NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (29/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 108
TEXTO PAGINA: 107
107 NORMAS LEGALES Viernes 29 de setiembre de 2023 El Peruano / ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE PLANEAMIENTO INTEGRAL CON FINES DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN Artículo 1°.- APROBAR LA ORDENANZA DE LA PROPUESTA DE PLANEAMIENTO INTEGRAL por Anexión al Área Urbana y Asignación de Zoni fi cación, solicitado por la Sra. DELIA PILAR CAYAHUALLPA CÁRDENAS, identi fi cada con DNI: 15349154, en representación de la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA ALAMEDA DE SAN VICENTE y de los señores AMANCIA GUERRA DE CONDOR, CONDOR GUERRA AURORA JUANA; CONDOR GUERRA CLELIA, CONDOR GUERRA DELIA DOMINICA; CONDOR GUERRA HAYDEE NÉLIDA Y CONDOR GUERRA HILDA ADELINA, del predio denominado Terreno Rústico y San Agustín número de Parcela 39 Código Catastral 11210 Proyecto Tercer Mundo Valle Cañete, U.C. 11210, inscrito en los Registros Públicos en la Partida N°03080873, jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, con un área de 4.0637 Has (Sección A-2.7355 Has y Sección B-1.3282 Has.); de actual ZONA AGRICOLA (ZA) a RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (RDM), de conformidad a lo preceptuado en el numeral 4° del inciso 55.5 del Artículo 55° del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano y Sostenible aprobado por (Decreto Supremo N° 022-2016-VIVIENDA), son los que se indican a continuación: ZONIFICACION USOSCOEFICIENTE DE EDIFICACIONLOTE MINIMO NORMATIVOFRENTE MINIMO DE LOTE NORMATIVO (PISOS)MAXIMA ALTURA DE EDIFICACION (PISOS)AREA LIBRE MINIMA (%) RESIDENCIAL DENSIDAD MEDIA R-3UNIFAMILIAR 2.1 160.00 8.00 3 PISOS 30 MULTIFAMILIAR 3.5 160.00 8.00 5 PISOS 30 CONJUNTO RESIDENCIAL 3.5 450.00 15.00 5 PISOS 30 RESIDENCIAL DENSIDAD MEDIA R-4UNIFAMILIAR 2.1 90.00 6.00 3 PISOS 30 MULTIFAMILIAR 3.5120.006.00 5 PISOS 30 CONJUNTO RESIDENCIAL 3.5 450.00 15.00 5 PISOS 30 Artículo 2°.- PRECISAR que el Plano de Planeamiento Integral (PI-01), Plano de Uso de Suelos Actual (PUS-01), Plano Perimétrico (PP-01), Plano de Zoni fi cación (PZ-01), Plano de Planeamiento Integral (PI-01), Plano de Usos de Suelo (PUS-01), fi rmado por el Ing. MISAEL SILVANO CALAGUA ZEVALLOS, con Registro CIP N°80869, forman parte de la zoni fi cación aprobada en el Artículo 1° de la presente Ordenanza. Artículo 3°.- DISPONER que la Municipalidad Provincial de Cañete, incorpore el Plano de Propuesta de Planeamiento Integral y Asignación de Zoni fi cación al Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de San Vicente, aprobada en el Artículo 1°, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 4°.- PRECISAR que el Planeamiento Integral (PI) tiene un horizonte de largo plazo a diez (10) años; sin embargo, la vigencia del PI concluye cuando se aprueba el PI o el PDU o el EU que lo actualiza, de conformidad con lo previsto por el Artículo 62° del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible aprobado por Decreto Supremo N°022-2016-VIVIENDA. Artículo 5°.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, así como, notifi car a las áreas correspondientes, para su conocimiento y fi nes pertinentes; además, a la O fi cina de Tecnologías de la Información, Racionalización y Estadística de la Municipalidad Provincial de Cañete, para la publicación de la misma en el portal de la entidad: (www.municanete.gob.pe.). Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ TOMAS ALCÁNTARA MALASQUEZ Alcalde 2219410-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHALLABAMBA Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Challabamba ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2023-MDCH/CM Challabamba, 19 de mayo del 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHALLABAMBA VISTO: El O fi cio N° D001195-2023-PCM-SGP, Informe N° D000197-2023-PCM-SSAP, con opinión favorable de la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros; el Informe Técnico Nº 001-2023-MDCH/P-OPP. de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Legal Nº 0045-2023-OAJ/EAK-MDCH/P, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 037-2023-GM-RQT-MDCH/P emitido por la Gerencia Municipal; y el Acuerdo de Concejo Nº 035-2023-MDCH/CM de fecha 17 de mayo del 2023, respecto a la aprobación del Reglamento de Organizaciones y Funciones – ROF y LA el Organigrama Estructural, dejándose a disposición; y CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto por el Artículo 194° de la constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II del titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, los Gobiernos Locales tiene autonomía Política económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico,; correspondiéndole al Concejo Municipal la función Normativa que se ejerce a través de las ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley, conforme al Numeral 4) del Artículo 200 de la constitución Política del Perú; Que, el artículo 26º del Título III de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de la legalidad, economía, transparencia,