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85 NORMAS LEGALES Martes 31 de octubre de 2023 El Peruano / de su competencia, desarrollado por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía; asimismo, el artículo 42° de la ley citada, dispone que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo municipal; Que, mediante Ordenanza N° 345-MDSL/C, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 25 de enero de 2023, se aprobó el Bene fi cio Tributario en favor de los contribuyentes del distrito de San Luis, disponiéndose en la Tercera de las Disposiciones Complementarias y Finales, facultar al alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda dictar las disposiciones necesarias para su correcta aplicación y aprobar la prórroga de su vigencia, de ser el caso; Que, mediante Informe N° 0158-2023-MDSL/GSAT de fecha 20 de octubre de 2023 la Gerencia de Servicio de Administración Tributaria sustenta la necesidad de prorrogar hasta el 30 de noviembre de 2023, la fecha de vencimiento del Bene fi cio Tributario otorgado a través de la Ordenanza N° 345-MDSL/C, señalando que de acuerdo al Informe N° 873-2023-MDSL-GSAT/SGRCD, emitido por la Subgerencia de Registro y Control de Deuda de fecha 20 de octubre de 2023, se informa que la Subgerencia de Registro y Control de Deuda se encarga del desarrollo de estrategias para la inducción al pago de las obligaciones tributarias y para la gestión de cobranza preventiva, razón por la cual han veri fi cado que los contribuyentes desean ponerse al día de sus deudas tributarias de años anteriores las mismas que corresponden al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, por ello solicitan que el bene fi cio tributario sea prorrogado hasta el 30 de noviembre de 2023, con la fi nalidad de facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias a los vecinos de la jurisdicción; Que, mediante Memorándum N° 1770-2023-GM- MDSL de fecha 27 de octubre de 2023 la Gerencia Municipal remite los informes precedentes y el Informe Legal N° 407-2023-MDSL-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica que concluye que resulta viable la emisión del Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 345-MDSL/C Ordenanza que Establece Bene fi cio Tributario a favor de los contribuyentes del Distrito de San Luis, hasta el día 30 de noviembre de 2023; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 048-2023-MDSL/C de fecha 12 de octubre de 2023, se autorizó el viaje al exterior del país del Alcalde, señor Ricardo Robert Pérez Castro, del 28 de octubre al 05 de noviembre de 2023; Que, conforme al artículo 24 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en caso de ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 345-MDSL/C hasta el 30 de noviembre de 2023, la misma que establece el Bene fi cio Tributario en el Distrito de San Luis. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Subgerencias dependientes de dicho órgano; a la Subgerencia de Tecnología de la Información; y, a la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, el cumplimiento de la presente norma, debiendo las demás dependencias orgánicas de la Municipalidad, prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento.Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ANTONIO VALENZUELA REYES Teniente AlcaldeEncargado de la Alcaldía 2230056-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Encargan funciones de Ejecutor Coactivo de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 644-2023/MDSM San Miguel, 18 de octubre de 2023EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;VISTOS, el Informe N° 1188-2023-URH-OAF/ MDSM, emitido por la Unidad de Recursos Humanos, el Memorándum N° 2065-2023-OEC/MDSM emitido por la O fi cina de Ejecución Coactiva, la Resolución de la Unidad de Recursos Humanos N° 040-2023-URH-OAF/MDSM emitido por la Unidad de Recursos Humanos, el Informe N° 331-2023-OAJ/MDSM emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú concordado con artículo II del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los incisos 7.1 y 7.2 del artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, establece que la designación del Ejecutor, así como el Auxiliar Coactivo, se efectuara mediante concurso público de méritos y que en ambos casos ingresan como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercen su cargo a tiempo completo; Que, por ello, con la Resolución de Alcaldía N° 356- 2020/MDSM de fecha 31 de julio de 2020, se designó, a partir del 01 de agosto de 2020, al abogado JOEL ITURRIZAGA QUEZADA, en el cargo de EJECUTOR COACTIVO; Que, mediante la Resolución de la Unidad de Recursos Humanos N° 040-2023-URH-OAF/MDSM, de fecha 11 de octubre de 2023, en el segundo artículo, se declaró la responsabilidad administrativa del servidor Joel Iturrizaga Quezada por la comisión de la falta disciplinaria tipifi cada en el literal d) del artículo 85 de la Ley N° 30057, concordado con la función prevista en el articulo 3° del T.U.O. de la Ley N° 26976. Asimismo, en el artículo tercero, se impone la sanción de suspensión sin goce de haberes al servidor por el periodo de veinte (20) días; Que, con el Memorándum N° 2065-2023-OEC/ MDSM, de fecha 12 de octubre de 2023, la O fi cina de Ejecución Coactiva solicita la encargatura de funciones para lo cual se propone al servidor CAS Abogado Alex Alpino Jara Trujillo, identi fi cado con DNI N° 10741778 y con colegiatura N° 53475, a fi n que asuma las funciones relativas al cargo de Ejecutor Coactivo; Que, encontrándose vacante el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de San Miguel, es necesario encargar las funciones que ejerzan dicho cargo, a fi n de continuar con el normal desenvolvimiento del servicio municipal;