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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (11/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Domingo 11 de agosto de 2024 El Peruano / Unidades Ejecutoras del Pliego 011: Ministerio de Salud 001683: DIRECCION DE REDES INTEGRADAS DE SALUD LIMA CENTRO 001684: DIRECCION DE REDES INTEGRADAS DE SALUD LIMA NORTE 001685: DIRECCION DE REDES INTEGRADAS DE SALUD LIMA SUR001686: DIRECCION DE REDES INTEGRADAS DE SALUD LIMA ESTE 001734: PROGRAMA DE CREACIÓN DE REDES INTEGRADAS EN SALUD 001746: HOSPITAL DE LIMA ESTE VITARTE Artículo 2.- Disponer que la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización a través de la Ofi cina de Planeamiento y Estudios Económicos, realice las acciones correspondientes a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución Secretarial. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la misma y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.MOISÉS IVÁN GUILLÉN CÁRDENAS Secretario General 2314257-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Crean Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, denominado “Grupo de Trabajo para la modificación de la Norma Técnica IS.010 Instalaciones sanitarias para edificaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 269-2024- VIVIENDA Lima, 9 de agosto de 2024VISTOS:La Nota Nº 390-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento (DGPRCS); el Informe Nº 606-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento; el Memorándum Nº 1289-2024-VIVIENDA/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP); el Informe Nº 349-2024-VIVIENDA/OGPP-OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización; el Informe Nº 566-2024-VIVIENDA/OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto; el Informe Nº D00010-2024-VIVIENDA/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (OGAJ); y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 22.2 del artículo 22 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministerios diseñan, establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas; Que, los artículos 5 y 6 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establecen que este Ministerio tiene competencias, entre otras materias, en vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano; y es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro del ámbito de su competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional; asimismo, tiene entre sus competencias exclusivas, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, el artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modi fi catorias, respecto a los grupos de trabajo establece que, son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos; sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros; pueden ser sectoriales o multisectoriales, y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual depende; correspondiendo a la O fi cina General de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces y a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, validar la legalidad y sustento técnico para su creación, respectivamente; Que, asimismo, el citado artículo dispone que pueden participar en calidad de integrantes del Grupo de Trabajo representantes de otros poderes del Estado, niveles de gobierno y organismos constitucionalmente autónomos, previa conformidad de su máxima autoridad; así como representantes acreditados de la sociedad civil, academia, gremios empresariales, entre otros, siempre que su participación se vincule y contribuya al objeto del Grupo de Trabajo; la resolución ministerial que aprueba la creación de un Grupo de Trabajo, cuya conformación incluya representantes de más de un sector o que no forman parte del Poder Ejecutivo, contiene un considerando en el que se precisa que se cuenta con el consentimiento de las entidades públicas o privadas representadas en el Grupo de Trabajo; Que, por Decreto Supremo Nº 015-2004-VIVIENDA, se aprueba el Índice y la Estructura del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, norma rectora que establece las disposiciones aplicables a nivel nacional para regular el diseño, construcción, uso y mantenimiento de las habilitaciones urbanas y edi fi caciones; mientras que a través del Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, se aprueban sesenta y seis (66) Normas Técnicas del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, comprendidas en el referido Índice; Que, en el marco de las normas citadas precedentemente y mediante la Nota Nº 390-2024-VIVIENDA/VMCS- DGPRCS e Informe Nº 606-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS, la DGPRCS sustenta y propone la creación de un Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, denominado “Grupo de Trabajo para la modi fi cación de la Norma Técnica IS.010 Instalaciones sanitarias para edifi caciones del Reglamento Nacional de Edi fi caciones”, a fi n de reevaluar la normativa de dotación de agua potable en las edi fi caciones, buscando generar un consumo responsable por parte de los usuarios en un contexto de escasez hídrica, y de esta forma asegurar el abastecimiento de la prestación de los servicios de agua potable en el país en el mediano y largo plazo; propuesta que cuenta con la opinión favorable de la OGPP; así como con el consentimiento de las entidades públicas y privadas representadas en el Grupo de Trabajo Sectorial que lo integran; Que, a través del Informe Nº D00010-2024-VIVIENDA/ SG-OGAJ, la OGAJ emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación de la Resolución Ministerial que crea el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, denominado “Grupo de Trabajo para la modi fi cación de la Norma Técnica IS.010 Instalaciones sanitarias para edi fi caciones del Reglamento Nacional de Edi fi caciones”; De conformidad con Io dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento