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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (12/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Domingo 12 de noviembre de 2023 El Peruano / De conformidad, con la Ley n° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Resolución de Presidencia Ejecutiva n° 91-2021-SERVIR-PE que aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad del Programa Nacional Cuna Más y la Resolución de Dirección Ejecutiva n° 386-2020-MIDIS/PNCM que aprueba el Manual de Per fi les de Puestos del Programa Nacional Cuna Más; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto la designación temporal del señor WALTER VENERO ROMERO en el cargo de Jefe de la Unidad Territorial VRAEM del Programa Nacional Cuna Más, siendo su último día de funciones el 12 de noviembre de 2023, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora MARIA LORENA HERMOZA SOTOMAYOR, en el cargo de Coordinadora de la Unidad Territorial VRAEM del Programa Nacional Cuna Más, a partir del 13 de noviembre de 2023. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Programa Nacional Cuna Más (www. cunamas.gob.pe). Regístrese, notifíquese y publíquese.CARMEN LOURDES SEVILLA CARNERO Directora Ejecutiva Programa Nacional Cuna Más 2233943-1 EDUCACIÓN Designan Viceministra de Gestión Pedagógica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 013-2023-MINEDU Lima, 11 de noviembre de 2023CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro(a) de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; Que, en consecuencia, resulta necesario designar a la funcionaria que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando anterior; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora MARIA ESTHER CUADROS ESPINOZA en el cargo de Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República MIRIAM JANETTE PONCE VERTIZ Ministra de Educación 2233972-1ENERGÍA Y MINAS Autorizan transferencia financiera a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S .A.A., para financiar el Proyecto RESOLUCION MINISTERIAL Nº 448-2023-MINEM/DM Lima, 10 de noviembre de 2023VISTOS: El Memorando Nº 00620-2023/MINEM- VME del Viceministerio de Electricidad; el Informe N° 410-2023-MINEM/DGER-JAL de la Jefatura de Asesoría Legal de la Dirección General de Electri fi cación Rural; el Memorando N° 00723-2023/MINEM-DGER- JAF de la Jefatura de Administración y Finanzas de la Dirección General de Electri fi cación Rural; el Memorando Nº 00767-2023/MINEM-DGER de la Dirección General de Electri fi cación Rural; el Informe N° 228-2023-MINEM- OGPP/OPRE de la O fi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 01829-2023/MINEM-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 1129-2023-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el acápite iii) del literal k) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza de manera excepcional la transferencia fi nanciera que realice el Ministerio de Energía y Minas a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), y de la empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. (ADINELSA), en el marco de lo establecido en la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, y su reglamento, hasta por la suma de S/ 100 000 000,00 (Cien Millones y 00/100 soles); Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados correspondiente a la Unidad Ejecutora 005 Dirección General de Electri fi cación Rural (DGER) para el caso del acápite iii); asimismo, dispone que las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el Ministerio de Energía y Minas y las entidades o empresas involucradas; Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31638, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, el artículo 9 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, señala que los recursos que son empleados para la electri fi cación rural están destinados exclusivamente a la ejecución de proyectos, obras y subsidios de los Sistemas Eléctricos Rurales (SER), así como para promocionar la inversión privada; asimismo, los recursos están dirigidos a reforzar, ampliar, remodelar o mejorar la infraestructura eléctrica existente. Para la ejecución de los proyectos u obras, la DGER podrá destinar recursos a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del FONAFE y a ADINELSA, previa suscripción de convenios; Que, los artículos 20, 21 y 22 del Reglamento de la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2020-EM, establecen los