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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (05/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Jueves 5 de octubre de 2023 El Peruano / ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Resolución de Consejo Directivo que autoriza la publicación para comentarios del proyecto normativo “Procedimiento para emisión de mandato para definir el cronograma y/o presupuesto definitivo de los trabajos de remoción, traslado y/o reposición de interferencias, vinculadas a la prestación de servicios públicos en el sector energía, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192 y sus modificatorias” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 181-2023-OS/CD Lima, 3 de octubre de 2023VISTOS: El Memorándum N° GSE-385-2023, mediante el cual la Gerencia de Supervisión de Energía y la Gerencia de Regulación de Tarifas, ponen a consideración del Consejo Directivo el proyecto de resolución que dispone publicar el proyecto normativo “Procedimiento para emisión de mandato para de fi nir el cronograma y/o presupuesto defi nitivo de los trabajos de remoción, traslado y/o reposición de interferencias, vinculadas a la prestación de servicios públicos en el sector energía, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192 y sus modi fi catorias”. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el literal c) del artículo 3 de la Ley N° 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos Osinergmin, comprende la facultad exclusiva de dictar, en el ámbito y materia de su respectiva competencia, entre otros, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de carácter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, según lo dispuesto por el literal b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2016-PCM, la función normativa de carácter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de Osinergmin a través de resoluciones; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1192, se aprobó la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, a fi n de optimizar, mejorar y agilizar los procesos y plazos de adquisición y disponibilidad de terrenos, liberación de interferencias e imposición de servidumbres para el desarrollo de proyectos de inversión pública, privada y público privada; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1559, se modi fi caron diversas disposiciones del Decreto Legislativo N° 1192, entre otros el artículo 43, que establece el procedimiento y plazo para la liberación de interferencias, disponiendo que la entidad pública o quien ejecute la obra de infraestructura, podrá iniciar a solicitud de parte ante el Organismo Regulador correspondiente, que regule a la empresa cuya prestación de servicios públicos podría generar interferencias, un procedimiento de mandato para que de fi na el cronograma y presupuesto de fi nitivo, los cuales serán de cumplimiento obligatorio; Que, asimismo, de conformidad con su cuarta disposición complementaria fi nal, los Organismos Reguladores tendrán un plazo máximo de noventa (90) días hábiles contados a partir de la vigencia del Decreto Legislativo N° 1559, para emitir y/o adecuar los dispositivos legales que establezcan la tipi fi cación, graduación de multas, medidas correctivas y/o complementarias, procedimientos y órganos competentes, conforme a sus atribuciones conferidas por ley; Que, por lo expuesto precedentemente, Osinergmin ha elaborado la propuesta de “Procedimiento para emisión de mandato para de fi nir el cronograma y/o presupuesto defi nitivo de los trabajos de remoción, traslado y/o reposición de interferencias, vinculadas a la prestación de servicios públicos en el sector energía, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192 y sus modi fi catorias”; Que, el citado proyecto normativo tiene como objetivo establecer las disposiciones aplicables para el inicio de procedimiento y la emisión del mandato para de fi nir el cronograma y/o presupuesto de fi nitivo de los trabajos de remoción, traslado y/o reposición de interferencias, vinculadas a la prestación de servicios públicos en el sector energía, así como el régimen de fi scalización y sanción, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192 y sus modi fi catorias; Que, en aplicación del principio de transparencia, recogido en el artículo 25 del Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM y en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, y con la fi nalidad de involucrar a todos los actores durante el proceso de formulación de la regulación para maximizar su calidad y efectividad, corresponde publicar el proyecto normativo con el fi n de recibir opiniones, comentarios o sugerencias de los interesados; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 30-2023; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación para comentarios Autorizar la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y disponer que, conjuntamente con el proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprueba el “Procedimiento para emisión de mandato para de fi nir el cronograma y/o presupuesto de fi nitivo de los trabajos de remoción, traslado y/o reposición de interferencias, vinculadas a la prestación de servicios públicos en el sector energía, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192 y sus modi fi catorias”, y su exposición de motivos, sean publicados en el portal institucional de Osinergmin (https://www.gob.pe/institucion/osinergmin/colecciones/5514-proyectos-normativos-para-comentarios). Artículo 2.- Plazo para comentarios Otorgar un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación, para que los interesados remitan sus comentarios, opiniones o sugerencias al proyecto normativo a través de la ventanilla virtual de Osinergmin https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe/, a la dirección electrónica comentarios.normas.5@osinergmin.gob.pe, o mediante las mesas de partes físicas con las que Osinergmin cuenta a nivel nacional; siendo la persona designada para recibirlos el abogado Jim Gastelo Flores. Artículo 3.- Análisis de los comentarios Encargar a la Gerencia de Supervisión de Energía y Gerencia de Regulación de Tarifas la publicación dispuesta en el artículo 1, así como la recepción y análisis de los comentarios, opiniones y sugerencias que se