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43 NORMAS LEGALES Domingo 12 de noviembre de 2023 El Peruano / modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley Nº 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva Nº 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y sus modi fi catorias, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del OCI es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del OCI designado por la Contraloría General de la República ejercerá sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes de OCI termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del OCI; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación de fi nitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación; Que, de acuerdo con la actual normativa y conforme al modelo de control descentralizado orientado a resultados, la supervisión de la gestión en el uso de los recursos públicos debe asegurar una rendición de cuentas y el buen gobierno de las Entidades Públicas, cautelando la legalidad y e fi ciencia de sus actos y operaciones, así como las disposiciones para la correcta y transparente gestión de sus recursos y bienes, mediante la ejecución de servicios de control gubernamental y servicios relacionados, para el cumplimiento de sus fi nes y metas institucionales; Que, la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, mediante la Hoja Informativa Nº 000087-2023-CG/VCST y el Memorando Nº 000861-2023-CG/VCST, en atención a sus competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 179-2021-CG, y sus modi fi catorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Gerencia Regional de Control de Ancash, para dar por terminada la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de cuatro (4) entidades bajo su ámbito de control, de conformidad con el literal d) del numeral 7.1.3.2. de la Directiva de los OCI; así como designar en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de tres (3) entidades bajo su ámbito de control; Que, a través de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, se establece, entre otros aspectos, los requisitos mínimos para acceder a los cargos de funcionario público y directivo público de libre designación y remoción del nivel nacional, regional y local, así como los impedimentos para el acceso a dichos cargos; encontrándose entre ellos los servidores que ocupan cargos o puestos que realizan funciones de planeación, dirección, organización y evaluación, indistintamente de la denominación del cargo o puesto; Que, la Gerencia de Capital Humano, así como la Subgerencia de Personal y Compensaciones, y la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano, a través de los documentos de vistos y sus antecedentes, han efectuado la veri fi cación del cumplimiento de los requisitos mínimos y de ausencia de impedimentos de los profesionales propuestos por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial para ser designados en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de tres (3) entidades bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control de Ancash, con base en la Ley Nº 31419, su Reglamento y la Directiva de los OCI. Asimismo, las designaciones propuestas cumplen con los requisitos del Manual de Clasi fi cador de Cargos de esta Entidad Fiscalizadora Superior, aprobado por Resolución de Secretaría General Nº 152-2023-CG/SGE, y demás disposiciones aplicables para dicho proceso; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando Nº 001000-2023-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa Nº 000870-2023-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que da término a la designación y designa en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de diversas entidades bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control de Ancash, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por terminada la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de los profesionales que se detallan a continuación: Nº ENTIDAD APELLIDOS Y NOMBRES DNI 1MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL SANTAMOSTACERO SALDAÑA OSCAR LIZANDRO40628522 2MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONGOADANAQUE VILCHERREZ JOSE ALEX32989798 3MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARMEYVALVERDE CUEVA DARIO EDMUNDO31670961 4MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ASUNCIÓNGAMARRA CABALLERO RICARDO ARTURO ALBERTO45418658 Artículo 2.- Designar en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional a los profesionales que se detallan a continuación: Nº ENTIDAD APELLIDOS Y NOMBRES DNI 1MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL SANTAALVARADO VICENTE EDUARDO DANIEL44098970 2MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARMEYADANAQUE VILCHERREZ JOSE ALEX32989798 3MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ASUNCIÓNTAMARIZ OBREGON ROSA ROCIO33344266