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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (21/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Domingo 21 de abril de 2024 El Peruano / disposiciones del presente capítulo, en: procedimientos de aprobación automática o de evaluación previa por la entidad, y este último a su vez sujeto, en caso de falta de pronunciamiento oportuno, a silencio positivo o silencio negativo. Cada entidad señala estos procedimientos en su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, siguiendo los criterios establecidos en el presente ordenamiento”; así mismo, en su artículo 43º, prescribe que: “Todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos, (…)”; consecuentemente, el artículo 44º, señala que: “44.3. El TUPA y la disposición legal de aprobación o modi fi cación se publica obligatoriamente en el portal del diario o fi cial El Peruano. Adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional de la entidad”; Que, en ese sentido, con Informe Legal Nº 247-2024-UNASAM-OGAJ/D, de fecha 28 de febrero de 2024, el director de la O fi cina General de Asesoría Jurídica de la UNASAM, emite opinión favorable a fi n de que se excluya lo solicitado en el Anexo Nº 001-2024-UNASAM- OGPP-DDI en el Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA y el Tarifario de Pagos – 2024 de la UNASAM; la misma que fue aprobado en sesión extraordinaria del Honorable Consejo Universitario, de fecha 06 de marzo de 2024, Que, ante ello, el director general de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto de la UNASAM, con O fi cio Nº 037-2024-UNASAM-OGPP-DDI/D de fecha 20 de marzo de 2024, solicita la anulación de la Resolución de Consejo Universitario Nº 142-2024-UNASAM, de fecha 16 de febrero de 2024 y del acuerdo de sesión extraordinaria del Honorable Consejo Universitario, de fecha 06 de marzo de 2024; a fi n de regularizar el trámite documentario del TUPA y Tarifario de Pagos para el presente año; manifestando que, con O fi cio Nº 014-2024-UNASAM-OGPP-DDI/D, de fecha 06 de enero de 2024, se elevó la propuesta de las Modi fi caciones del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA – 2024 y Tarifarios de Pagos – 2024, donde se debió solicitar las modi fi caciones del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA-2023 y aprobación del Tarifario de Pagos – 2024. Además, informa que algunas dependencias de la UNASAM, han solicitado modi fi car los costos de trámite de los procesos administrativos y/o servicios brindados, siendo las siguientes: Centro de Idiomas, Colegio de Ciencias Aplicadas, O fi cina General de Admisión y la Escuela de Postgrado; por lo que, mediante O fi cio Nº 097-2023-UNASAM-EPG/A. ADM, de fecha 09 de noviembre de 2023, la Escuela de Postgrado solicita la exclusión en el TUPA-2023 de los siguientes rubros: Reglamento de Admisión de la Escuela de Postgrado, Constancia de Curso (cada curso) para Maestría y Doctorado, Duplicado de papeleta de control de pago de pensiones (por cuota), Derecho de Tramitación sobre actos administrativos para egresados de Maestría de otras universidades, Derecho de Tramitación sobre actos administrativos para egresados de Doctorado de otras universidades; por lo tanto, solicita elevar dicha propuesta al Honorable Consejo, para su respectiva anulación de la Resolución y acuerdo mencionado; Que, de acuerdo a los considerandos expuestos, en virtud al artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria y en aplicación del artículo 153º del Estatuto de la UNASAM; en sesión ordinaria del Honorable Consejo Universitario de fecha 21 de marzo de 2024 analizado y debatido el caso, se acordó por unanimidad: Dejar sin efecto la Resolución de Consejo Universitario Nº 142-2024-UNASAM, de fecha 16 de febrero de 2024 y el acuerdo de sesión extraordinaria del Honorable Consejo Universitario, de fecha 06 de marzo de 2024; en consecuencia, se acordó por unanimidad aprobar las modi fi caciones del Texto Único de Procedimientos Administrativos – 2023 y el Tarifario de Pagos – 2024; De conformidad a lo prescrito en la Ley Nº 30220, Ley Universitaria y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 153º del Estatuto de la UNASAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Consejo Universitario Nº 142-2024-UNASAM, de fecha 16 de febrero de 2024 y el acuerdo de sesión extraordinaria del Honorable Consejo Universitario, de fecha 06 de marzo de 2024, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución. Artículo 2º.- APROBAR las modi fi caciones del Texto Único de Procedimientos Administrativos – 2023, en la que se han excluido los siguientes rubros en la Escuela de Postgrado: Reglamento de Admisión, Constancia de Curso para Maestría y Doctorado, Duplicado de Papeleta de Control de Pagos de Pensiones, Derecho de Tramitación sobre actos administrativos para egresados de Maestría de otras universidades y Derecho de Tramitación sobre actos administrativos para egresados de Doctorado de otras universidades, que consta de 11 folios y APROBAR el Tarifario de Pagos 2024, que consta de 21 folios, que como Anexos obran en la Unidad de Trámite Documentario y está alojado electrónicamente en la URL: https://www.unasam. edu.pe/tupa/ y https://www.unasam.edu.pe/tarifario/. Artículo 3º.- DISPONER a la O fi cina competente la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la UNASAM. Artículo 4º.- DEJAR SIN EFECTO las Resoluciones que se opongan a la presente. Regístrese, comuníquese y archívese. CARLOS ANTONIO REYES PAREJA Rector NÉLIDA ROSARIO BRONCANO OSORIO Secretaria General (e) * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2281291-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Autorizan viaje de Gobernador Regional y Consejero Regional a Marruecos, en comisión de servicios ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 2136-2024/GRP-CR Piura, 18 de abril de 2024VISTOS: En Sesión Extraordinaria Nº 09-2024 del Consejo Regional de Piura, realizada el 18 de abril del 2024; el Memorando Nº 017-2024/GRP-100000 de fecha 16 de abril de 2024 de Gobernación Regional; y, la Carta 062/2024 de fecha 15 de abril de 2024 del señor Embajador del Reino de Marruecos en Perú; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional en el Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Nº 27680, establece en su Artículo 191º que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa; Que, el artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modi fi cada por Ley Nº 27902, establece las atribuciones del Consejo Regional, indicando entre otras, el aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulan o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; el artículo 39º del referido cuerpo legal señala“(…) Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su