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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (12/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Jueves 12 de octubre de 2023 El Peruano / ofrezca las disculpas respectivas; en caso se niegue, se le invitará a retirarse de la reunión; de ser reiterativa la falta, se le considerará falta grave. b) Faltas graves. El Equipo Técnico Municipal separará de fi nitivamente del proceso al agente participante que haya incurrido en falta grave y participará del hecho por escrito a la organización que representa. TÍTULO IV CAPÍTULO I FASES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 20°.- FASES DEL PROCESO El proceso del Presupuesto Participativo se realiza tomando en cuenta la realidad territorial y organizada de nuestro distrito, respetando el procedimiento básico para el desarrollo del proceso, en función de nuestras particularidades y experiencias previas en la implementación de los presupuestos participativos. Se consideran fases del proceso, las establecidas en el marco legal del Presupuesto Participativo. Considerando la realidad territorial del distrito podrán adecuarse algunas fases y actividades que permitan un cumplimiento del presente proceso, las que serán reguladas en la presente ordenanza. CAPÍTULO II FASE DE PREPARACIÓN Artículo 21°.- INICIO DEL PROCESO Esta fase es de responsabilidad del Equipo Técnico en coordinación con el Consejo de Coordinación Local Distrital, en lo que corresponda; comprende las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria e identi fi cación a los agentes participantes. Artículo 22°.- DIFUSIÓN Y CONVOCATORIA Comprende las siguientes acciones: a) Comunicación: La Municipalidad, con el propósito de lograr una amplia participación y representatividad de la sociedad civil, difunde por los medios adecuados el inicio del proceso del Presupuesto Participativo y mantiene informada a la población sobre avances y resultados del mismo a través del Portal Institucional de la entidad. b) Sensibilización: La Municipalidad, durante todo el proceso, desarrollará acciones de sensibilización a los actores sociales con el objetivo de promover la participación responsable de la sociedad civil organizada y generar un mayor compromiso social con la sostenibilidad de los proyectos de inversión. c) Convocatoria: La Municipalidad, en coordinación con el Consejo de Coordinación Local, convoca a la población organizada a participar en el proceso del Presupuesto Participativo, haciendo uso de los medios de comunicación adecuados para el distrito y la realización de una convocatoria individual (cartas de invitación a las organizaciones de la sociedad civil) a través de la Subgerencia de Participación Vecinal, Educación, Cultura, Deporte y Juventud. Artículo 23°.- IDENTIFICACIÓN DE LOS AGENTES PARTICIPANTES La Subgerencia de Participación Vecinal, Educación, Cultura, Deporte y Juventud se encargará de inscribir y registrar a los/las agentes participantes de acuerdo al cronograma que se apruebe con acto resolutivo. Artículo 24°.- CAPACITACIÓN Será un proceso orientado a desarrollar capacidades y conocimientos necesarios para una adecuada participación del conjunto de agentes participantes en las distintas fases del proceso del Presupuesto Participativo, a través de la realización de talleres de capacitación. En ese sentido, el Equipo Técnico Municipal establecerá actividades y/o programas de capacitación de acuerdo a las necesidades del proceso.CAPÍTULO III FASE DE CONCERTACIÓN Artículo 25°.- NATURALEZA DE LA CONCERTACIÓN La concertación entre la Municipalidad y la sociedad civil se lleva a cabo a través de la interacción de los actores para la identi fi cación de los principales problemas y evaluar el interés social de las inversiones y/o proyectos de inversión y las actividades presentadas, priorizando aquellos que contribuyan de forma más efectiva a la solución de estos problemas, así como al desarrollo del distrito, especialmente de aquellos sectores más vulnerables y con mayor necesidad de servicios básicos en el marco del PDLC. Se realizará mediante talleres de trabajo y solo asistirán los agentes participantes acreditados en representación de las organizaciones sociales de Villa María del Triunfo y los consejeros representantes de la sociedad civil ante el CCLD. Artículo 26°.- DESARROLLO DE LOS TALLERES DE TRABAJO Se desarrollarán jornadas de información e identi fi cación, para proponer acciones a implementar para la priorización de resultados, proyectos de inversión y compromisos del Estado y la sociedad civil. 26.1 TALLER DE CAPACITACIÓN, DIAGNÓSTICO Y PRESENTACION DE LA CARTERA DE PROYECTOS: La Municipalidad presentará la Cartera de Inversiones y/o Proyectos de Inversión en el Taller de Capacitación, Diagnóstico y presentación de la Cartera de Proyectos, en concordancia y alineado al Objetivo y Acción Estratégica del PDLC-, priorizada y aprobada con acto resolutivo. La información contenida en la programación multianual de inversiones orienta la fase de concertación en el proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad. La responsabilidad por la formulación y evaluación de los proyectos es siempre de la UF correspondiente. Está prohibido el fraccionamiento y la duplicación de un proyecto de inversión, bajo responsabilidad de la UF que formula y registra la intervención en el Banco de Inversiones. • Capacitación y diagnóstico: La fi nalidad es el desarrollo de capacidades de los agentes participantes sobre el proceso del Presupuesto Participativo y sus normas. Asimismo, se presenta el diagnóstico del distrito, el objetivo y acción estratégica del PDLC priorizados para el proceso del presupuesto participativo. • Presentación de la Cartera de Inversiones: El Equipo Técnico Municipal presenta la cartera de inversiones que contiene inversiones y/o proyectos de inversión articulados al objetivo y acción estratégica priorizada. 26.2 EVALUACIÓN TÉCNICA DE INVERSIONES Y/O PROYECTOS DE INVERSIÓN, DECLARACIÓN DE VIABILIDAD El Equipo Técnico Municipal realizará la evaluación y cali fi cación de los proyectos de inversión pública seleccionados por los agentes participantes de la cartera de inversiones y/o proyectos de inversión, de acuerdo a la Matriz de Criterios para la evaluación de los proyectos, que apruebe el equipo técnico El Equipo Técnico Municipal, al determinar los proyectos fi nales, tomará en cuenta: • Que los PI estén orientados al cierre de las principales brechas de infraestructura y de acceso a servicios públicos y a las prioridades de los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional (PEI) vigente. • Que los PI en su alcance contengan acciones cuyos resultados permitan solucionar un problema relevante de la comunidad. • Que los PI respondan al criterio de cobertura (la población objetivo no debe ser menor al 5 % de la población total del distrito o al 15 % de la población total de la zona). Los proyectos de inversión pública que son determinados en el marco del proceso del Presupuesto