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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (29/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 108

108 NORMAS LEGALES Viernes 29 de setiembre de 2023 El Peruano / simplicidad, e fi cacia, e fi ciencia, participación y seguridad ciudadana, y por los contenidos en el TUO de la Ley Nº 27444, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Que, la organización debe ser diseñada para obtener en la mejor forma posible los objetivos estratégicos; debiendo ajustarse la estructura de la organización a los requerimientos estratégicos de la institución, facilitar el desarrollo de las actividades operativas de la municipalidad y el desarrollo del trabajo de las personas en un clima de armonía y cooperación; Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado modi fi cado con el Decreto Legislativo N° 1446, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, conforme establece el Artículo 6º de la Ley Nº 27658, el diseño y estructura de la Administración Pública, sus dependencias, entidades y organismos, se deben regir por los siguientes criterios: (a) Las funciones y actividades que realice la Administración Pública, a través de sus dependencias, entidades y organismos, debe estar plenamente justi fi cada y amparada en sus normas; (b) Las dependencias, entidades, organismos e instancias de la Administración Pública no deben duplicar funciones o proveer servicios brindados por otras entidades ya existentes y; (c) En el diseño de la estructura orgánica pública prevalece el principio de especialidad, debiéndose integrar las funciones y competencias a fi nes; Que, el Decreto Supremo Nº 064-2021-PCM, modi fi ca al Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y modi fi cado con Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, en su Artículo 46 precisa la aprobación o modi fi cación del ROF, según corresponda en los siguientes supuestos: a) Por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a la creación de nuevas unidades de organización; b) Por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a eliminar unidades de organización; c) Por reasignación o modi fi cación de funciones, sin que se modi fi que la estructura orgánica. En estos supuestos el informe técnico para justi fi car el ROF contienen las secciones 1, 2 y 3 a las que se re fi ere el artículo 47 la fi nalidad de cumplir con mayor e fi ciencia su misión y funciones y su modi fi catoria. Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 007-2020-PCM/SGP, se aprueba la “Norma Técnica N° 01-2020-PCM/SGP/SSAP, que establece modelos de organización para municipalidades”, la cual tiene como fi nalidad que las municipalidades adopten el modelo que más se ajuste a sus características y a las necesidades de las personas de su jurisdicción. Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 40º, establece que las Ordenanzas son las normas de Carácter General de mayor Jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de los cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, asimismo, el artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades antes mencionada, establece que corresponde al Consejo Municipal “Aprobar, Modi fi car o Derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”;Que, mediante el Informe Nº 037-2023-GM-RQT- MDCH/P la Gerencia Municipal, remite el documento técnico normativo de gestión, Reglamento de Organización y Funciones - ROF, a fi n que el pleno del Concejo Municipal evalúe y apruebe, en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante Informe Técnico Nº 001-2023-MDCH/ P-GPP la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, emite el sustento de modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF y del Organigrama Estructural de la Municipalidad, para remitir a la SGP-PCM para su opinión técnica previa a su aprobación en sesión ordinaria de Concejo Municipal y formalizado conforme a Ley; Que, mediante Informe Legal Nº 045-2023-OAJ/EAK- MDCH/P, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas a las unidades de organización de la municipalidad y la no duplicidad de funciones del ROF. Que, mediante Acuerdo de Concejo Municipal N° 0035-2023-CM-MDCH/P, aprueba con 4 votos y la abstención de la Regidora Martha Hancco Chua, la Actualización y Modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Challabamba; De conformidad a las facultades establecidas conferidas por el inciso 8 del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se aprueba la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHALLABAMBA Artículo Primero.- APROBAR, EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHALLABAMBA, el cual consta de 02 Títulos, 07 Capítulos, 35 Artículos y Anexo del Organigrama Estructural; el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DERÓGUESE toda norma y disposición emitida por esta Entidad Municipal, que se oponga a la presente Ordenanza Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE, la presente Ordenanza en el diario o fi cial autorizado de la región y difúndase por la página web de la institución el íntegro del reglamento de organización y funciones y el Organigrama Estructural aprobado por la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- DISPONER, La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario o fi cial. POR TANTO:Regístrese, publíquese, cúmplase y comuníquese.RIBEN F. HUILLCA PEÑA Alcalde NOTA: MEDIANTE OFICIO N° 403-2023-A-MDCH, SE PRECISA QUE LOS ANEXOS SE VISUALIZARÁN EN LA SIGUIENTE PAGINA WEB: https://www.gob.pe/munichallabamba. 2217384-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico pgaconsulta@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES