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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (12/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Viernes 12 de abril de 2024 El Peruano / Que, mediante Informe N° 105-2024-SGDOAMyDH/ MDSR, la Subgerencia de DEMUNA, OMAPED, Adulto Mayor y Desarrollo Humano, teniendo en cuenta la normatividad antes glosada, alcanza la propuesta de ordenanza que crea el Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes del distrito de Santa Rosa, para su aprobación por parte del concejo municipal; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal N° 069-2024-MDSR/GAJ, luego del análisis del caso opina favorablemente para la aprobación de la propuesta de ordenanza que crea el Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes del distrito de Santa Rosa; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL CONSEJO CONSULTIVO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE SANTA ROSA Artículo Primero.- APROBAR la constitución del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes (CCONNA) del Distrito de Santa Rosa, como un espacio de participación de carácter consultivo elegido democráticamente por las mismas niñas, niños y adolescentes. Dicho espacio tiene como fi nalidad participar, proponer e incidir en la formulación de políticas públicas sobre niñez y adolescencia que los involucra e interesa. Artículo Segundo.- El Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes del distrito de Santa Rosa, estará constituido por 16 niñas, niños y adolescentes un representante de organizaciones y/o grupos de niños, niñas y adolescentes, cuyas edades oscilan entre diez (10) y diecisiete (17) años de edad. Artículo Tercero.- El Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes del distrito de Santa Rosa, se crea con el propósito de ser un espacio de participación de carácter consultivo, que represente el pensamiento de las niñas, niños y del adolescente de los diferentes sectores del distrito y que generen propuestas, ideas o soluciones que orienten al desarrollo de todo el distrito de Santa Rosa, Artículo Cuarto.- Las funciones del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes del distrito de Santa Rosa, son las siguientes: a) Elaborar y presentar propuestas de políticas en materia de infancia y adolescencia ante el despacho de Alcaldía y el Concejo Municipal. b) Emitir opinión sobre todas las consultas que le realicen en materia de políticas sobre la infancia y adolescencia. c) Vigilar y exigir el cumplimiento de derechos y políticas que los afecten y de considerarlo pertinente, expresar su opinión a través de una declaración ante el despacho de Alcaldía, que lo trasladará a la instancia competente. d) Difundir y promover los derechos y deberes de las niñas, niños y adolescentes en coordinación con la Subgerencia de DEMUNA, OMAPED, Adulto Mayor y Desarrollo Humano. e) Representar a las niñas, niños y adolescentes del distrito ante las autoridades e instituciones locales, regionales y nacionales cuando sean requeridos, para abordar temas sobre infancia y adolescencia, f) Ser voceros ante el resto de la población de niñas, niños y adolescentes. Artículo Quinto.- El CCONNA está conformado por la Asamblea General y el Equipo Coordinador: - La Asamblea General está constituida por los representantes elegidos de las diferentes organizaciones, grupos y/o asociaciones de niñas, niños y adolescentes existentes en el distrito, los mismos que sesionarán de acuerdo a su Reglamento aprobado.- El Equipo Coordinador será elegido entre los representantes titulares de las organizaciones participantes, en Asamblea General y estará integrado por: Un Coordinador/a General, un Sub Coordinador, un Secretario/a de actas, y un Secretario/a de organización. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Subgerencia de DEMUNA, OMAPED, Adulto Mayor y Desarrollo Humano, y a la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente, para que brinde asistencia técnica, operativa y presupuestal al CCONNA distrital, para el cumplimiento de sus funciones. Artículo Sétimo.- FACULTAR al Despacho de Alcaldía para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe el Reglamento del CCONNA. Artículo Octavo.- DISPONER que una vez aprobado el Reglamento del CCONNA, así como convocada y realizada la primera elección y designados sus representantes, empezará a desarrollar sus funciones ofi cialmente el CCONNA. Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Subgerencia de DEMUNA, OMAPED, Adulto Mayor y Desarrollo Humano, la implementación de la presente ordenanza. Articulo Décimo.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Informática y Comunicación, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GEORGE ROBLES SOTO Alcalde 2275490-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO Autorizan viaje de alcaldesa y regidores a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 000159-2024-MPCP/ALC Calleria, 9 de abril del 2024 VISTO: El Expediente N° ALC00020240000348 que contiene el Escrito de fecha 22 de marzo de 2024, Memorando N° 000116-2024-MPCP/ALC de fecha 26 de marzo de 2024, Informe N° 000157-2024-MPCP/GAF-SGL-ADSA de fecha 1 de abril de 2024, Disponibilidad Presupuestal N° 000035-2024-MPCP/GPPR-SGPTO de fecha 2 de abril de 2024, Informe Legal N° 000249-2024-MPCP/GM-GAJ de fecha 3 de abril de 2024, Acuerdo de Concejo N° 000054-2024-MPCP/ALC de fecha 8 de abril de 2024, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Escrito de fecha 22 de marzo de 2024, el alcalde de la ciudad de Belém (Brasil), Edmilson Rodrigues, en su calidad de Presidente del Foro de Ciudades Amazónicas, invita a la titular del pliego a participar en el referido foro a realizarse el 16 de abril del año en curso en la ciudad de Belem-Brasil, donde se debatirá la movilización de recursos para la adaptación climática en las ciudades amazónicas. Dicha participación permitirá a la ciudad de Pucallpa ingresar como miembro del foro sub materia y así fortalecer la cooperación entre las ciudades amazónicas en temas de desarrollo sostenible y gestión urbana; razón por la cual, con Memorando N° 000116-2024-MPCP/ALC de fecha 26