NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (29/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 108
TEXTO PAGINA: 91
91 NORMAS LEGALES Viernes 29 de setiembre de 2023 El Peruano / Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT, por la Subgerencia de Ingeniería de Transito (ahora Subgerencia de Gestión y Fiscalización) de la Gerencia de Movilidad Urbana y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, a través de su Dictamen Nº 054-2023-MML/CMAEO; el Concejo Metropolitano de Lima, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ:Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 487- MVES de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en zonas urbanas en dicho distrito, cuyo servicio se prestará en 482 espacios, de lunes a domingo, en el horario establecido en el artículo 9 de la mencionada ordenanza, con una tasa de S/ 0.50 por 30 minutos del servicio. Artículo Segundo.- El presente acuerdo rati fi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación, así como del texto íntegro de la Ordenanza rati fi cada, en especial de los anexos que contienen los cuadros de estructura de costos, de estimación de ingresos, la cantidad de espacios habilitados y el horario de la prestación del servicio. La aplicación de la ordenanza rati fi cada mediante la presente norma, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de dicha municipalidad distrital. Artículo Tercero.- Encargar al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT que, posterior al cumplimiento del citado requisito de publicación, efectúe, a través de su página web: www.sat.gob.pe; la publicación del presente acuerdo. Artículo Cuarto.- Encargar a la O fi cina de Gobierno Digital la publicación del presente acuerdo en el portal institucional: www.munlima.gob.pe. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2203096-1 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 463-MDCH, “Ordenanza que establece el régimen especial de beneficios tributarios en el distrito de Chorrillos” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2023/MDCH Chorrillos, 18 de septiembre del 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS; VISTOS: El Memorándum Nº 1305-2023-MDCH/ GM, de fecha 18 de septiembre de 2023, emitido por la Gerencia Municipal; El Informe Nº 316-2023-MDCH-GAJ, de fecha 13 de septiembre de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; El Informe Nº 333-2023-MDCH-GAT, de fecha 11 de septiembre de 2023, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; El Informe Nº 1837-2023-MDCH-GAT-SGR, de fecha 11 de septiembre de 2023, emitido por la Subgerencia de Rentas, respecto a la propuesta de Prórroga de Fecha de Vencimiento de la Ordenanza Nº 463-MDCH, Ordenanza que establece el Régimen Especial de Bene fi cios Tributarios en el Distrito de Chorrillos, y;CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, preceptúa que las municipalidades distritales, son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en estricta concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, señala que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico; Que, el segundo párrafo del Artículo 39 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N°27972, establece que el alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, el artículo 42° de mismo cuerpo legal, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, mediante Ordenanza N° 463-MDCH, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 30 de agosto del 2023, se estableció otorgar bene fi cios tributarios periodo fi scal 2023 en el Distrito de Chorrillos hasta el 30 de setiembre del 2023, a fi n motivar a los contribuyentes al pago de sus deudas tributarias. Que de la misma normativa en la Tercera disposición complementaria de la Ordenanza N°463-2023/MDCH se dispuso la facultad al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la fecha de vencimiento; Que, mediante Informe N°1837-2023-MDCH-GAT- SR e Informe N°333-2023-MDCH-GAT, de fecha 11 de septiembre del 2023, la Subgerencia de Rentas y la Gerencia de Administración Tributaria respectivamente, remiten propuesta de prórroga de fecha de pago de la Ordenanza N° 463-MDCH; considerando que el mismo tiene como objetivo impulsar el pago del Impuesto Predial con la fi nalidad que la Municipalidad de Chorrillos pueda cumplir con el PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA MEJORA DE LA GESTIÓN MUNICIPAL (PI). META 2: “FORTALECIMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL” año 2023. Asimismo, incentivar la cultura tributaria a modo que los obligados tributarios puedan cumplir y regularizar sus deudas tributarias a la fecha. Que, mediante Informe N°277-2023-MDCH-GAJ, de fecha 13 de septiembre del 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal concluyendo que resulta viable aprobar el Proyecto de Decreto de Alcaldía que prórroga la vigencia de la Ordenanza N°463-MDCH, conforme a la propuesta formulada por la Subgerencia de Rentas, y recomienda remitir a la Secretaría General para continuar con el procedimiento que disponga su aprobación; Estando a los fundamentos expuestos, en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con la visación de la Subgerencia de Rentas, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal; RESUELVE:Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 463-MDCH, “Ordenanza que establece el régimen especial de bene fi cios tributarios en el distrito de Chorrillos”, hasta el 30 de diciembre del 2023. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y demás áreas pertinentes, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente dispositivo, conforme a su competencia. Artículo Tercero.- DISPONER a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Gerencia de Informática y Tecnología la