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64 NORMAS LEGALES Sábado 21 de octubre de 2023 El Peruano / saneamiento físico legal de las posesiones informales. Estos cambios normativos han impulsado solicitudes y propuestas de diversos municipios que revelan la necesidad de permitir que los gobiernos locales, a través de las municipalidades provinciales accedan a la Base Gráfi ca Registral, por medio de un convenio de adhesión de colaboración interinstitucional; Que, mediante O fi cio N° 00166-2023-SUNARP/ ZRXIII/JZ del 29 de marzo de 2023, la Jefatura de la Zona Registral N° XIII-Sede Tacna comunica que resulta necesario modi fi car la Resolución N° 063-2020-SUNARP/ SN de fecha 29 de mayo de 2020, por medio de la cual se aprueba el Convenio de Adhesión de Colaboración Interinstitucional para el Acceso de las Entidades del Poder Ejecutivo y los Gobiernos Regionales a la Información Contenida en la Base Grá fi ca Registral, con la fi nalidad de incorporar a los gobiernos locales; cabe señalar que pedidos similares se han recibido por parte de los alcaldes de Tacna, Moquegua y Puno; Que, con el Memorándum Múltiple N° 00026-2023-SUNARP/OAJ del 3 de abril de 2023, la Ofi cina de Asesoría Jurídica solicita a la Dirección Técnica Registral y a la O fi cina de Tecnologías de la Información para que evalúen técnicamente el pedido realizado por la Jefatura de la Zona Registral N° XIII-Sede Tacna; Que, mediante el Memorándum N° 00339-2023-SUNARP/DTR del 12 de abril de 2023, la Dirección Técnica Registral considera viable que se brinde el acceso a la información de la Base Grá fi ca Registral a las municipalidades provinciales (195 provincias a nivel nacional y una provincia constitucional), priorizando aquellas que se encuentren realizando procedimientos de saneamiento y titulación, previa suscripción del convenio de adhesión de colaboración interinstitucional en el que se debe señalar la cantidad de accesos autorizados, niveles de seguridad y mecanismos de supervisión y control establecidos e implementados por la O fi cina de Tecnologías de la Información, con la fi nalidad que todas las entidades realicen el uso e fi ciente de la herramienta informática y sus funcionalidades, ello en tanto se encuentren habilitadas las medidas de seguridad necesarias; Que, la Dirección Técnica Registral, en el citado documento, señala que resulta necesario contar con la opinión de la O fi cina de Tecnologías de la Información respecto de la viabilidad técnica para que se brinde el acceso a la información de la Base Grá fi ca Registral y, de ser el caso, las limitaciones operativas (cantidad de licencias, accesos y medidas de seguridad) que pudieran existir y que afectaría la operatividad del servicio; Que, en atención de lo mencionado por la Dirección Técnica Registral, mediante el Memorándum N° 00208-2023-SUNARP/OAJ del 17 de abril de 2023, se solicitó opinión a la O fi cina de Tecnologías de la Información; Que, la O fi cina de Tecnologías de la información responde con el Memorándum N° 00550-2023-SUNARP/OTI, del 5 de mayo de 2023, con la fi nalidad de evitar una sobrecarga a la Sunarp, y recomienda que los convenios con las entidades incluyan el IP público fi jo; además, señala que es necesario revisar las condiciones de uso de los accesos, en mérito a los bajos índices de utilización que existen sobre los mismos; Que, en atención de las recomendaciones formuladas por la Dirección Técnica Registral y la O fi cina de Tecnologías de la Información, se realizaron modi fi caciones al convenio de adhesión de colaboración institucional aprobado por la Resolución N° 063-2020-SUNARP/SN, con el fi n de que las Municipalidades Provinciales puedan acceder a la Base Grá fi ca Registral; dicho proyecto fue remitido, mediante Memorándum Múltiple N° 00051-2023-SUNARP/OAJ, del 26 de mayo de 2023, a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y a la Dirección Técnica Registral para que emitan su opinión y aportes en el marco de sus competencias; Que, para lograr dichos fi nes, mediante correo electrónico del 29 de mayo de 2023, se convocó a la Dirección Técnica Registral y a la O fi cina de Tecnologías de la Información a una reunión de coordinación para evaluar las modi fi caciones propuestas, para el día 30 de mayo de 2023. Durante el desarrollo de la misma se convino en formular las siguientes acciones: i) Aprobar un modelo de convenio exclusivo para las municipalidades, con el fi n de otorgarles acceso a la BGR. ii) Establecer un periodo de caducidad del convenio de dos (2) años. Para esta acción se tuvo en cuenta los problemas de naturaleza técnica que ocasiona el plazo indeterminado que actualmente tiene el modelo aprobado por Resolución N° 063-2020-SUNARP/SN. iii) Establecer precisiones en el modelo de convenio por las cuales se puedan suprimir las cuentas adicionales que no se utilicen. iv) Dejar que la designación de coordinadores por parte de la municipalidad recaiga sobre los cargos y no sobre las personas. Ello evitará realizar cambios cuando llegue otra gestión. v) Establecer la obligación de que las municipalidades indiquen el IP público fi jo en el convenio. Que, la Dirección Técnica Registral mediante Memorándum N° 00492-2023-SUNARP/DTR del 31 de mayo de 2023, luego de reseñar las propuestas señaladas en la reunión del 30 de mayo de 2023, considera procedente elaborar un modelo de convenio para los citados gobiernos locales. También considera procedente la modi fi cación del convenio de adhesión aprobado por la Resolución N° 063-2020-SUNARP/SN. No obstante, en las reuniones de coordinación se pre fi rió elaborar una resolución particular para que las municipalidades provinciales accedan a la Base Grá fi ca Registral; Que, posteriormente, la Dirección Técnica Registral remite a esta o fi cina el Memorándum N° 00518-2023-SUNARP/DTR del 7 de junio de 2023, en el que considera viable brindar el acceso a la información de la Base Grá fi ca Registral a las Municipalidades Distritales, priorizando aquellas que se encuentren realizando procedimientos de saneamiento y titulación, previa suscripción de un convenio de adhesión de colaboración interinstitucional en el que se debe señalar la cantidad de accesos autorizados, niveles de seguridad y mecanismos de supervisión y control, los cuales deben ser establecidos e implementados por la O fi cina de Tecnologías de la Información, con la fi nalidad que todas las entidades realicen el uso e fi ciente de la herramienta informática y sus funcionalidades; Que, por su parte, la O fi cina de Tecnologías de la Información, mediante el Memorándum N° 746-2023-SUNARP/OTI, del 8 de junio de 2023, comunica a la O fi cina de Asesoría Jurídica que considera técnicamente viable la propuesta realizada sobre la modi fi cación de la Resolución N° 063-2020-SUNARP/ SN, propuesta enviada con el Memorándum Múltiple N° 00051-2023-SUNARP/OAJ, señalando que debería incorporarse una cláusula que disponga como requisito indispensable que las entidades municipales cuenten con una red con IP PÚBLICA FIJA; asimismo, la O fi cina de Tecnologías de la información recomienda considerar el otorgamiento del acceso solo para Municipalidades Provinciales, ya que en su mayoría disponen de una confi guración estable (IP PÚBLICA FIJA) y, de no disponerla, tendría mayores facilidades para cambiar su con fi guración a la requerida por el servicio para posteriormente solicitar el acceso a la BGR, entre otros puntos; Que, mediante el Memorándum Múltiple N° 00065-2023-SUNARP/OAJ del 9 de junio de 2023 se convocó a la Dirección Técnica Registral y a la O fi cina de Tecnologías de la Información a una reunión que se realizó el lunes 12 de junio de 2023; en dicha reunión la Ofi cina de Tecnologías de la Información mencionó que para proteger la capacidad de servicio de la entidad no era recomendable extender el acceso a la Base Grá fi ca Registral a las Municipalidades Distritales, sin descartar que progresivamente dicho servicio pueda extenderse a las mismas; Que, mediante Memorándum N° 893-2023-SUNARP/ OTI del 3 de julio de 2023, la O fi cina de Tecnologías de la Información, respondiendo al Memorándum