NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (10/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 62
TEXTO PAGINA: 58
58 NORMAS LEGALES Domingo 10 de setiembre de 2023 El Peruano / TÍTULO VIII (…) CAPÍTULO II DISPOSICIONES FINALES (…) Tercera.- Modifíquese el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente incorporando los requisitos y derechos administrativos correspondientes a los trámites señalados en los Artículos 20°, 21°, 24°, 25°, 26°, 27° y 28° del presente reglamento. Cuarta.- Incorpórese al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 369-MDSJL, las infracciones, sanciones y medidas complementarias aprobadas en el Artículo 60° del presente reglamento. Quinta.- Apruébese los siguientes formatos que como anexos forman parte de la presente norma: ANEXO A: Acta de Habilitación Vehicular (…) ANEXO C: Papeleta de Infracción. ANEXO D-1 : Resolución Subgerencial de Sanción Administrativa sin descargo. ANEXO D-2 : Resolución Subgerencial de Sanción Administrativa con descargo. ANEXO E -1: Características mínimas según Modelo 1 de vehículo menor. ANEXO E-2 : Características mínimas según Modelo 2 de vehículo menor.” (…) Artículo 4.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional en coordinación con la Subgerencia de Tecnologías de la Información, la publicación conjuntamente con los anexos que forman parte integrante de la norma, en el portal institucional (www. munisjl.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. JESÚS MALDONADO AMAO Alcalde 2213592-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Declaran vacancia en el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Santa Anita ACUERDO DE CONCEJO N° 00020-2023/MDSA Santa Anita, 3 de agosto de 2023EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA VISTO: en la VII Sesión Extraordinaria de la fecha,CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305 – Ley de Reforma Constitucional, concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Municipalidades son órganos de gobierno local, los cuales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el inciso 1) del artículo 22° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, modi fi cada por la Ley N° 28961, establece que el cargo de Alcalde o Regidor se declara vacante por el concejo municipal, entre otros casos por muerte; con lo cual se encuentra acorde con el primer párrafo del artículo 23° de la citada norma en la cual se señala que: La vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros; Que, el artículo 24° de la Ley Orgánica de Municipalidades establece En caso de vacancia del regidor, lo reemplaza: 1. Al Teniente Alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Que, con memorándum N° 138-2023-OGS/MDSA la Ofi cina General de Secretaria, solicita a la O fi cina General de Asesoría Jurídica se emita opinión legal, habiéndose dado cuenta en la XIII Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12.07.2023 de la Certi fi cación de la Defunción del Ex Regidor JOHN JAVIER VALVERDE RAMIREZ la misma que RENIEC ha registrado con Acta de Defunción expedida con fecha 04.07.2023; Que, con Informe N° 293-2023-MDSA/OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del análisis efectuado, señala que habiéndose registrado con fecha 04.07.2023 el Acta de Defunción del Regidor JOHN JAVIER VALVERDE RAMIREZ acaecido el 18.04.2023, emite opinión legal favorable, en el sentido que corresponde al Concejo Municipal deliberar la vacancia de o fi cio por causal de muerte conforme al numeral 1) del articulo 22° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972; Que, habiéndose acreditado la causal de vacancia contemplada en el inciso 1) del artículo 22° de la Ley Orgánica de Municipalidades, mediante copia del Acta de Defunción corresponde que el Concejo Municipal de Santa Anita declare la vacancia del cargo de Regidor en sesión extraordinaria de Concejo; Que, asimismo, es necesario poner en conocimiento del presente Acuerdo de Concejo al Jurado Nacional de Elecciones para que conforme a sus atribuciones convoque al Regidor suplente de la misma lista, para que complete el número legal de miembros del Concejo Municipal para el periodo de Gobierno Municipal 2023-2026; De conformidad a lo previsto por el numeral 10 del articulo 9° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Pleno del Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, adopto por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- DECLARAR la vacancia en el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Santa Anita, Provincia y Departamento de Lima, del Señor Regidor JOHN JAVIER VALVERDE RAMIREZ por la causal establecida en el numeral 1) de articulo 22° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaria efectuar la Publicación del presente acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano e informar al Jurado Nacional de Elecciones en los plazos previstos por ley, para que de acuerdo a sus atribuciones convoque al Regidor Suplente, para completar el periodo de gobierno municipal 2023 – 2026 y otorgue La respectiva credencial. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.OLIMPIO ALEGRIA CALDERON Alcalde 2212479-1