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64 NORMAS LEGALES Domingo 4 de agosto de 2024 El Peruano / Que, la Resolución de Presidencia de Concejo Directivo Nº 00022-2020/CEPLAN/PCD, que dispone la publicación del Proyecto de Guía para el Plan de Desarrollo Concertado en el Portal Institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; Que, la Resolución de Presidencia de Concejo Directivo Nº 00028-2021/CEPLAN/PCD, que dispone la aprobación Guía para el Plan Regional Concertado (PDRC) para la mejora de planes estratégicos con enfoque territorial; Que, mediante Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/ PCD, Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, se establece los lineamientos para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional – PEDN, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua. Esta Directiva es aplicable a todos los integrantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico –SINAPLAN, al que se re fi ere el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; Estando a las opiniones favorables de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina de Planeamiento y Modernización; y, O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante los documentos del visto; Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa entre otros mecanismos a través de Ordenanzas Municipales, las cuales, de conformidad de lo previsto por el art. 200, numeral 4) de la Constitución Política del Perú, tienen rango de Ley, al igual que las leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia, los Tratados, los Reglamentos del Congreso y las Normas Regionales de carácter general; POR LO TANTO: El Pleno del Concejo Municipal, en cumplimiento de los dispositivos legales detallados en los considerandos y en uso de sus atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Art. 9º, numerales 8 y artículo 40º del mismo cuerpo legal, por unanimidad, aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO SAN ANTONIO AL 2034 Artículo Primero .- APROBAR, el “PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO SAN ANTONIO AL 2034”, el mismo que como anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la implementación de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, O fi cina General de Asesoría Jurídica, O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y áreas competentes el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la O fi cina de Secretaría General, Gestión Documentaria e Imagen Institucional la publicación del dispositivo legal de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; y, a la Ofi cina de Tecnologías de la información la publicación integra de la ordenanza más anexo de la presente Ordenanza en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Distrital de San Antonio https:// munisanantonio-mariscalnieto.gob.pe/. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en la Sede de la Municipalidad Distrital de San Antonio, a los 8 días del mes de julio del año 2024. SANTOS EULOGIO VILLEGAS MAMANI Alcalde 2305399-1 COMUNICADO PUBLICACIÓN DE PRECEDENTES VINCULANTES EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO Se hace de conocimiento a las entidades emisoras de Resoluciones que sienten precedentes constitucionales, judiciales o administrativos de observancia obligatoria que todas las solicitudes de publicación se efectúan solo a través de la plataforma digital del Portal de Atención al Cliente -PGA-, a la que deberán acceder con el usuario y contraseña otorgados a cada Entidad. Las Resoluciones de precedentes de observancia obligatoria, cuyos archivos se remiten a través del PGA deben contener en su texto de forma expresa dicha declaración; así mismo deben adecuarse a las exigencias de la plataforma PGA. Si la Resolución incluye cuadros o tablas de texto, éstos deben ser editables; si incluye imágenes, fórmulas, grá fi cos etc, éstos deben ser legibles y en alta resolución. El contenido de los archivos es de responsabilidad de la entidad que lo remite, conforme a los términos y condiciones del PGA. NOTA: Las Entidades que aún no cuenten con usuario y contraseña para acceder al sistema PGA, pueden solicitar su registro al correo normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES