NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (22/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 99
99 NORMAS LEGALES Viernes 22 de setiembre de 2023 El Peruano / Taumaturgo, Porto Walter, Rodrigues Alves, Santa Rosa do Purus, Tauaracá (Estado de Acre); Envira, Guajará, Ipixuna (Estado de Amazonas); teniendo como núcleo administrativo para la integración a la ciudad de Cruzeiro do Sul. 3. Sector Sur:Perú: El Departamento de Madre de Dios; la Provincia de Quispicanchis (Departamento del Cusco); y las Provincias de Carabaya y Azángaro (Departamento de Puno); teniendo como núcleo administrativo para la integración a la ciudad de Puerto Maldonado. Brasil: Los Municipios de Acrelandia, Assis-Brasil, Brasileia, Bujarí, Capixaba, Epitaciolandia, Placido de Castro, Rio Branco, Senador Guiomard, Sena Madureira, Xapuri, Porto Acre (Estado de Acre); Boca do Acre, Canutama, Lábrea y Pauini (Estado de Amazonas); teniendo como núcleo administrativo para la integración a la ciudad de Rio Branco. Las Partes por la vía diplomática podrán acordar modi fi caciones a la conformación de la ZIF Perú-Brasil. Artículo 6°.- LINEAMIENTOS GENERALES Las Partes elaborarán en forma coordinada o conjunta planes, programas y proyectos de desarrollo fronterizo a ser ejecutados en los sectores de la ZIF, respetando los criterios de sostenibilidad. En tal sentido procurarán priorizar los siguientes lineamientos: a. Estimular la activa participación de los actores sociales de la ZIF Perú-Brasil; b. Promover la cooperación e intercambio de información entre las autoridades e instituciones públicas y privadas, locales, regionales y estaduales; c. Fortalecer las entidades nacionales y los mecanismos bilaterales dedicados a los temas de desarrollo e integración fronterizos; d. Incentivar la inversión tanto pública como privada, nacional y binacional, en la ZIF Perú-Brasil; e. Promover el manejo coordinado de ecosistemas y áreas naturales protegidas fronterizas; f. Priorizar proyectos coordinados o complementarios de infraestructura social básica, vial, de telecomunicaciones y energía, así como de desarrollo productivo de la ZIF Perú-Brasil; g. Difundir la enseñanza de los idiomas castellano en Brasil y portugués en el Perú; h. Impulsar el comercio fronterizo en las localidades de la ZIF Perú-Brasil; i. Facilitar el intercambio de mercancías de subsistencia; y, j. Otras acciones que se decidan bilateralmente. Artículo 7°.- PLANES OPERATIVOS Los países acordarán Planes Operativos para cada Sector de la ZIF. Cada Plan Operativo quedará integrado por un número variable de programas que las Partes se comprometerán a ejecutar dentro de plazos establecidos. Las Partes podrán acordar la ejecución gradual y de manera independiente o interrelacionada de programas destinados, entre otros, a la apertura y modernización de pasos de frontera; a la facilitación del tránsito fronterizo; facilidades para el intercambio comercial; desarrollo económico y social; complementación de servicios sociales básicos; establecimiento de regímenes especiales fronterizos de carácter local y regional; desarrollo y facilitación de la articulación vial e integración física; integración energética y de telecomunicaciones; cooperación en asuntos ambientales; reducción de riesgos de desastres; fomento de la investigación y la transferencia de tecnología; cooperación en materia de lucha contra actividades ilícitas; y, desarrollo institucional bilateral. Dichos programas serán elaborados en función de las características, potencialidades y necesidades particulares de cada sector de la ZIF. Ambos países adoptarán las medidas necesarias para incorporar los planes, programas y proyectos de desarrollo de la ZIF Perú-Brasil en sus respectivos Planes Nacionales de Desarrollo y en sus Políticas Nacionales de Frontera. Artículo 8°.- ATENCIÓN ESPECIAL PARA ZONAS FRONTERIZAS DE DIFÍCIL ACCESO Los países propondrán medidas conjuntas para promover el desarrollo sostenible en las localidades aisladas o de difícil acceso en la frontera Perú-Brasil, en la perspectiva de generar mejores condiciones de calidad de vida para su población. Artículo 9°.- INSTITUCIONALIDAD La institucionalidad bilateral de la ZIF Perú-Brasil queda conformada por: a) La Comisión Viceministerial de Integración Fronteriza Perú-Brasil (CVIF) La CVIF está a cargo de los Viceministros de Relaciones Exteriores del Perú y Brasil y tiene como funciones aprobar los Planes Operativos de la ZIF Perú-Brasil, así como coordinar, orientar y supervisar la labor de los Grupos de Trabajo Binacionales (GTB). La CVIF estará integrada, entre otros, por representantes de los Gobiernos Regionales y Estaduales de las regiones fronterizas involucradas en la ZIF; b) Secretarios EjecutivosPara el cumplimiento de sus funciones, la Comisión Viceministerial de Integración Fronteriza (CVIF) cuenta con sendos Secretarios Ejecutivos designados por las respectivas Cancillerías entre los Coordinadores Nacionales de los GTB, quienes se reunirán las veces que sea necesario para integrar los Planes Operativos de los tres Sectores de la ZIF, así como para evaluar los informes de los GTB y formular recomendaciones; c) Grupos de Trabajo Binacionales (GTB)Se establecen los siguientes Grupos de Trabajo Binacionales (GTB): - El Grupo de Trabajo Binacional de Desarrollo e Integración Fronterizos, que reemplaza al Grupo de Trabajo Binacional de Cooperación Amazónica y Desarrollo Fronterizo, encargado de los programas sociales, de desarrollo económico- productivo y de la coordinación de los Comités de Frontera, con particular atención en las zonas aisladas o de difícil acceso y de sus poblaciones; - El Grupo de Trabajo Binacional de Comercio y Facilitación del Tránsito Fronterizo, encargado de los regímenes de comercio, transporte y facilitación del tránsito fronterizo; - El Grupo de Trabajo Binacional de Cooperación Técnica Fronteriza, encargado de respaldar la gestión del fi nanciamiento y desarrollo de los Planes Operativos de la ZIF; y, - El Grupo de Cooperación Ambiental Fronterizo - GCAF, encargado de los asuntos de cooperación ambiental. La estructura institucional de la ZIF podrá ser modi fi cada por decisión de la CVIF. Cada Grupo de Trabajo Binacional contará con los correspondientes Coordinadores Nacionales designados por los respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores. Los GTB se reunirán preferentemente de manera alternada en los tres sectores de la ZIF, tantas veces como se estime necesario a lo largo del año y podrán establecer subgrupos técnicos para el tratamiento de temas especí fi cos. Los subgrupos técnicos se reunirán, de ser necesario, de manera independiente a las plenarias de los GTB. Los GTB quedan encargados de proponer los Programas de su competencia para que sean incorporados en los Planes Operativos de la ZIF Perú-Brasil. Asimismo, supervisarán el cumplimiento de dichos Programas y emitirán informes a la CVIF, a través de los Secretarios Ejecutivos.