NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (10/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 62
TEXTO PAGINA: 55
55 NORMAS LEGALES Domingo 10 de setiembre de 2023 El Peruano / 10.0104, 10.0105, 10.0106, 10.0107, 10.0108, 10.0109, 10.0110, 10.0111, 10.0112, 10.0113, 10.0114, 10.0118, 10.0201, 10.0202 y 10.0205 del ARTÍCULO 60; la Tercera, Cuarta y Quinta Disposición Final del Capítulo II del Título VIII; y, los Anexos A, C, D y E del Reglamento que Regula el Servicio de Transporte Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados en el distrito de San Juan de Lurigancho, aprobado mediante Ordenanza N° 261-MDSJL, de conformidad con los siguientes textos: “Artículo 6°.- DEFINICIONES (…) 5) CONDUCTOR AUTORIZADO.- Persona natural, titular de una licencia de conducir, debidamente autorizado por el área competente de la Municipalidad y que forma parte integrante del padrón de conductores de un transportador autorizado. 6) HABILITACIÓN VEHICULAR.- Es la veri fi cación tanto interna como externa de las condiciones operacionales del vehículo menor motorizado a habilitar, para la prestación del servicio de transporte especial de pasajeros y carga, la cual será realizada por personal de la Municipalidad distrital de San Juan de Lurigancho y cuya vigencia será de doce meses. (…) 9) DISTINTIVO VEHICULAR.- Distintivo plasti fi cado, codifi cado e impreso con la descripción de “VEHICULO AUTORIZADO”, otorgado por la municipalidad y que será colocado en un lugar visible del parabrisas del vehículo; siempre y cuando el vehículo haya cumplido con aprobar la habilitación vehicular. (…) Artículo 7°.- COMPETENCIAS DE LA MUNICIPALIDAD Compete a la Municipalidad de San Juan de Lurigancho a través de la Subgerencia de Transporte, Tránsito y Vialidad: 1) Otorgar el Permiso de Operación y distintivo vehicular al transportador autorizado a la prestación del Servicio de Transporte Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados en el distrito de San Juan de Lurigancho. 2) Modi fi car y/o cancelar el Permiso de Operación de los Transportadores autorizados, según corresponda, mediante acto administrativo debidamente fundamentado. (…) Artículo 8°.- ORGANOS RESOLUTIVOS Los órganos competentes para expedir los permisos de operación del transportador, así como las resoluciones subgerenciales y gerenciales, según corresponda, en los procedimientos a que se re fi ere el presente reglamento y resolver los recursos administrativos que se formulen son: 1. Procedimiento administrativo: Las solicitudes de autorización, en todos los casos, serán tramitadas y expedidas por la Subgerencia de Transporte, Tránsito y Vialidad, una vez que se presenten todos los requisitos señalados para cada procedimiento administrativo. De encontrarse alguna observación o de fi ciencia en la documentación presentada y esta no hubiere sido subsanada en los plazos de ley, la Subgerencia de Transporte, Tránsito y Vialidad emitirá el acto administrativo de improcedencia y/o abandono correspondiente. (…) Artículo 11°.- DOCUMENTO DE AUTORIZACIÓN El documento que autoriza a dar el Servicio de Transporte Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados en el distrito de San Juan de Lurigancho es el permiso de operación, tanto para el