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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (22/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Viernes 22 de setiembre de 2023 El Peruano / CAPÍTULO III.- FUNCIONES GENERALES Artículo 4°.- FUNCIONES GENERALES: El Comité de Promoción y Gestión de Agricultura Urbana del distrito de San Juan de Mira fl ores promoverá el desarrollo de la agricultura urbana como una medida de adaptación frente al cambio climático y fortalecer las capacidades de producción agroecológica en el distrito a través del Programa Local de Agricultura Urbana. Artículo 5°.- FUNCIONES ESPECÍFICAS: Las funciones especí fi cas del Comité de Promoción y Gestión de Agricultura Urbana del distrito de San Juan de Mira fl ores, de acuerdo a la Ordenanza N°492/MDSJM, que aprobó la Promoción de la Agricultura Urbana como Estrategia de Seguridad Alimentaria del Distrito de San Juan de Mira fl ores, son las siguientes: a) Diseñar, dirigir, gestionar, elaborar y ejecutar el Programa Local de Agricultura Urbana del distrito de San Juan de Mira fl ores. b) Monitorear, evaluar y actualizar el Programa Local de Agricultura Urbana, a fi n de garantizar la sostenibilidad y la adecuada implementación. c) Elaborar el informe anual de la implementación y logros alcanzados con el Programa Local de Agricultura Urbana, el cual será presentado y expuesto ante el concejo municipal y la Comisión de Servicios a la Ciudad durante el primer trimestre del año siguiente a la ejecución. d) Promover la participación de la igualdad de género en el desarrollo del Programa Local de Agricultura Urbana CAPÍTULO IV.- DE LA COMPOSICIÓN Y REPRESENTACIÓN Artículo 6°.- El Comité de Promoción y Gestión de Agricultura Urbana del distrito de San Juan de Mira fl ores se encuentra conformada por los participantes señalados en la Ordenanza N°492/MDSJM, que aprobó la Promoción de la Agricultura Urbana como Estrategia de Seguridad Alimentaria del distrito de San Juan de Mira fl ores, y que son: • Gerencia de Gestión Ambiental • Gerencia de Desarrollo Urbano• Gerencia de Desarrollo Económico• Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social• 04 representantes de organizaciones que vienen desarrollando la agricultura urbana y trabajando en conjunto con la municipalidad del distrito. Artículo 7°.- La estructura interna del Comité de Promoción y Gestión de Agricultura Urbana del distrito de San Juan de Mira fl ores está constituida por la presidencia y los miembros del comité. Artículo 8°.- Los miembros del Comité de Promoción y Gestión de Agricultura Urbana serán los representantes designados por las unidades orgánicas y/u organizaciones que la componen. Artículo 9°.- El número de representantes de cada unidad orgánicas y/u organización conformante del comité será de dos (2) personas: un representante titular y un representante alterno, debidamente acreditado. Artículo 10°.- En sesiones del Comité de Promoción y Gestión de Agricultura Urbana, las instituciones conformantes sólo ejercerán su participación mediante su representante titular y/o alterno, lo que no es delegable. Los representantes alternos podrán participar en las sesiones y acordar consensos o votar, en caso de no estar presente un representante designado o fi cialmente. Artículo 11°.- El proceso de designación de los representantes de las organizaciones conformantes del Comité de Promoción y Gestión de Agricultura Urbana del distrito de San Juan de Mira fl ores, dependerá de la forma de selección de cada organización. Artículo 12°.- El reemplazo de un representante de algún miembro que integre el Comité de Promoción y Gestión de Agricultura Urbana deberá ser comunicado formalmente al presidente del comité. Artículo 13°.- En el caso de las organizaciones, el ejercicio de la representación ante el Comité de Promoción y Gestión de Agricultura Urbana del distrito de San Juan de Mira fl ores, se pierde por los siguientes motivos:a) Renuncia b) Reemplazoc) Inasistencia injusti fi cada a 3 sesiones consecutivas. d) Para el caso de instituciones públicas a la segunda inasistencia injusti fi cada, se informará a las instancias correspondientes. e) Incapacidad legal. CAPÍTULO V.- DE LOS REQUISITOS, OBLIGACIONES, DERECHOS, FALTAS Y SANCIONES DE SUS MIEMBROS Artículo 14°.- Para ser miembro del Comité de Promoción y Gestión de Agricultura Urbana del distrito de San Juan de Mira fl ores, se deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Ejercer funciones en la institución que representa. b) Gozar de buena conducta, moral y ética.c) Ser responsable y conocer temas ambientales. Artículo 15°.- Son obligaciones de los Miembros: a) Representar efectivamente a la unidad orgánica y/u organización a la que representa. b) Cumplir con las funciones del comité. c) Asistir a las sesiones convocadas por el comité.d) Contribuir en la elaboración, ejecución y seguimiento del Programa Local de Agricultura Urbana. Artículo 16°.- Son derechos de los miembros: a) Voz y voto. b) Acreditación o fi cial. Artículo 17.- Son faltas y sanciones de los miembros: Faltas:a) Por faltar de palabra u obra al presidente o cualquier miembro del comité. b) Por asistir en estado etílico a la sesión.c) Por interferir en el desarrollo de la sesión en forma prepotente y soez. d) Por reincidencia de faltas señaladas. Sanciones:a) Amonestación verbal. b) Suspensión por una sesión. CAPÍTULO VI.- DE LA ESTRUCTURA INTERNAArtículo 18°.- El Comité de Promoción y Gestión de Agricultura Urbana del distrito de San Juan de Mira fl ores tiene la siguiente organización: a) Presidencia. b) Miembros del comité. CAPÍTULO VII.- PRESIDENTE DEL COMITÉ DE PROMOCIÓN Y GESTIÓN DE AGRICULTURA URBANA DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Artículo 19°.- La presidencia del Comité de Promoción y Gestión de Agricultura Urbana estará a cargo de la Gerencia de Gestión Ambiental de la Municipalidad del Distrito de San Juan de Mira fl ores, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N°492/MDSJM. Artículo 20°.- Las funciones del presidente del Comité de Promoción y Gestión de Agricultura Urbana son las siguientes: a) Representar al Comité de Promoción y Gestión de Agricultura Urbana en actos públicos, y ser portavoz ofi cial de las actividades que realizan. b) Convocar y conducir las sesiones del Comité.c) Liderar la formulación, aprobación y evaluación del Programa Local de Agricultura urbana del distrito.