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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (12/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Jueves 12 de octubre de 2023 El Peruano / base a indicadores de impacto, para ver resultados y productos. f. Equidad: Las consideraciones de equidad son un componente constitutivo y orientador de la gestión municipal, sin discriminación, igual acceso a las oportunidades e inclusión de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos. g. Competitividad: La Municipalidad tiene como objetivo la gestión estratégica de la competitividad, en un entorno de innovación, de calidad, de alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado. h. Respeto a los Acuerdos: La participación de la sociedad civil y la municipalidad se fundamenta en el cumplimiento de los compromisos y/o acuerdos concertados. i. Solidaridad: Todo agente participante asume los problemas de otros como propios, sin intereses particulares. j. Sostenibilidad y Multianualidad: La priorización de las inversiones y/o proyectos de inversión deben tener en cuenta la real disponibilidad de los recursos para su fi nanciamiento, incluyendo los gastos que requiera su mantenimiento, para su efectiva sostenibilidad en el tiempo. Artículo 8º.- ENFOQUES O VALORES PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS. a. Enfoque de Derechos Humanos : El objetivo es integrar en las prácticas del desarrollo los principios éticos y legales inherentes a los derechos humanos. El proceso del Presupuesto Participativo se desarrolla en el marco del respeto y protección de las normas y tratados internacionales y nacionales de derechos humanos. En ese sentido, se garantiza el principio de no discriminación en todo el proceso. b. Enfoque de Género: El proceso de Presupuesto Participativo garantiza en todas sus etapas la participación de hombres y mujeres en igualdad de oportunidades. Asimismo, considerando las desigualdades existentes sustentadas en las estadísticas, se promoverá la igualdad entre hombres y mujeres priorizando inversiones y/o proyectos de inversión. c. Enfoque de Interculturalidad: El proceso de Presupuesto Participativo promoverá la participación de la ciudadanía que representa a las diversas culturas que alberga el distrito y que promuevan su desarrollo e inclusión. d. Enfoque Intergeneracional: El proceso de Presupuesto Participativo toma en cuenta las necesidades de la ciudadanía en sus diferentes etapas de vida. e. Enfoque de Desarrollo Humano: El proceso de Presupuesto Participativo asume el lado ético y moral de progreso. Toda idea de desarrollo económico o social debe ser vista desde su dimensión humana, respetando los derechos individuales, asegurando la libertad y la integridad física e impulsando el desarrollo de las capacidades y la utilización de las potencialidades de ser humano. Este enfoque toma a la persona como principio y fi n del proceso de desarrollo y en función a ello orienta su perspectiva. f. Enfoque de Desarrollo Territorial: Sugiere una orientación y dirección para el desarrollo territorial, y plantea respuestas concretas a los siguientes desafíos: mejorar la confi anza entre actores sociales, fortalecer la cohesión social y promover un desarrollo territorial sistémico. El enfoque propone un análisis sistémico tratando los vínculos entre territorios, fl ujos resultantes, dinámicas e impactos derivados de la promoción del desarrollo. g. Enfoque de Gestión por Resultados: Su función es facilitar la dirección efectiva e integrada a través del proceso de creación de valor, con la fi nalidad de optimizarlo asegurando la máxima e fi cacia, e fi ciencia y efectividad de su desempeño, la consecución de objetivos y la mejora continua. Consiste en que todo objetivo de fi nido, debe identi fi car el resultado a alcanzar. Todo debe ser medido y debe generar un cambio positivo en la vida de la gente. h. Enfoque de Gestión del Riesgo de Desastres: Proceso social cuyo fi n es la prevención, reducción y control permanente de los factores de riesgo, así como la adecuada preparación y respuesta ante situaciones de desastres naturales o humanos en el distrito.i. Enfoque de Presupuesto por Resultados (PpR) : Es una estrategia que, a través de sus instrumentos, tales como los Programas Presupuestales, permite identi fi car y asignar recursos para la provisión de bienes y servicios que incidan en resultados en bene fi cio de la población, evaluándose y estableciendo indicadores para su medición. Artículo 9º.- FINANCIAMIENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO El monto que se asigne para el fi nanciamiento de las inversiones y/o proyectos de inversión del Presupuesto Participativo 2024 Basado en Resultados será ejecutado con la transferencia del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN). TÍTULO II INSTANCIAS Y ACTORES DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO CAPÍTULO I INSTANCIAS DEL PROCESO Artículo 10º.- CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL El Consejo de Coordinación Local Distrital coordina, concierta y monitorea el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo 2024 Basado en Resultados, en el marco de las normas señaladas en el artículo 5° del presente Reglamento. El Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) está constituido por 21 miembros: el alcalde, quien lo preside, y 20 consejeros, conformados por los 13 regidores distritales y 7 miembros representantes de la sociedad civil elegidos democráticamente. Artículo 11°.- FUNCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CCLD Los miembros representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local tienen las funciones siguientes: • Participar y promover activamente el proceso. • Responder a las convocatorias que realiza la autoridad competente. • Coordinar la incorporación de las Inversiones y/o Proyectos de Inversión Pública priorizadas en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2024. • Coordinar con el Comité de Vigilancia el cumplimiento de los acuerdos en el proceso del Presupuesto Participativo • El CCLD se rige por su reglamento interno aprobado por sus miembros, quienes no podrán ser, de ninguna manera, Agentes Participantes. CAPÍTULO II ACTORES DEL PROCESO Artículo 12º.- CONCEJO MUNICIPAL El Concejo Municipal está conformado por el alcalde y 13 regidores/as, siendo sus funciones para el proceso de Presupuesto Participativo 2024 Basado en Resultados en el distrito de Villa María del Triunfo las siguientes: • Aprobar normas complementarias que se puedan requerir para el proceso del Presupuesto Participativo. • Fiscalizar el desarrollo de cada una de las fases del proceso del Presupuesto Participativo. • Velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por la Municipalidad. Artículo 13°.- CIUDADANOS La población del distrito de Villa María del Triunfo puede participar en el proceso del Presupuesto Participativo 2024 Basado en Resultados, bajo las siguientes modalidades: a. Como agente participante. b. Como concurrente al Taller de Rendición de Cuentas.