NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (01/09/2023)
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30 NORMAS LEGALES Viernes 1 de setiembre de 2023 El Peruano / Artículo 2°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.MAURO ORLANDO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ Presidente Ejecutivo 2210451-1 Designan directora de la Dirección de Políticas y Normas de la SUNASS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 00053-2023-SUNASS-PE Lima, 29 de agosto de 2023VISTOS: El Memorándum Nº 00271-2023-SUNASS-GG de la Gerencia General y el Informe Nº 00123-2023-SUNASS-OAF-URH de la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 277-2020- PCM se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento-SUNASS. Que, a través de la Resolución de Recursos Humanos Nº 007-2023-SUNASS-OAF-URH se actualizó el CAP Provisional de la SUNASS. Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 00049-2023-SUNASS-PE se aceptó la renuncia del director de la Dirección de Políticas y Normas, siendo su último día de labores el 31 de agosto de 2023. Que, en ese sentido es necesario cubrir el cargo con registro Nº 146 del CAP Provisional que corresponde a un/a director/a de la Dirección de Políticas y Normas, el cual es un cargo de con fi anza, por tanto, no se requiere llevar a cabo un concurso público. Que, la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración y Finanzas, a través del Informe Nº 00123-2023-SUNASS-OAF-URH, señala que la señora Nadia Evelyn Villegas Gálvez cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley Nº 31419 y el perfi l exigido en el Manual de Clasi fi cador de Cargos para desempeñar el cargo de directora de la Dirección de Políticas y Normas. Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios públicos en cargos de con fi anza, distintos a los comprendidos en su artículo 1, se efectúa mediante resolución del respectivo titular de la entidad. En uso de la facultad conferida en la Ley Nº 27594, el literal g) del artículo 56 del Reglamento General de la SUNASS, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM y el literal h) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNASS, aprobado por Decreto Supremo Nº 145-2019-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1°.- DESIGNAR a partir del 1 de setiembre de 2023, a la señora NADIA EVELYN VILLEGAS GÁLVEZ como directora de la Dirección de Políticas y Normas que corresponde al cargo con registro Nº 146 del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la SUNASS. Artículo 2°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.MAURO ORLANDO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ Presidente Ejecutivo 2210464-1ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Autorizan la transferencia financiera favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao con las cuales se celebraron convenios de cooperación interinstitucional para la fiscalización del servicio público de transporte terrestre de personas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 189-2023-ATU/PE Lima, 31 de agosto de 2023VISTOS: El Informe N° D-001711-2023-ATU/DFS-SF de la Subdirección de Fiscalización; el Memorando N° D-001888-2023-ATU/DFS de la Dirección de Fiscalización y Sanción; el Informe N° D-000876-2023-ATU/GG-OA-UT de la Unidad de Tesorería; el Memorando N° D-000956-2023-ATU/GG-OA de la O fi cina de Administración; el Informe N° D-000155-2023-ATU/GG-OPP-UP de la Unidad de Presupuesto; el Memorando N° D-000493-2023-ATU/GG-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y, el Informe N° D-000369-2023-ATU/GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía funcional, económica y fi nanciera; Que, el literal s) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, señala que es una transferencia fi nanciera autorizada entre entidades públicas para el presente año fi scal, las que realice la ATU a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao, a fi n de dar cumplimiento a los compromisos pactados en los convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas; Que, conforme se establece en el numeral 16.2 del artículo 16 de la referida ley, las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que hagas sus veces en la entidad; asimismo, la resolución del titular del pliego se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, adicionalmente, el numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, puntualiza que, para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, cuando la ejecución corresponda a gastos corrientes, se registran en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes y, cuando la ejecución corresponda a gastos de capital, se registran en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital; Que, mediante Memorando N° D-001888-2023-ATU/ DFS, la Dirección de Fiscalización y Sanción remite a la Ofi cina de Administración - OA el Informe N° D-001711-