NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (29/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 108
TEXTO PAGINA: 106
106 NORMAS LEGALES Viernes 29 de setiembre de 2023 El Peruano / denominado Terreno Rustico y San Agustín número de parcela 39 Código Catastral 11210 Proyecto Tercer Mundo Valle Cañete, U.C. 11210, Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, de acuerdo con lo indicado en el numeral 55.5 del artículo 55° del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano sostenible, en concordancia con- las funciones y competencias establecidas en la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante O fi cio Circular N°012-2021-GODUR- MPC, con fecha 30 de julio de 2021, se realiza las invitaciones a las diferentes autoridades representantes de la Municipalidad Provincial de Cañete, así como a los propietarios colindantes del dominio materia de difusión de la propuesta de Planeamiento Integral del predio denominado Terreno Rustico y San Agustín número de parcela 39 Código Catastral 11210 Proyecto Tercer Mundo Valle Cañete, U.C.11210. jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete y Departamento de Lima. Que, mediante Documento de fecha 27 de agosto de 2021, el administrado adjunta acta notarial de la Audiencia Pública realizada en el Auditorio Garro Múñante del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete y Departamento Lima, con fecha 10 de agosto de 2021. Asimismo, se adjunta la siguiente documentación suscrita por el Notario de Cañete Hubert Camacho Gálvez: • Copia de DNI. • La Memoria Descriptiva del Planeamiento Integral• Certi fi cado Literal del predio denominado: Terreno Rustico y San Agustín número de parcela 39 Código Catastral 11210 Proyecto Tercer Mundo Valle Cañete, U.C. 11210, inscrito en los Registros Públicos eh la Partida N°03080873, jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete y Departamento de Lima. Que, mediante Memorándum N°083-2021-FIAG- GODUR-MPC, con fecha 14 de setiembre del 2021, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, solicita a la Gerencia de secretaria general, por su intermedio solicitar a la Sub Gerencia de Gestión Documentaría un informe indicando si existe alguna oposición, observación y/o recomendación, desde el 10 de agosto de 2021 (Fecha de la Audiencia), siendo un requisito indispensable para la continuación del trámite. Que, mediante Informe N°039-2021-KAOH-5.G.G.D- GSG-MPC, con fecha 21 de setiembre de 2021, la Sub Gerencia de Gestión Documentaría hace de conocimiento que precise o aclare los números de expedientes de la información solicitada, ya que mencionan 2 números de expedientes distintos en el documento y así poder realizar la búsqueda e informar lo solicitado. Que, mediante Memorándum N°092-2021-FIAG- GODUR- MPC, con fecha 21 de setiembre de 2021, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, solicita a la Gerencia de Secretaria General, por su intermedio solicitar a la Sub Gerencia de Gestión Documentaría un informe si existe alguna oposición, observación y/o recomendación, desde el 10 de agosto de 2021 a la actualidad, respecto al Expediente N°7034-2020, siendo un requisito indispensable para la continuación del trámite. Que, mediante Informe N°048-2021-KA0H-S.G.G.D- GSG- MPC, con fecha 05 de octubre del 2021, la Sub Gerencia de Gestión Documentaría, efectuó la búsqueda de lo solicitado sobre alguna Oposición/Observación o recomendación presentada al procedimiento Integral Rustico y San Agustín número de parcela 39 Código Catastral 11210 Proyecto Tercer Mundo Valle Cañete, U.C.11210, No se ha encontrado algún escrito o asunto que expresa el termino de oposición/observación o recomendación desde el 10 de agosto de 2021 a la fecha. Que, mediante Recibos N°0000720 y N°0000721, de fecha 12 de enero de 2022, se realiza los siguientes pagos: Tasa por Anexión de Predio al Área Urbana y Tasa por Asignación de Zoni fi cación por el monto de S/. 3,674.98. Que, de acuerdo al Informe N°247-SGOP-GODUR- MPC-2022, recibido en fecha 20 de abril de 2022, la Sub Gerencia de Obras Privadas, otorga la conformidad TÉCNICA DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE PROPUESTA DE PLANEAMIENTO INTEGRAL solicitado por la Sra. Delia Pilar Cayahuallpa Cárdenas, identi fi cada con DNI: 15349154, en representación de la Asociación de Vivienda Alameda de San Vicente y de los señores Amancia Guerra de Condor, Condor Guerra Aurora Juana; Condor Guerra Clelia; Condor Guerra Delia Dominica; Condor Guerra Haydee Nélida y Condor Guerra Hilida Adelina. En calidad de propietarios del predio denominado: Terreno Rustico y San Agustín número de parcela 39 Código Catastral 11210 Proyecto Tercer Mundo Valle Cañete, U.C.11210, inscrito en los Registros Públicos en la Partida N°P03080873, Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, con un Área de 4.0637 Has (Sección A-2.7355 Has y Sección B-1.3282 Has.); de actual ZONA AGRICOLA Z.A.) a RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (RDM), señalando se deriven los actuados al Concejo para su deliberación y determinación de acuerdo a sus atribuciones. Que, a través del Informe N°931-2022-FIAG-GODUR- MPC, recibido el 16 de mayo de 2022 el Gerente de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, otorga la conformidad técnica realizada por la Sub-Gerencia de Obras Privadas a favor de la propuesta de Planeamiento Integral en atención al Informe N°247-SGOP-GODUR- MPC-2022 de fecha 18 de abril del 2022 de la Sub Gerencia de Obras Privadas, solicitado por la Sra. Delia Pilar Cayahuallpa Cárdenas, identi fi cada con DNI: 15349154, en representación de la Asociación de Vivienda Alameda de San Vicente y de los señores Amancia Guerra de Condor, Condor Guerra Aurora Juana; Condor Guerra Clelia; Condor Guerra Delia Dominica; Condor Guerra Haydee Nélida y Condor Guerra Hilida Adelina. En calidad de propietarios del predio denominado: Terreno Rustico y San Agustín número de parcela 39 Código Catastral 11210 Proyecto Tercer Mundo Valle Cañete, U.C.11210, inscrito en los Registros Públicos en la Partida N°03080873, Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, con un Área de 4.0637 Has (Sección A-2.7355 Has y Sección B-1.3282 Has.); de actual ZONA AGRICOLA (ZA) a RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (RDM). Asimismo, recomienda se derive los actuados a la Gerencia de Asesoría Jurídica, para que emita Opinión Legal, por lo expuesto, se elabore el Proyecto de Ordenanza por el área competente de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la MPC y luego se Eleve la propuesta de Ordenanza del Planeamiento Integral al Pleno del Concejo para su deliberación y determinación, de acuerdo, a sus atribuciones. Que, con Informe N°901-2023-JAGS-GODUR- MPC, de fecha 15 de junio del 2023; la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, solicita se deriven los actuados a la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Cañete (MPC), para que se elabore el Proyecto de Ordenanza por el área competente de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la MPC y luego se eleve la propuesta de Ordenanza del Planeamiento Integral al Pleno del Concejo para su deliberación y determinación, de acuerdo a sus atribuciones. Que, mediante Informe Legal N°303-2023-GAJ-MPC, de fecha 04 de julio del 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, informa que es factible y que, a través de la Gerencia Municipal, elevar al Pleno del Concejo la propuesta de Planeamiento Integral para su aprobación mediante Ordenanza Municipal. Que, con Memorándum N°1308-2023-/GM-MPC de fecha 05 de julio del 2023, la Gerencia Municipal señala que, contando con los Informes Técnicos y Legales de las áreas correspondientes remite los actuados, a fi n de que sea elevado al Pleno del Consejo Municipal para su evaluación, deliberación y/o aprobación correspondiente, asimismo previamente sírvase remitir a la comisión encargada para su dictamen correspondiente. Que, por los fundamentos fácticos y de derecho expuestos en la presente, y al amparo de lo dispuesto en el numeral 5) y 8) del Artículo 9° y el Artículo 40° de la Ley N°27972-Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto UNANIMIDAD del Pleno de Concejo y con la dispensa y aprobación de la lectura, se aprobó la siguiente Ordenanza;