TEXTO PAGINA: 86
86 NORMAS LEGALES Martes 31 de octubre de 2023 El Peruano / Que, mediante los documentos vistos, la Unidad de Recursos Humanos señala que, urge la necesidad de la designación bajo la condición de encargatura del personal CAS, para el cargo de Ejecutor Coactivo en tanto dure la ausencia del titular; Que, mediante el artículo 33-A del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, establece que la acreditación del Ejecutor Coactivo deberá ser suscrita por el titular de la Entidad; Que, el inciso 17.1 del artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del artículo 20° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo 1°.- ENCARGAR, con e fi cacia anticipada a partir del 13 de octubre de 2023, al Abogado ALEX ALPINO JARA TRUJILLO, perteneciente a la O fi cina de Ejecución Coactiva de la Municipalidad Distrital de San Miguel bajo el Régimen de Contratación Administrativa de Servicio-CAS regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, las funciones de EJECUTOR COACTIVO, durante la ausencia del titular. Artículo 2°.- ENCARGAR a la O fi cina de Ejecución Coactiva, a la O fi cina de Administración y Finanzas, a la Unidad de Recursos Humanos y demás unidades orgánicas que resulten competentes, el fi el cumplimiento de la presente resolución Artículo 3°.- ENCARGAR, a la Secretaria General su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su publicación en el portal institucional (www.munisanmiguel.gob.pe) Regístrese, comuníquese y cúmplase.EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 2227999-1 Aprueban Tarifario, requisitos y costos del Servicio No Exclusivo de la Gerencia de Salud de la Municipalidad de San Miguel RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 645-2023/MDSM San Miguel, 18 de octubre de 2023EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;VISTOS, el Memorando N° 1333-2023-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el Informe N° 354-2023-OAJ/MDSM emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 763 -2023-OPP/MDSM emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, los Memorandos N° 446-2023-GS/MDSM y N° 479-2023-GS/MDSM emitidos por la Gerencia de Salud, el Informe N° 1268-2023-ULCP-OAF/MDSM emitido por la Unidad de Logística y Control Patrimonial, y; CONSIDERANDO: Que, artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el artículo II del título preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, artículo 195° de la Constitución Política del Perú, establece, entre otros, que las Municipalidades son componentes para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de adecuación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de recursos naturales, transporte colectivo, cultura, recreación, deporte y otros conforme a ley; Que, en el numeral 43.4 del artículo 43° del Texto Único Ordenado de Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de una Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y los costos correspondientes de los mismos, los cuales deberán ser difundidos para que sean de público conocimiento; Que, el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) es un documento de gestión, el cual brinda la posibilidad a la entidad de otorgar a los administrados servicios que pueden ser entregados por otras instituciones públicas siempre que no pertenezcan a sus funciones exclusivas o privadas, para satisfacer una demanda; Que, mediante la Resolución de Alcaldía N° 241-2023/ MDSM, de fecha 31 de marzo de 2023, se aprobó la modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de San Miguel; Que, mediante la Resolución de Alcaldía N° 295- 2023/MDSM, de fecha 27 de abril de 2023, se aprobó el Tarifario, requisitos y costos del Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de San Miguel; Que, mediante Ordenanza N° 476/MDSM, de fecha 02 de marzo de 2023, se aprobó la modi fi cación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Miguel; Que, mediante el Memorando N° 446-2023-GS/ MDSM, de fecha 22 de agosto de 2023, la Gerencia de Salud identi fi ca e informa los servicios no exclusivos que presta, sus requisitos y tarifas relacionado a la atención primaria de salud; Que, a través del Memorando N° 763-2023-OPP/ MDSM, de fecha 04 de octubre de 2023, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable a la aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Miguel, informe que contó con la opinión favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas al Alcalde por el artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipales; SE RESUELVE:Artículo 1°.- APROBAR el Tarifario, requisitos y costos del Servicio No Exclusivo de la Gerencia de Salud de la Municipalidad Distrital de San Miguel, conforme al anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su publicación en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadadno.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Artículo 3°.- ENCARGAR a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y a la Gerencia de Salud, el cabal cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 4°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase.EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde