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7 NORMAS LEGALES Sábado 28 de octubre de 2023 El Peruano / DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA ÚNICA. Adecuación de procedimientos de clausura en trámite Los procedimientos de clausura temporal o de fi nitiva en trámite al momento de la entrada en vigor de la presente ley deben adecuarse a las disposiciones de esta. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS PRIMERA. Modi fi cación de los artículos 46, 49 y 78 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades Se modi fi can los artículos 46 –tercer párrafo–, 49 – primer párrafo– y 78 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en los siguientes términos: “Artículo 46.- SANCIONES [...]Las sanciones que aplique la autoridad municipal podrán ser las de multa, revocación de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retención de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralización de obras, demolición, internamiento de vehículos, inmovilización de productos y otras. [...] Artículo 49.- CLAUSURA, RETIRO O DEMOLICIÓN La autoridad municipal puede ordenar la clausura temporal o de fi nitiva de edi fi cios, establecimientos o servicios, conforme a ley.[...] Artículo 78.- SUJECIÓN A LAS NORMAS TÉCNICAS Y CLAUSURA[...]Las autoridades municipales otorgan las licencias de construcción, bajo responsabilidad, ajustándose estrictamente a las normas sobre barreras arquitectónicas y de accesibilidad. Asimismo, pueden ordenar la clausura de establecimientos conforme a la presente ley, así como a las demás leyes de la materia que regulan la clausura de establecimientos”. SEGUNDA. Incorporación del numeral 21.4 al artículo 21 del Decreto Legislativo 1256, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas Se incorpora el numeral 21.4 al artículo 21 del Decreto Legislativo 1256, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas, cuyo texto queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 21.- Representación en el procedimiento [...] 21.4. Cualquier persona natural o jurídica puede presentar denuncias en representación de derechos o intereses difusos o colectivos sin necesidad de ser afectada directa o indirectamente por las barreras burocráticas denunciadas, bastando para ello indicarlo en su denuncia. En los procedimientos que se inicien conforme a este numeral en los que la Comisión o la Sala declaren la ilegalidad o carencia de razonabilidad de barreras burocráticas materializadas en disposiciones administrativas, se dispone su inaplicación con efectos generales a partir de publicado el extracto de la resolución a que se re fi ere el párrafo 8.3 del artículo 8 de la Ley”. Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación. En Lima, a los trece días del mes de octubre de dos mil veintitrés. ALEJANDRO SOTO REYES Presidente del Congreso de la RepúblicaARTURO ALEGRÍA GARCÍAPrimer Vicepresidente del Congreso de la República A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICAPOR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2229721-2 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de Ministro de Comercio Exterior y Turismo al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y encargan su Despacho a la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN SUPREMA N° 162-2023-PCM Lima, 27 de octubre de 2023CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo- MINCETUR es la Entidad competente para de fi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; en tal razón, representa al Perú en los foros y organismos internacionales de comercio y esquemas de integración y tiene la responsabilidad en materia de promoción de las exportaciones y de negociaciones comerciales internacionales; asimismo, promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible; Que, en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, los días 1 y 2 de noviembre de 2023, se llevará a cabo el “Roadshow de Inversiones Londres”, organizado por la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo-PROMPERÚ, organismo técnico especializado adscrito al MINCETUR; evento que tiene por objeto presentar al Perú como una atractiva alternativa de inversión a nivel global, a través de conferencias, reuniones y actividades con los más importantes empresarios y potenciales inversionistas, a fi n de fortalecer la presencia e imagen del país como mercado de negocios, comercio e inversiones a nivel internacional y generar sinergias de trabajo con la comunidad empresarial del citado país; Que, en el marco del “Roadshow de Inversiones Londres” se llevará a cabo una Conferencia para brindar información relevante sobre el clima de negocios, exportaciones, turismo e inversiones, en la que el Ministro de Comercio Exterior y Turismo ofrecerá la ponencia “Perú y el Reino Unido: una asociación comercial estratégica” presentando al Perú como un destino atractivo y seguro para la inversión extranjera hacia los sectores económicos vinculados a la oferta exportable y el comercio. Además, efectuará entrevistas con medios de comunicación especializados y participará en la inauguración de la exhibición de