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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (22/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 83

83 NORMAS LEGALES Viernes 22 de setiembre de 2023 El Peruano / Declaran de interés público y de prioridad regional la conservación, protección y promoción agrícola de los distritos de Pocollay y Calana, Provincia de Tacna, Región Tacna CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2023-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha diez de agosto del dos mil veintitrés, en Sesión Extraordinaria Descentralizada, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; asimismo, en su artículo 192 señala: “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. (…)”. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 13 señala que: “El Consejo Regional. Es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional”; asimismo en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “a) Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos, materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”. Además, en su artículo 38 prescribe que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”, en tanto que en su artículo 51 sobre funciones en materia agraria prescribe: “a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas de la región en materia agraria en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales y las propuestas promocionales de desarrollo rural de parte de las municipalidades rurales. (…) d) Promover la transformación, comercialización, exportación y consumo de productos naturales y agroindustriales de la región”. Que, mediante O fi cio N° 004-2023-JRA/CR/GOB. REG.TACNA de fecha 21 de febrero de 2023 emitido por el Consejero Regional Sr. Juan Ramos Arocutipa se remite el proyecto de Ordenanza Regional sobre: DECLARAR DE INTERÉS PUBLICO Y DE PRIORIDAD REGIONAL LA CONSERVACIÓN, PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN AGRÍCOLA DE LOS DISTRITOS DE POCOLLAY Y CALANA, PROVINCIA DE TACNA, REGIÓN DE TACNA. Que, con el O fi cio N° 680-2023-DAGIA-DRA.T./GOB. REG.TACNA, de fecha de recepción 18 de mayo de 2023, emitido por la Dirección Regional de Agricultura; el Informe N° 94-2023-DIRCETUR/GOB.REG.TACNA, de fecha 22 de mayo de 2023, emitido por la Directora Regional de Comercio Exterior y Turismo; el O fi cio N° 112-2023-GM/MDC de fecha de recepción el 24 de mayo de 2023, emitido por la Municipalidad Distrital de Calana; el O fi cio N° 355-2023-GM-MDP-T, de fecha de recepción el 22 de junio de 2023, emitido por de la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de Pocollay; el O fi cio N° 0542-2023-GRRNyGA/GOB.REG. TACNA, de fecha de recepción el 21 de julio de 2023, emitido por el Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental del Gobierno Regional de Tacna; el O fi cio Nº 677-2023-GRAJ-GGR-GR/GOB.REG. TACNA, de fecha 03 de agosto del 2023, emitido por Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna, que remite la Opinión Legal N° 1076-2023-GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 03 de agosto del 2023, emitida por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna; el Informe del Asesor de Comisión Nº 001-2023-MLRP-A-CODE-CR/GOB.EG.TACNA, de fecha 04 de agosto de 2023; y, demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el DICTAMEN Nº 002-2023-CODE-CR de fecha 04 de agosto de 2023, sobre: “DECLARAR DE INTERÉS PÚBLICO Y DE PRIORIDAD REGIONAL LA CONSERVACIÓN, PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN AGRÍCOLA DE LOS DISTRITOS DE POCOLLAY Y CALANA, PROVINCIA DE TACNA, REGIÓN DE TACNA”. dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional en Sesión Extraordinaria Descentralizada de fecha 10 de agosto de 2023. Que, considerando las normas antes indicadas, los informes técnicos y legal favorables; así como el informe del asesor de comisión y el sustento consignado en el respectivo dictamen, resulta procedente la aprobación de la Ordenanza Regional sobre “DECLARAR DE INTERÉS PÚBLICO Y DE PRIORIDAD REGIONAL LA CONSERVACIÓN, PROTECCION Y PROMOCIÓN AGRÍCOLA DE LOS DISTRITOS DE POCOLLAY Y CALANA, PROVINCIA DE TACNA, REGIÓN TACNA”. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 30055 y 31433; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria Descentralizada de la fecha, ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR de INTERÉS PÚBLICO Y DE PRIORIDAD REGIONAL LA CONSERVACIÓN, PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN AGRÍCOLA DE LOS DISTRITOS DE POCOLLAY Y CALANA, PROVINCIA DE TACNA, REGIÓN TACNA. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Tacna la implementación y cumplimiento de la presente Ordenanza Regional, mediante la formulación y ejecución de proyectos de inversión, así como planes de negocios en el marco de PROCOMPITE y/o AGROIDEAS y mediante actividades de promoción comercial de los distritos de Pocollay y Calana. Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Quinto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por la Gobernación Regional. En la ciudad de Tacna, al día diez de agosto de dos mil veintitrés. MANUEL ISAÍAS MORI MAMANI PresidenteConsejo Regional de Tacna