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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (21/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Jueves 21 de setiembre de 2023 El Peruano / plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2217303-1 Designan Fiscal en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Canchis RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2372-2023-MP-FN Lima, 20 de setiembre de 2023VISTOS Y CONSIDERANDO:Los o fi cios Nºs. 1872, 1999 y 2220-2023-MP-FN- PJFSCUSCO, cursados por la abogada Griselda Venero de Monteagudo, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, mediante los cuales eleva la carta de renuncia, así como la conformidad de la misma, del abogado Marco Antonio Lavilla Quispe, al cargo de Fiscal Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal del Cusco, y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Espinar, por motivos de salud, requiriendo el retorno a su cargo de carrera de acuerdo a su título de nombramiento, expedido por el entonces Consejo Nacional de la Magistratura, la misma que ha sido presentada ante la mesa única de partes del mencionado Distrito Fiscal. Asimismo, se informa que la plaza a la cual retornaría se encuentra vacante, con código AIRHSP Nº 000690 y con disponibilidad presupuestal para ser cubierta. El numeral 3 del artículo 65º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la Ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150º y 154º de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. La Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de aceptar la renuncia en mención y, retornar al abogado Marco Antonio Lavilla Quispe a su cargo de carrera de acuerdo a su título de nombramiento, expedido por el entonces Consejo Nacional de la Magistratura. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Marco Antonio Lavilla Quispe, como Fiscal Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal del Cusco y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Espinar, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1836-2023-MP-FN, de fecha 25 de julio de 2023. Artículo Segundo.- Designar al abogado Marco Antonio Lavilla Quispe, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Canchis, Distrito Fiscal del Cusco, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Canchis. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2217305-1 Nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Este RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2373-2023-MP-FN Lima, 20 de setiembre de 2023VISTO:El o fi cio N° 4120-2023-MP-FN-PJFS-DFLE, cursado por el abogado Orestes Walter Milla Meza, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este; y, el informe N° 01-2023-3°D-2°FPPC--SJL-ZB-MP-FN, suscrito por la abogada Yadira Adela Parejas Llanovarced, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designada en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Baja. CONSIDERANDO:Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1614-2021-MP-FN, de fecha 25 de noviembre de 2021, se nombró al abogado Walter Hanz Estrella Saldívar, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, y se le designó en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Baja. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley N° 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la Ley N° 30483, también modi fi cada mediante Ley N° 31718, se establece que los