NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 168
TEXTO PAGINA: 7
7 NORMAS LEGALES Sábado 30 de setiembre de 2023 El Peruano / DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. Fiscalización y sanción El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), en el marco de sus atribuciones, fi scaliza el cumplimiento de la presente ley. Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación. En Lima, a los diecinueve días del mes de setiembre de dos mil veintitrés. ALEJANDRO SOTO REYES Presidente del Congreso de la República HERNANDO GUERRA GARCÍA CAMPOS Primer Vicepresidente del Congreso de la República A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICAPOR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2220735-2 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo a España y encargan su Despacho a la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN SUPREMA N° 149-2023-PCM Lima, 29 de setiembre de 2023CONSIDERANDO:Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo -MINCETUR es la entidad competente para de fi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; tiene entre sus funciones representar al Perú en los foros y organismos internacionales de comercio y esquemas de integración; y, tiene la responsabilidad en materia de promoción de las exportaciones y de negociaciones comerciales internacionales. En materia de turismo, promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible; Que, del 3 al 5 de octubre de 2023, en la ciudad de Madrid, Reino de España, se llevará a cabo la 15° Edición de la Feria Fruit Attraction, evento que constituye un importante punto de encuentro entre vendedores y compradores del sector frutas y hortalizas a nivel europeo, que ofrece al visitante la oportunidad de conocer la mayor diversidad de contenidos, productos de vanguardia y los sistemas más innovadores de esta industria, convirtiéndose en la segunda feria en importancia, después de la Fruit Logística que se realiza en Alemania; Que, la delegación peruana que participará en dicha Feria estará conformada por empresas exportadoras y gremios, que buscan promover y dar a conocer la diversidad de nuestra oferta exportable hortofrutícola, posicionar y consolidar la presencia de productos alimenticios peruanos en el mercado europeo, identi fi car potenciales compradores y establecer contacto directo con los principales importadores, cadena de tiendas, distribuidores, almacenes y tiendas especializadas que operan en Europa; Que, la participación peruana permitirá incrementar las ventas de frutas y hortalizas de nuestro país en el mercado europeo, así como hacer sostenible la presencia de nuestras empresas como proveedores del mercado internacional, identi fi cando las nuevas tendencias del mercado de productos alimenticios y conocer las actividades que realizan las empresas de los países competidores del Perú, lo que contribuye con el posicionamiento de nuestro país como proveedor mundial del sector hortofrutícola; Que, por otro lado, en la misma ciudad de Madrid, del 3 al 4 de octubre de 2023, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ), organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, ha organizado el evento “Roadshow de Inversiones en Madrid”, dirigido a potenciales inversionistas, fondos de inversión y agentes multiplicadores de inversión, con el objetivo de atraer la inversión extranjera directa a través de la promoción de las ventajas, atributos y oportunidades de inversión en el Perú; Que, asimismo, en el marco del “Roadshow de Inversiones en Madrid”, desde el 2 de octubre de 2023, se ha previsto realizar un Seminario de Promoción de Inversiones, que tiene por objeto fortalecer la presencia e imagen del Perú como mercado de negocios, comercio e inversiones a nivel internacional y, conjuntamente con la agenda programada de reuniones bilaterales, se tendrá un acercamiento con potenciales inversionistas de sectores productivos y del mercado de capitales, tales como bancos de inversión, fondos de capitales, y los principales gremios e instituciones del ecosistema de inversiones en España, lo que permitirá presentar al Perú como un destino atractivo para la inversión a nivel global; Que, por tanto, resulta de interés nacional la participación del señor Juan Carlos Mathews Salazar, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, en los eventos antes mencionados, a fi n de generar con fi anza en las empresas españolas para hacer negocios con nuestro país, promover al Perú como proveedor del sector hortofrutícola en Europa, liderar las reuniones con diversos organismos internacionales y sostener entrevistas con los medios de comunicación; Que, es necesario encargar el Despacho Ministerial de Comercio Exterior y Turismo, mientras dure la ausencia de su titular; Que, los gastos por concepto de pasajes y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en el marco de las normas vigentes sobre la materia; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023;