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4 NORMAS LEGALES Domingo 11 de agosto de 2024 El Peruano / puedan afectar, antes, durante y después, de los Juegos Bolivarianos del Bicentenario 2024. b. Formular propuestas de planes especí fi cos y protocolos de actuación que coadyuven a la implementación de las acciones de seguridad, antes, durante y después, de los Juegos Bolivarianos del Bicentenario 2024. 3.2 Para el cumplimiento de sus funciones, el Grupo de Trabajo puede acordar la conformación de subgrupos de trabajo. Artículo 4.- Designación de representantes Las entidades señaladas en el numeral 2.1 del artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, designan a sus representantes, titular y alterno, mediante comunicación escrita dirigida a la Presidencia del Grupo de Trabajo, dentro del plazo máximo de cinco (05) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Unidad de Operaciones y Mantenimiento de Sedes del Proyecto Especial Legado, la que asume la responsabilidad administrativa y coordinaciones operativas del funcionamiento del Grupo de Trabajo, y es responsable de llevar el registro de los acuerdos, y custodiar toda la documentación que se genere. Artículo 6.- De la información, colaboración, asesoramiento y apoyo El Grupo de Trabajo, previo acuerdo de sus integrantes y a través de su Secretaría Técnica, puede solicitar información, colaboración, asesoramiento y apoyo de otras entidades públicas y/o privadas del ámbito nacional e internacional, para que ilustre a los/as integrantes del Grupo de Trabajo en un tema especí fi co. Artículo 7.- Financiamiento Las entidades públicas que conforman el Grupo de Trabajo se sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 8.- Instalación El Grupo de Trabajo se instala en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 9.- Período de vigencia e Informe Final El Grupo de Trabajo culmina su vigencia a los sesenta (60) días calendario posteriores a la culminación de los Juegos Bolivarianos del Bicentenario 2024, fecha en la cual se presenta el Informe Final al titular de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 10.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2314255-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 224-2024- MINCETUR Lima, 7 de agosto de 2024VISTO, el O fi cio Nº 000448-2024-PROMPERÚ/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; y, CONSIDERANDO:Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, el numeral 17.2 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 022-2019, Decreto de Urgencia que Promueve la Actividad Cinematográ fi ca y Audiovisual, establece que PROMPERÚ promueve el uso de locaciones del territorio nacional para la producción de obras cinematográ fi cas y audiovisuales nacionales y extranjeras; Que, en dicho marco, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000032- 2022-PROMPERÚ/PE, se delegó en el Director de la Dirección de Promoción de Inversiones Empresariales de PROMPERÚ, la función de promover el uso de locaciones del territorio nacional para la producción de obras cinematográ fi cas y audiovisuales nacionales y extranjeras; Que, en la ciudad de Los Ángeles, California, Estados Unidos de América, del 25 al 28 de agosto de 2024, se llevará a cabo el evento “AFCI WEEK 2024”, organizado por la Asociación Internacional de Comisiones Fílmicas (AFCI por sus siglas en inglés), cuyo objetivo es contribuir y promover la colaboración entre comisionados fílmicos, agencias gubernamentales, ejecutivos de producción y de estudios, productores independientes y gerentes de locación; Que, la participación de PROMPERÚ en este evento tiene por fi nalidad promocionar el uso de locaciones del territorio nacional para la producción de obras cinematográ fi cas y audiovisuales nacionales y extranjeras, dar a conocer la labor institucional y la estrategia “Film in Peru” a actores claves de la Industria Audiovisual y potenciales inversionistas extranjeros; así como ampliar la red de contactos con agentes de la industria fílmica internacional, conocer sobre las acciones en tendencia que se vienen realizando en esta industria para promocionar los destinos y atraer producciones audiovisuales hacia el país, y contribuir en mejoras de la gestión de la mencionada estrategia; Que, es de interés institucional la participación del señor Daniel Ignacio Córdova Espinoza, Director de Promoción de Inversiones Empresariales en el evento “AFCI WEEK 2024”, para que en representación de PROMPERÚ realice acciones para la promoción del uso de locaciones del territorio nacional para la producción de obras cinematográ fi cas y audiovisuales nacionales y extranjeras a través de la estrategia “Film in Peru”; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013- PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ;