persiste la necesidad de continuar contribuyendo al cumplimiento de los mencionados compromisos e impulsar el desarrollo de la provincia de Cotabambas y del distrito de Progreso de la provincia de Grau del departamento de Apurímac; Que, en ese sentido, la referida Secretaría, en su condición de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 12 de la Resolución Ministerial Nº 264-2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales Nº 015- 2022-PCM, N° 118-2022-PCM, N° 215-2022-PCM, N° 242-2022-PCM, N° 371-2022-PCM y Nº 109-2023-PCM, a fi n de ampliar el periodo de vigencia del citado Grupo de Trabajo hasta el 13 de noviembre de 2024; a efecto de que dicho órgano colegiado cumpla con su objeto de creación; precisando que para ello se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación del artículo 12 de la Resolución Ministerial N° 264-2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 015-2022-PCM, N° 118-2022-PCM, N° 215-2022-PCM, N° 242-2022-PCM, N° 371-2022-PCM y N° 109-2023-PCM Modi fi car el artículo 12 de la Resolución Ministerial N° 264-2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 015-2022-PCM, N° 118-2022-PCM, N° 215-2022-PCM, N° 242-2022-PCM, N° 371-2022-PCM y N° 109-2023-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 12.- Período de vigencia El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 13 de noviembre de 2024. ” Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2233938-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de profesional de la Dirección de Asuntos Multilaterales para participar en evento a realizarse en Colombia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 339-2023-MINCETUR Lima, 7 de noviembre de 2023 VISTO, el Memorándum N° 896-2023-MINCETUR/ VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior; y, CONSIDERANDO:Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; en tal razón, representa al Perú en los foros y organismos internacionales de comercio y esquemas de integración y tiene la responsabilidad en materias de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales. Asimismo, en materia de turismo promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible; Que, la Alianza del Pací fi co conformada por Colombia, Chile, México y Perú, es un mecanismo de integración y una iniciativa dinámica, con alto potencial y proyección para los negocios internacionales, con una clara orientación a la región Asia – Pací fi co, por las ventajas competitivas que ofrece; además, constituye una región abierta al comercio, donde sus miembros mantienen una red de acuerdos comerciales entre sí y con las economías más desarrolladas y dinámicas del mundo, para promover el intercambio comercial, de inversiones, innovación y tecnología, sobre sus sectores más competitivos; Que, desde el 1 de agosto de 2023, la República del Perú asumió la Presidencia Pro Tempore de la Alianza del Pací fi co, lo cual permite desarrollar acciones tendientes a cumplir con los objetivos fundacionales del mecanismo