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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (12/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Jueves 12 de octubre de 2023 El Peruano / presente Decreto Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de publicada la norma que deroga la Ordenanza Nº 017-2017-CR/GRM - que en su momento aprobó el ROF de la DIRESA Moquegua. Que, como se puede apreciar se ha cometido un error al consignar el Nº de la Ordenanza Nº 017-2017-CR/GRM, cuando en realidad es Nº 07-2017-CR/GRM, por lo que en consecuencia resulta necesario recti fi car el error material, de conformidad a lo normado en el Art. 212 del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por D.S. Nº 04-2019-JUS. Que, de otro lado, por razones de índole de Gestión resulta necesario precisar que el Decreto Regional que aprobó el MOP de la DIRESA Moquegua, puede ser publicado en el Diario O fi cial el Peruano, más los anexos se publicarán en el Portal electrónico de la Entidad Que, mediante Informe Técnico Nº 179-2023-GRM/ GRPPAT/SOMI de la Subgerencia de Organización y Modernización Institucional se concluye que de acuerdo a la normatividad vigente es procedente la propuesta recti fi cación del Decreto Regional que aprueba el Manual de Operaciones (MOP) de la DIRESA Moquegua; Que, mediante Informe Legal Nº 779-2023-GRM/ GGR/ORAJ de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica se concluye que de acuerdo a la normatividad vigente es procedente la propuesta de recti fi cación del Decreto Regional que aprueba el Manual de Operaciones (MOP) de la DIRESA Moquegua; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Ley 27867, la Ordenanza Regional Nº 011-2021-CR/GRM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Moquegua, el TUO de La Ley del Procedimiento Administrativo General, los Lineamientos de Organización del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, normas actualizadas con sus modi fi catorias, en consecuencia; SE RESUELVE:Artículo Primero.- RECTIFICAR el Artículo Cuarto del Decreto Regional Nº 02-2023-GRM en el sentido siguiente: DONDE DICE:Artículo Cuarto.- DISPONER que en el presente Decreto Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de publicada la norma que deroga la Ordenanza Regional Nº 017-2017-CR/GRM. DEBE DECIR:Artículo Cuarto.- DISPONER que en el presente Decreto Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de publicada la norma que deroga la Ordenanza Regional Nº 007-2017-CR/GRM. Artículo Segundo.- Incorporar el Artículo Sexto en el Decreto Regional Nº 02-2023-GRM en el sentido siguiente: Artículo Sexto.- El presente Decreto Regional puede ser publicado en el Diario O fi cial el Peruano, más los anexos se publicarán en el Portal electrónico de la Entidad. Artículo Tercero.- El presente Decreto Regional puede ser publicado en el Diario O fi cial El Peruano y obligatoriamente deberá ser publicado en el Portal Electrónico de la Entidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase.GILIA NINFA GUTIERREZ AYALA Gobernadora Regional 2220806-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican el Decreto de Alcaldía N° 006, para institucionalizar los “Pasacalles de Lima”, que se realizará todos los sábados y domingos, por las distintas calles de Lima Metropolitana DECRETO DE ALCALDÍA N° 018 Lima, 6 de octubre de 2023EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;VISTOS: El Memorando N° D000767-2023-MML-GC- SPCAEMB de la Subgerencia de Patrimonio Cultural, Artes Escénicas, Museos y Bibliotecas; el Memorando N° D000599-2023-MML-GC de la Gerencia de Cultura; el Informe N° D000672-2023-MML-OGAJ de la O fi cina General de Asuntos Jurídicos; el Memorando N° D001956-2023-MML-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante Ley N° 27972), establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 8 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, establece que toda persona tiene derecho a la libertad de creación intelectual, artística, técnica y cientí fi ca, así como a la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto. El Estado propicia el acceso a la cultura y fomenta su desarrollo y difusión; Que, el artículo 6 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la Alcaldía es el órgano ejecutivo del Gobierno Local. El Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa; Que, el artículo 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal.; asimismo, el numeral 6 del artículo 20 de la misma Ley señala que son atribuciones del alcalde: (…) 6. Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; Que, el numeral 19 del artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dentro de sus competencias y funciones, las municipalidades en materia de educación, ciencia, tecnología, innovación tecnológica, cultura, deportes y recreación, entre otras, la siguiente: “Promover actividades culturales diversas”; Que, el subnumeral 3.2 del numeral 3 del artículo 159 de la Ley N° 27972, Le Orgánica de Municipalidades establece que son competencias y funciones de la alcaldía metropolitana, en materia educativa, cultural y recreacional, promover actividades artísticas y culturales; Que, a través del Decreto de Alcaldía N° 006 del 18 de abril de 2023, se institucionalizó el “Pasacalle Dominical”, que se viene realizando los domingos por las distintas calles de Lima Metropolitana, desde el 30 de abril del presente año;