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87 NORMAS LEGALES Martes 31 de octubre de 2023 El Peruano / GERENCIA DE SALUD NºDENOMINACIÓN DEL SERVICIOREQUISITOS COSTO (S/.) 1Uso de O fi cina/ espacio para realizar actividades profesionales médicas1. Pago por servicio. 2. Solicitud detallando actividades profesionales médicas a realizar. 3. Copia de Documentos que acrediten acreditación para realizar la actividad profesional médica (conforme lo dispone los lineamientos normativos del MINSA). 4. Declaración Jurada de no cometer acto ilícito o ajeno a lo solicitado. 5. Suscribir Formato de Reglas de Convivencia. 6. Otros que el Centro Médico de Salud, disponga en su normativa para la ejecución de actividades profesionales médicas.S/. 50.00 soles por metro cuadrado por mes (Espacios de hasta 10m2). S/. 40.00 soles por metro cuadrado por mes (Espacios de hasta 20m2). S/. 30.00 soles por metro cuadrado por mes (Espacios de hasta 30m2). S/. 20.00 soles por metro cuadrado por mes (Espacios superiores a 31m2). 2227682-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Prorrogan beneficios de regularización de deudas tributarias y no tributarias, establecidos por la Ordenanza N° 342/MDSA DECRETO DE ALCALDÍA N° 00006-2023/MDSA Santa Anita, 26 de octubre de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA VISTOS: El Informe N° 186-2023-SGRCRT-GSATDE/ MDSA de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, el Informe N° 042-2023-GSATDE/MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico, el Informe N° 479-2023-MDSA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, Memorándum Nº723-2023-MDSA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y de conformidad con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza N° 342/MDSA se establece bene fi cios de regularización de deudas tributaria y no tributarias que se encuentren vencidas o por vencer en la vía ordinaria o en ejecución de cobranza coactiva, a fi n de incentivar el pago voluntario de las obligaciones tributarias del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Cuotas de Fraccionamiento, Multas Tributarias y Sanciones Administrativas al 31 de octubre del 2023; asimismo se faculta al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación del mencionado dispositivo legal; Que, mediante Informe N° 042-2023-GSATDE/ MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico y el Informe N° 186-2023-SGRCRT-GSATDE/MDSA de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, sustentan la necesidad de prorrogar la vigencia de los bene fi cios para la regularización de deudas tributarias y no tributarias a los vecinos del distrito de Santa Anita hasta el 30 de noviembre del 2023; Que, mediante Informe N° 479-2023-OGAJ/MDSA la Ofi cina General de Asesoría Jurídica opina de manera favorable por la prórroga de la Ordenanza N° 342/MDSA, que establece bene fi cios de regularización de deudas tributarias y no tributarias, opinión que es compartida por la Gerencia Municipal a través del Memorándum N° 723-2023-GM/MDSA; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad a lo establecido en el artículo 20° el numeral 6 y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; y contando con las visaciones de la Gerencia Municipal, Secretaría General, O fi cina General de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración Tributaria y Desarrollo Económico y Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria; SE DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de noviembre del 2023, la Ordenanza N° 342/MDSA que establece bene fi cios de regularización de deudas tributarias y no tributarias. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico, O fi cina General de Administración y Finanzas, Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación y demás áreas competentes para el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación en el Portal de Transparencia Institucional www.munisantanita.gob.pe. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.OLIMPIO ALEGRIA CALDERON Alcalde 2229379-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR Modifican la Ordenanza N° 288-A-2019- MDSMM que regula el procedimiento para el arrendamiento por subasta pública, sobre locales municipales y/o espacios públicos, destinados para fines comerciales ORDENANZA Nº 016-2023-MDSMM Santa María del Mar, 19 de octubre de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL MAR. POR CUANTO:El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria Nº 019- 2023 de fecha 19 de octubre de 2023; VISTO:El Acuerdo de Concejo Nº 035-2023-MDSMM que aprobó la incorporación de una Disposición Complementaria a la Ordenanza Nº 288-A-2019, Ordenanza que regula el procedimiento para el arrendamiento por Subasta Pública, sobre Locales Municipales y/o Espacios públicos, destinados para fi nes