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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (10/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 62

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Domingo 10 de setiembre de 2023 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ISLAY Ordenanza que aprueba la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Islay ORDENANZA MUNICIPAL N° 532-2023-MPI Mollendo, 14 de agosto del 2023POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE ISLAYVISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Provincial de Islay, de fecha 14 agosto del 2023; el Informe N° 166-2023-MPI/A-GM-OPP de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe Legal N° 334-2023-MPI/A-GM- OAJ de fecha 8 de agosto del 2023, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, sobre el proyecto de ordenanza municipal que aprueba la nueva estructura orgánica y el reglamento de organización y funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Islay; CONSIDERANDO: Que, los artículos 192º y 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades modi fi cada por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, establece que los Gobiernos Locales, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisándose que le compete a las municipalidades la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, y en tal sentido gozan de facultades normativas y reglamentarias, ejerciendo la jurisdicción en el ámbito de su circunspección territorial. Que, el artículo 26º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de la legalidad, economía, transparencia, simplicidad, e fi cacia, e fi ciencia, participación y seguridad ciudadana y por los contenidos en la Ley Nº 27444. Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa, tal y como se prescribe en el numeral 3) y 8) del artículo 9º de la misma Ley. Que, el Congreso de la República, ha expedido la Ley Nº 31433, Ley que modi fi ca la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a las atribuciones y responsabilidades de Concejos Municipales y Consejos Regionales, para fortalecer el ejercicio de su función de fi scalización; especí fi camente, ha modi fi cado los artículos 9, 10, 13, 20, 29 y 41 de la Ley Nº 27972, LOM, la misma que ha sido publicado en el diario o fi cial el Peruano de fecha 06 de marzo del 2022. Que, el numeral 1.1 del artículo 1º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400ATENCIÓN COMERCIAL 996 410 162 915 248 092 ventapublicidad@editoraperu.com.pePublicidad web para negocios, empresas y emprendedores www.elperuano.pe