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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (30/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Lunes 30 de octubre de 2023 El Peruano / Que, lo expuesto determina la revocación de los poderes otorgados a Vanessa Pajuelo Mamani, identi fi cada con DNI N° 43480521 y Gisela Rosa Neyra Quispe, identi fi cada con DNI N° 72679728, como interventoras, principal y alterno, respectivamente; Que, en virtud de lo establecido por el artículo 30 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas aprobado por D.S. N° 074-90-TR, en concordancia con el artículo 5 del Reglamento General de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, aprobado por la Resolución SBS N° 480-2019 y sus modi fi catorias, el Consejo de Administración es el órgano responsable del funcionamiento administrativo de la cooperativa; Que, en consecuencia, el Consejo de Administración designado al momento de la intervención asume la administración de la Coopac La Solución. Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4-B, de la 24a DFC de la Ley General, el levantamiento del régimen de intervención es inscribible en los Registros Públicos por el solo mérito de la resolución emitida por la Superintendencia; De acuerdo con lo informado por la Superintendencia Adjunta de Cooperativas, contando con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Cooperativas y de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley General y la Ley N° 30822 (Ley COOPAC); RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el régimen de intervención al que se sometió a la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO LA SOLUCIÓN DE AREQUIPA LTDA. por haberse acreditado el levantamiento de la causal de pérdida total del capital social y la reserva cooperativa, prevista en el numeral 2 del artículo 2 del Reglamento de Regímenes Especiales. Artículo Segundo.- Revocar en todos sus extremos la Resolución SBS N° 02997-2023, que-entre otros aspectos-comprende los poderes otorgados a Vanessa Pajuelo Mamani, identi fi cada con DNI N° 43480521 y Gisela Rosa Neyra Quispe, identi fi cada con DNI N° 72679728, interventoras a cargo del proceso de intervención de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO LA SOLUCIÓN DE AREQUIPA LTDA.; y, en consecuencia, el Consejo de Administración, compuesto por Norma Florentina Mendoza Quispe, identi fi cada con DNI N° 29438828; Andres Avelino Patiño Ortiz, identi fi cado con DNI N° 29498630 y Celsa Zulema del Carpio Cazani, identi fi cada con DNI N° 29720205; designado al momento de la intervención asume, en concordancia con lo establecido por la normativa aplicable, la administración de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO LA SOLUCIÓN DE AREQUIPA LTDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y transcríbase a los Registros Públicos para su correspondiente inscripción. MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AFP 2229378-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Aprueban el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de La Molina RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL N° 413-2023/MDLM-GM La Molina, 27 de octubre de 2023EL GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO; El Informe Nº 209-2023-MDLM-GPPDI- SPIME de fecha 28 de setiembre de 2023 y el Informe Nº 242-2023-MDLM-GPPDI-SPIME de fecha 19 de octubre de 2023 de la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización del Estado, el Informe Nº 159-2023-MDLM-GPPDI de fecha 28 de setiembre de 2023 y el Informe Nº 171-2023-MDLM-GPPDI de fecha 19 de octubre de 2023 de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, el Informe Nº 216-2023-MDLM-GAJ de fecha 26 de octubre de 2023 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, referido a la aprobación del proyecto de actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE, y; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194°, modi fi cado por la Ley N° 30305 - Ley de Reforma Constitucional, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; y que, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 43.4, del artículo 43º, del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que; para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de la Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 228-2015, de fecha 30 de Junio del 2015, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de La Molina, modi fi cado mediante Resolución de Alcaldía Nº 278-2016 de fecha 01 de Septiembre del 2016, Resolución de Alcaldía N° 366-2016 de fecha 24 de Noviembre del 2016 y Resolución de Alcaldía N° 014-2018 de fecha 15 de Enero del 2018, Resolución de Gerencia Municipal N° 80-2020-MDLM-GM, de fecha 15 de Marzo del 2020 y Resolución de Gerencia Municipal Nº 98-2020-MDLM-GM, de fecha 09 de Junio del 2020; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 40° literal l), del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Molina cuya versión actualizada de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobada mediante Ordenanza Municipal N° 411/MDLM, es función de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, monitorear, supervisar y gestionar la aprobación y rati fi cación de la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, y del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE); Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 43° literal c), del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Molina, es función de la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización del Estado, Gestionar, programas, formular, consolidar, actualizar, registrar y evaluar los instrumentos de gestión tales como el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), entre otros; Que, mediante Memorándum Múltiple Nº 024-2023-MDLM-GPPDI de fecha 09 de junio de 2023 de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, se solicitó a las diferentes Unidades de Organización de la Entidad, la revisión del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) y efectuar los ajustes que tuvieran a considerar; Que, mediante Memorando N° 497-2023-MDLM- GAF-SCC de fecha 23 de mayo de 2023, Memorando N°