NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 168
TEXTO PAGINA: 21
21 NORMAS LEGALES Sábado 30 de setiembre de 2023 El Peruano / Municipal (PI) que deben cumplir las municipalidades en el año 2023, entre otros, para los indicadores 3.1: Porcentaje de residuos sólidos inorgánicos municipales valorizados y 3.2: Porcentaje de residuos sólidos orgánicos municipales valorizados del Compromiso 3: Implementación de un Sistema Integrado de Residuos Sólidos sostenible; Que, mediante Decreto Supremo Nº 148-2023-EF se modi fi ca el Anexo I del Decreto Supremo Nº 095-2023-EF, incorporando, en el Tramo II, las metas del Corte 1, Corte 2 y las metas anuales para los indicadores 3.1: Porcentaje de residuos sólidos inorgánicos municipales valorizados y 3.2: Porcentaje de residuos sólidos orgánicos municipales valorizados del Compromiso 3: Implementación de un Sistema Integrado de Manejo de Residuos Sólidos sostenible en el Anexo I “Compromisos, indicadores y metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) que deben cumplir las municipalidades en el año 2023” del Decreto Supremo N° 095-2023-EF; Que, mediante O fi cio Nº 00243-2023-MINAM/VMGA/ DGGRS, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos del Ministerio del Ambiente, solicita la modi fi cación de las metas para el Corte 1 y Corte 2, así como la meta anual total del indicador 3.1: Porcentaje de residuos sólidos inorgánicos municipales valorizados del Compromiso 3: Implementación de un Sistema Integrado de Manejo de Residuos Sólidos sostenible, por haber incurrido en error material y que afectan a 15 municipalidades que implementan el mencionado indicador en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI); Que, por lo expuesto, resulta necesario modi fi car el Anexo I del Decreto Supremo Nº 095-2023-EF que aprueba los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2023 y dicta otras disposiciones, a fi n de modi fi car las metas del Corte 1, Corte 2 y las metas anuales para los indicadores 3.1: Porcentaje de residuos sólidos inorgánicos municipales valorizados del Compromiso 3: Implementación de un Sistema Integrado de Residuos Sólidos sostenible para 15 municipalidades, con el objetivo de que las municipalidades puedan realizar un correcto cumplimiento de los indicadores relacionados a la gestión de residuos sólidos, así como realizar una correcta evaluación en cada uno de los cortes establecidos en el citado anexo; De conformidad con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1.- Modi fi cación del Anexo I del Decreto Supremo Nº 095-2023-EF Modi fi car, en el Tramo II para 15 municipalidades, las metas del Corte 1, Corte 2 y las metas anuales para los indicadores 3.1: Porcentaje de residuos sólidos inorgánicos municipales valorizados del Compromiso 3: Implementación de un Sistema Integrado de Manejo de Residuos Sólidos Sostenible en el Anexo I “Compromisos, indicadores y metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) que deben cumplir las municipalidades en el año 2023” del Decreto Supremo Nº 095-2023-EF, Decreto Supremo que aprueba los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2023 y dicta otras disposiciones, conforme al Anexo “Modi fi cación del Anexo I del Decreto Supremo N° 095-2023-EF”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Publicación El presente Decreto Supremo y su Anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2220735-3 Autorizan viaje de Director de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado a Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 330-2023-EF/43 Lima, 27 de setiembre del 2023 CONSIDERANDO:Que, mediante correo electrónico de fecha 6 de setiembre de 2023, la Secretaría del Comité de Mercados Financieros (CMF) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) cursa invitación al Ministerio de Economía y Finanzas a participar en la “143° Sesión del Comité de Mercados Financieros”, a llevarse a cabo los días 5 y 6 de octubre de 2023, en la ciudad de París, República Francesa; Que, el mencionado evento se centrará en la evolución reciente de los mercados fi nancieros, incluidos los mercados de deuda corporativa, fi nanzas sostenibles incluyendo métricas netas cero y bonos sostenibles, y; fi nanzas y digitalización, incluidas las fi nanzas abiertas y la inteligencia arti fi cial en fi nanzas; asimismo, habrá una mesa redonda sobre participación y gestión de los inversores institucionales, y una discusión de la industria sobre la tokenización de activos; Que, la participación del Ministerio de Economía y Finanzas permitirá cumplir con su rol de implementar y evaluar las políticas para el desarrollo del sistema fi nanciero, y de los mercados de capitales, dado que el CMF constituye un espacio para obtener información acerca de la evolución de los mercados fi nancieros globales, así como de temas de vanguardia que tienen un impacto en la e fi ciencia de los mercados fi nancieros; asimismo, permitirá continuar con los esfuerzos para profundizar las relaciones con la OCDE en el marco de las acciones para la adhesión del Perú a dicha organización, así como fortalecer la preparación en materia fi nanciera del Proceso de Ministros de Finanzas para APEC Perú 2024; Que, en tal sentido, resulta relevante la participación del señor Andrés Abel Zacarías Cámac, Director de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas, en el mencionado evento, toda vez que dicha Dirección es la encargada de implementar y evaluar las políticas para el desarrollo del sistema fi nanciero, y de los mercados de capitales, promoviendo la competencia, la transparencia de la información y la canalización e fi ciente de recursos fi nancieros y de capitales; Que, en consecuencia y siendo de interés nacional e institucional, resulta pertinente autorizar el mencionado viaje, cuyos gastos son fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; y,