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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (05/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Jueves 5 de octubre de 2023 El Peruano / Designan Asesora II de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 258-2023-MTC/24 Lima, 4 de octubre de 2023CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a II, como empleado/a de con fi anza, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL; Que, de acuerdo al literal u) del artículo 8 del Manual de Operaciones del PRONATEL, aprobado por Resolución Ministerial N° 0311-2020-MTC/01.03, el/la Director/a Ejecutivo/a tiene la función de designar al personal de con fi anza del PRONATEL, así como encargar las direcciones y o fi cinas del PRONATEL, en caso de ausencia de su titular, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Que, en consecuencia, resulta necesario designar a la profesional que desempeñará el referido cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial N° 0311-2020-MTC/01.03, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Ursula Fiorella Reyes Vargas, en el cargo de con fi anza de Asesora II de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL. Regístrese, comuníquese y publíquese.SARITA VILCHEZ CASTELLANOS Directora EjecutivaPRONATEL 2222123-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Aprueban el Procedimiento Especial para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional (BFH) para emergencias en la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva, a la población damnificada con viviendas colapsadas o inhabitables, beneficiaria de atención extraordinaria del BFH, en el marco de la Ley N° 30852, Ley que aprueba la exoneración de requisitos a familias damnificadas con viviendas colapsadas o inhabitables con el Bono Familiar Habitacional y con el Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos constituida por población damnificada con vivienda con daño recuperable, y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 433-2023-VIVIENDA Lima, 4 de octubre de 2023VISTOS: Los Informes N° 305 y 307-2023-VIVIENDA-VMVU- DGPPVU de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo; los Informes N° 1054 y 1060-2023-VIVIENDA-VMVU-DGPPVU-DEPPVU y los Informes Técnico Legales N° 44 y 46-2023-DGPPVU-DEPPVU-CBFH-MSF de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo; el Informe N° 860-2023-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 27829, se crea el Bono Familiar Habitacional (BFH), como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), el mismo que se otorga por una sola vez a los bene fi ciarios, con criterio de utilidad pública, sin cargo de restitución por parte de estos y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y de su esfuerzo constructor; el cual se destina exclusivamente a la adquisición, construcción en sitio propio o mejoramiento de una vivienda de interés social; Que, conforme al inciso 3.2.1 del párrafo 3.2 del artículo 3 de la precitada Ley, son Bene fi ciarios de atención extraordinaria del BFH, entre otros, la población damni fi cada con viviendas colapsadas o inhabitables, por emergencias o desastres; Que, con la Resolución Ministerial N° 054-2002-VIVIENDA, se declara de utilidad pública la creación y desarrollo del Proyecto “Techo Propio”, señalando entre sus objetivos: promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso de los sectores populares a una vivienda digna; y, estimular la efectiva participación del sector privado en la construcción masiva de vivienda de interés social prioritario; Que, la Ley N° 30852, Ley que aprueba la exoneración de requisitos a familias damni fi cadas con viviendas colapsadas o inhabitables con el BFH y con el Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos constituida por población damni fi cada con vivienda con daño recuperable (en adelante, Ley N° 30852), tiene por objeto aprobar medidas especiales para dar atención a población damni fi cada que cuente con una vivienda colapsada o inhabitable a consecuencia de una emergencia o desastre, y que constituyen bene fi ciarios para atención extraordinaria del BFH, conforme a lo dispuesto en el inciso 3.2.1 del párrafo 3.2 del artículo 3 de la Ley N° 27829; Que, mediante el Decreto Supremo N° 013-2019-VIVIENDA se aprueba el Reglamento de la Ley N° 30852, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 005-2023-VIVIENDA, el mismo que en el párrafo 9.1 del artículo 9 establece que el otorgamiento del BFH a los bene fi ciarios para la atención extraordinaria del BFH, se regula a través del procedimiento especial aprobado por resolución ministerial del MVCS, para las modalidades de aplicación de Construcción en Sitio Propio y de Adquisición de Vivienda Nueva; Que, por la Resolución Ministerial N° 207-2021-VIVIENDA, se aprueba el Procedimiento Especial para el otorgamiento del BFH en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio a la población damni fi cada con viviendas colapsadas o inhabitables, bene fi ciaria de atención extraordinaria del BFH, en el marco de la Ley N° 30852; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 313-2020-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva; Que, mediante los documentos de vistos, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (DGPPVU) sustenta y propone: i) la aprobación del Procedimiento Especial para el otorgamiento del BFH en la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva a la población damni fi cada con viviendas colapsadas o inhabitables, bene fi ciaria de atención extraordinaria del BFH, en el marco de la Ley Nº 30852; ii) modi fi car el Procedimiento Especial para el otorgamiento del BFH en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio