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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (17/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Viernes 17 de noviembre de 2023 El Peruano / Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224- 2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Encargar a la señora MARIEL HERRERA LLERENA, miembro del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR, en su condición de Directora General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, las funciones de Presidenta Ejecutiva del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR, en adición a sus funciones, a partir del 19 de noviembre de 2023 y en tanto dure la ausencia de la Titular. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2235840-1 Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General, para financiar acciones de control concurrente de proyecto de inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 260-2023-PCM Lima, 16 de noviembre de 2023CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 31638, se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Que, mediante Resolución Ministerial N° 351-2022- PCM, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros – PCM; Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/ o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley Nº 31358, autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la citada ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto; a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior; precisando que las referidas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, y se publican en el Diario Ofi cial “El Peruano”;Que, el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, establece que, el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, debe efectuar su registro en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE”, en la Finalidad “0348747. CONTROL CONCURRENTE” y en la Especí fi ca del Gasto “2.4.2.3.1.1.A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL”; Que, la Secretaría General de la Contraloría General de la República mediante O fi cio N° 001778-2023-CG/ SGE, comunica que en el marco de los alcances de la Ley N° 31358, ha priorizado 98 inversiones, de las cuales 97 corresponden a la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y 1 inversión a la Secretaría General – PCM, estimando el costo del control concurrente para la Unidad Ejecutora 003 Secretaría General – PCM en S/ 755 149,00 para el fi nanciamiento del despliegue de los servicios de control gubernamental. Asimismo, señaló que el costo de control concurrente ha sido estimado considerando el saldo de inversión por ejecutar con corte al 14 de setiembre de 2023, conforme a los criterios establecidos en la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL; Que, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros mediante el Informe N° D000313-2023-PCM-OGPP emite opinión favorable en materia presupuestal, para el trámite de la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General a fi n de fi nanciar el servicio de control concurrente del proyecto de inversión “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS OPERATIVOS O MISIONALES INSTITUCIONALES EN LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS, A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS BRINDADOS POR LA OFICINA GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN, DISTRITO DE MIRAFLORES DE LA PROVINCIA DE LIMA DEL DEPARTAMENTO DE LIMA” con CUI 2572507, de la Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por el importe de S/ 755 149,00 (SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora 003: Secretaría General – PCM; Que, en virtud de lo antes expuesto y en el marco de las normas señaladas, resulta pertinente autorizar la transferencia fi nanciera por el monto de S/ 755 149,00 (SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, para el despliegue de los servicios de control concurrente en inversión, conforme a lo dispuesto en los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4, de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente y el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; la Resolución Ministerial N° 351-2022-PCM que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros – PCM; la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorizar una transferencia fi nanciera del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por la suma de S/ 755 149,00 (SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO