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69 NORMAS LEGALES Sábado 3 de agosto de 2024 El Peruano / DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACULTAR al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias para la adecuada implementación de la presente Ordenanza. Segunda.- OTÓRGUESE un plazo de cuatro (04) meses contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, para que los establecimientos que se encuentren haciendo uso de la vía pública sin autorización, se adecuen a la presente ordenanza. Culminado dicho plazo, la Unidad Funcional de Fiscalización Administrativa iniciará las acciones de fi scalización y sanción que correspondan. Tercera.- Los procedimientos que se encuentren en trámite deberán adecuarse a lo establecido en el presente texto normativo. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Quinta.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Subgerencia de Desarrollo Económico y Turismo, y demás unidades orgánicas; así como su publicación en el Diario O fi cial El Peruano a la Secretaría General y a la Unidad Funcional de Tecnologías de la Información en la página web de la Municipalidad de Punta Hermosa: (https://www.gob.pe/munipuntahermosa). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 2309599-1 Ordenanza que modifica el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) aprobado por la Ordenanza Nº 491-MDPH ORDENANZA Nº 525-MDPH Punta Hermosa, 15 de julio del 2024EL CONCEJO MUNICPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA VISTO: En sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº106-2024-MDPH/AVNDC emitido por la Supervisora de la Unidad Funcional de Fiscalización Administrativa, el Informe Nº 174-2024-UFFA-OAJ-MDPH de fecha 12 de Julio del 2024 emitido por la Unidad Funcional de Fiscalización Administrativa y el Informe Nº 143-2024-OAJ-MDPH de fecha 12 de Julio de 2024 de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que, los órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico, estando en este marco facultado a aprobar y emitir Ordenanza, Acuerdos y otras Resoluciones Administrativas, tal como establece el Art. 39 de la Ley Nº27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 46º de la precitada Ley Orgánica de Municipalidades, las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, precisándose que mediante Ordenanza se determina el Régimen de Sanciones Administrativas por la infracción de sus disposiciones, así como las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias, siendo las sanciones pasibles de aplicar por la autoridad municipal las de multa, revocación de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retención de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralización de obras, demolición, internamiento de vehículos, inmovilización de productos y otras; Que, mediante Informes Nros. 106-2024-MDPH/ AVNDC y 174-2024-UFFA-OAJ-MDPH la Unidad Funcional de Fiscalización Administrativa, remite la propuesta de modi fi cación del CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS cuya fi nalidad es contribuir a la e fi cacia de la acción de fi scalización del cumplimiento de las normas municipales y legales por parte de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y el voto UNANIME de los señores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS (CUIS) APROBADO POR LA ORDENANZA Nº 491-MDPH Artículo Primero.- INCORPORAR los siguientes Códigos de Infracción al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa aprobado por la Ordenanza Nº 491-MDPH: COD DESCRIPCION UITMEDIDA COMPLEMENTARIAGRADUALIDAD 01-035POR CAUSAR DAÑO A LA PROPIEDAD PRIVADA DE TERCEROS POR EJECUCION DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN3.00PARALIZACION Y/O RESTITUCIONMUY GRAVE 01-036POR DAÑAR Y/O DESTRUIR TOTAL O PARCIALMENTE EL MOBILIARIO URBANO POR OBRAS DE CONSTRUCCIÓN3.00PARALIZACION Y/O RESTITUCIONMUY GRAVE 01-037POR EJECUTAR OBRAS DE CONSTRUCCION FUERA DEL HORARIO ESTABLECIDO2.00 PARALIZACION GRAVE 01-038POR EJECUTAR OBRAS DE CONSTRUCCION EN DIA DOMINGOS Y FERIADOS2.00 PARALIZACION GRAVE Artículo Segundo.- ELIMINESE el siguiente Código de infracción del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa aprobado por la Ordenanza Nº 491-MDPH: COD DESCRIPCION UITMEDIDA COMPLEMENTARIAGRADUALIDAD 20-007POR PROVOCAR DAÑOS A INMUEBLES VECINOS POR OBRAS DE COSNTRUCCION0.30 GRAVE Artículo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Unidad Funcional de Fiscalización Administrativa. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la O fi cina de Secretaria General la publicación de la presente ordenanza en el diario O fi cial “El Peruano” y a la Unidad Funcional de Tecnologías de la Información, dependiente de la Gerencia Municipal, su publicación en el portal institucional (www.munipuntahermosa.gob.pe) Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 2310947-1