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22 NORMAS LEGALES Viernes 17 de noviembre de 2023 El Peruano / N° D000649-2023-MIDIS-DGDAPS y el Proveído N° D005601-2023-MIDIS-DGDAPS de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales; el Informe N° D000381-2023-MIDIS-OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000608-2023-MIDIS-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, inclusión y equidad; Que, en la línea de lo señalado, el artículo 5 de la Ley N° 29792 dispone que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social tiene la fi nalidad de mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector público, el sector privado y la sociedad civil; Que, a través del Decreto Supremo N° 008-2022-MIDIS se aprueba la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030, la cual establece que el problema público requiere tomar en cuenta distintos enfoques, entre ellos, el enfoque intercultural donde el Estado valorice e incorpore las diferentes visiones culturales, concepciones de bienestar y desarrollo de los diversos grupos étnico-culturales para la generación de servicios con pertinencia cultural, la promoción de una ciudadanía intercultural basada en el diálogo y la atención diferenciada a los pueblos indígenas u originarios; Que, en el marco de sus competencias, la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales propone la conformación del Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de elaborar un diagnóstico rápido que permita proponer mejoras para la intervención de los programas nacionales en comunidades indígenas u originarias del departamento de Loreto; Que, mediante Resolución Ministerial N° 068-2022-MIDIS se conformó el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de proponer y realizar un diagnóstico territorial participativo y acompañar la implementación de las mejoras establecidas en el informe fi nal del Grupo de Trabajo creado mediante Resolución Ministerial N° 119-2021-MIDIS; Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo tiene por objeto diseñar y ejecutar un diagnóstico territorial participativo en los territorios de las comunidades indígenas representadas en las federaciones que integran la Plataforma PUINAMUDT, que permita realizar cambios y adecuaciones necesarias en los programas nacionales aplicados en territorios indígenas; Que, según artículo 3 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo está integrado por unidades orgánicas del MIDIS, representantes de los siete (7) programas nacionales adscritos y por representantes de la Plataforma de Pueblos Indígenas Amazónicos Unidos en Defensa de sus Territorios (PUINAMUDT), conformado por cuatro Federaciones Indígenas, las cuales son: Federación Indígena Quechua del Pastaza (FEDIQUEP), Federación de Comunidades Nativas de la Cuenca del Corrientes (FECONACOR), Organización de Pueblos Indígenas Kichwas Amazónicos de la Frontera Perú-Ecuador (OPIKAFPE) y Asociación Cocama de Desarrollo y Conservación San Pablo de Tipishca (ACODECOSPAT), las cuales agrupan a un total de noventa y un (91) comunidades nativas amazónicas de seis (06) pueblos originarios: Kichwa, Qechua del Pastaza, Kandoshi, Achuar, Urarina y Kukama Kukamiria, ubicadas en las Cuencas de los ríos Corrientes, Marañón, Tigre y Pastaza en las provincias de Datem del Marañón y Loreto en el departamento de Loreto; Que, el artículo 7 de la Resolución Ministerial Nº 068-2022-MIDIS señala que el Grupo de Trabajo tiene vigencia de ciento ochenta (180) días hábiles desde su instalación; es decir, tiene vigencia hasta el 17 de febrero de 2023, de acuerdo a los ciento ochenta (180) días hábiles que marca el calendario desde el 20 de mayo de 2022, fecha de la instalación del Grupo de Trabajo; Que, posteriormente, mediante Resolución Ministerial N° 047-2023-MIDIS se amplía en ciento ochenta (180) días hábiles el plazo de vigencia del “Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de proponer y realizar un diagnóstico territorial participativo y acompañar la implementación de las mejoras establecidas en el informe fi nal del Grupo de Trabajo creado mediante Resolución Ministerial N° 119-2021- MIDIS”, constituido mediante Resolución Ministerial N° 068-2022-MIDIS; Que, durante su vigencia, el Grupo de Trabajo ha aprobado los siguientes documentos en Sesiones Ordinarias: Plan de Trabajo, Reglamento Interno y los aspectos técnicos de los Términos de Referencia (TdR) requeridos para la contratación de un equipo consultor para que realice el Diagnostico Territorial Participativo en el territorio de las Federaciones Indígenas que forman parte de la plataforma PUINAMUDT; sin embargo, debido a la di fi cultad y limitantes en el traslado de los APUS representantes de las Federaciones indígenas así como la complejidad en el proceso de gestión de obtención de fi nanciamiento mediante cooperación internacional ha resultado insu fi ciente el tiempo asignado en la Resolución Ministerial Nº 047-2023-MIDIS para cumplir con los objetivos de su creación mediante la Resolución Ministerial Nº 068-2022-MIDIS; Que, el artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 131-2018- PCM, establece que los grupos de trabajo pueden ser sectoriales o multisectoriales, y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio que la preside; siendo que los grupos de trabajo de naturaleza temporal se extinguen de forma automática cumplidos sus objetivos y su periodo de vigencia, la cual se formaliza mediante comunicación a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en ese sentido, resulta pertinente la ampliación de la vigencia del “Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de proponer y realizar un diagnóstico territorial participativo y acompañar la implementación de las mejoras establecidas en el informe fi nal del Grupo de Trabajo creado mediante Resolución Ministerial N° 119-2021- MIDIS”, hasta el 31 de diciembre del 2024; Grupo de Trabajo conformado mediante Resolución Ministerial N° 068-2022-MIDIS y ampliado según Resolución Ministerial N° 47-2023-MIDIS, toda vez que, permitirá alcanzar los objetivos principales en la realización del diagnóstico territorial participativo y acompañar la implementación de las mejoras en los programas sociales; Con el visado del Viceministerio de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales; de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS; y los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y su modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ampliación de vigencia del Grupo de Trabajo Ampliar el plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre del 2024 del “Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de proponer y realizar un diagnóstico territorial participativo y acompañar la implementación de las mejoras establecidas en el informe fi nal del Grupo de Trabajo creado mediante Resolución Ministerial N° 119-2021-MIDIS” conformado por Resolución Ministerial N° 068-2022-MIDIS y ampliado con la Resolución Ministerial N° 047-2023-MIDIS.